00:00Las y los trabajadores de Jalisco que hayan laborado al menos 60 días durante el ejercicio
00:06fiscal anterior tienen derecho a recibir el pago de utilidades, prestación que corresponde
00:11al 10% de las ganancias obtenidas por las empresas durante el año previo. Este beneficio
00:16aplica para empleados de base, de confianza, eventuales, extrabajadores que cumplan con
00:21el tiempo requerido y personas que estuvieron en incapacidad temporal por maternidad o paternidad.
00:27La legislación laboral establece que no todas las personas pueden acceder a esta prestación.
00:32Quedan excluidos directores, administradores, gerentes generales, socios, accionistas y quienes
00:38presentan servicio bajo el esquema de honorarios debido al tiempo de relación laboral que mantienen
00:43con la empresa o patrones. Las autoridades también recordaron los plazos para el cumplimiento de este
00:49derecho. En caso de trabajadores contratados por empresas constituidas como personas morales,
00:55la fecha límite para recibir el pago es el 30 de mayo, mientras que quienes laboran para una
01:00persona física tienen hasta el 29 de junio. Para quienes tengan dudas, no hayan recibido el
01:06pago o consideren que existe incumplimiento, la Procuraduría General de la Defensa del Trabajo
01:11y el Centro de Conciliación Laboral Jalisco ofrecen asesoría gratuita y orientación legal para apoyo a
01:18las y los trabajadores en el proceso de reclamación y defensa de sus derechos laborales.
01:23Para UDG Noticias, Pablo Toledo López.
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