00:00Cuando fallece alguien y nosotros somos los herederos, habrá que ver si el fallecido estaba obligado a declarar o no
00:07como cualquier otro contribuyente.
00:09Lo que ocurre es que el periodo, el plazo de vengo, el periodo de vengo, el momento no es el
00:1431 de diciembre como para el resto de contribuyentes,
00:17sino que será el día del fallecimiento del causante.
00:21En este caso nos atenemos a las mismas reglas que cualquier otro contribuyente.
00:2422.000 euros de más de un pagador, habrá que ver si ha tenido rendimientos de alquileres, venta de acciones,
00:30que prácticamente ya nos obligarán a presentar la declaración de esta persona fallecida.
00:36Y tanto salga de volver o a pagar si estamos obligados, hay que presentarla.
00:42¿Por qué? Porque si no nos pueden sancionar como herederos, como nos pueden sancionar por no presentar nuestra declaración si
00:49estamos obligados.
00:50¿Qué ocurre? Que aquí hay que diferenciar entre si la declaración es a pagar o a devolver.
00:56¿Por qué? Porque incluso no estando obligados a presentar la declaración del fallecido,
01:01porque no llegue a los mínimos exigidos en la norma,
01:04si no sale a devolver, pues siempre va a ser interesante reclamar esas cantidades que al fin y al cabo
01:09nos pertenecen.
01:10Ahora bien, si esa declaración sale a pagar, lo que tendremos que hacer es ingresar ese dinero en Hacienda, ¿no?
01:19El principal y más evidente es que cuando fallece un familiar y no tiene nada contratado,
01:25ni lo tiene resuelto, ni tiene un plan,
01:28los familiares en ese momento normalmente se sienten obligados a aceptar cualquier presupuesto de una funeraria
01:34que se les acerque para hacer el servicio,
01:36porque al final es un trámite laborioso y además que tiene que ser urgente.
01:40En 24 o 48 horas se tiene que hacer el servicio funerario.
01:44Ese es el principal problema y es un problema porque muchas familias no disponen del dinero
01:48que suele costar un servicio funerario que está alrededor de 4.000 euros más o menos,
01:54según últimos datos de la asociación de funeraria.
01:58Entonces esos 4.000 euros muchas familias no los tienen,
02:02las funerarias muchas veces no permiten financiar,
02:04tiene que ser el momento y acaba siendo un momento en el que están de duelo,
02:09pero tienen que aunar dinero entre los familiares, tomar decisiones rápidas.
02:15Claro, aquí pensemos que el fallecimiento se va a producir en un año
02:20y la declaración de ese año la presentamos al siguiente.
02:22Entonces, como mínimo vamos a tener cuatro meses,
02:27poniéndonos el caso de que el fallecimiento sea el 31 de diciembre,
02:30vamos a tener tres, cuatro meses hasta que empiece la declaración.
02:33Normalmente incluso el tiempo es mayor.
02:35Estas cinco recomendaciones serían la primera,
02:39planificar que vamos a hacer la renta de esta persona
02:41y reunir toda la documentación que podamos.
02:47Certificado de últimas voluntades, de defunción,
02:50tener el testamento a mano,
02:52todos esos documentos que pueden que nos exijan
02:55y que si no nos exigen porque no sale a pagar,
02:57también nos van a ser útiles para tenerlos a mano y nos pueden servir.
03:02Acceder a los datos fiscales,
03:03las segundas recomendaciones es complicado a veces
03:06y mucha gente entra con clave,
03:08que en el momento de fallecimiento se da de baja,
03:11pues tener la declaración del año anterior a mano,
03:13localizada para poder entrar con casilla 505,
03:17el DNI del fallecido también lo vamos a necesitar,
03:20tener toda esta documentación a mano.
03:26Coordinarnos bien en el impuesto de sucesiones y de IRPF,
03:29sobre todo si son grandes patrimonios en los que pensemos
03:32que puede haber una devolución muy alta,
03:34para ver si va a tener un impacto el IRPF en el impuesto de sucesiones.
03:39En la mayoría de casos es raro que estas devoluciones
03:42puedan ascender a un volumen muy alto
03:44que afecten de alguna manera a este otro impuesto.
03:49La cuarta recomendación sería que una vez presentada
03:54no nos olvidemos que si sale a devolver
03:56tenemos que presentar este modelo H100
03:58aportando toda esta documentación complementaria,
04:00que no es obligatorio o no es sancionable si no lo hacemos,
04:04pero no vamos a recibir esta devolución si no lo presentamos.
04:09Y por último, la última recomendación es asesorarnos.
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