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  • hace 2 días
matrimonio

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00:00Continuamos con más en el mañanero hablando de leyes, el tema judicial por supuesto en nuestro país y en este
00:06caso un tema bien interesante.
00:08Usted conoce lo que es el matrimonio de hecho y la diferencia que puede tener con el matrimonio civil que
00:14todos conocemos.
00:15Estaremos hablando de este tema a continuación. Está con nosotros la doctora Pamela Caballero. Doctora, gracias por acompañarnos. Bienvenida.
00:21Robert, acá contenta con un tema muy importante. ¿Qué es el matrimonio de hecho? ¿Cuál la diferencia con el matrimonio
00:27civil? ¿Y qué hacemos con los bienes gananciales?
00:30Bueno, ¿qué es el matrimonio de hecho? Para comenzar, doctora.
00:33Bueno, lo que antiguamente decía en el concubinato, ¿no? La normativa establecía que esa convivencia por más de dos años
00:40se podía traducir, bueno, en una forma de un matrimonio.
00:43Sin embargo, la actual normativa establece que basta que uno tenga una convivencia ya más allá de un día que
00:49denote esa intención de tener una familia, de estar juntos,
00:53de que todos puedan ver que esa relación es pública, ya se podría considerar un matrimonio de hecho.
00:59Bueno, ¿y qué conlleva particularmente el tener este matrimonio de hecho?
01:04Básicamente, los mismos derechos y las mismas obligaciones que un matrimonio civil.
01:08La diferencia es que en el matrimonio civil, sí, ésta empieza desde que uno se casa y se hace el
01:14registro, bueno, en el CERE, sí.
01:15En cambio, en el matrimonio de hecho podría ser un registro voluntario, Robert, porque también se entrega un certificado tal
01:21cual como de un matrimonio civil,
01:23pero se establece un matrimonio de hecho.
01:25Ahora, si no fuera voluntario o alguna de las partes, bueno, dice yo no, me he casado contigo por lo
01:30civil, tú no tienes ningún derecho a no preocuparse a esas personas,
01:33porque se ve que también por una demanda judicial el juez puede ordenar el matrimonio indicando que ha existido una
01:40convivencia, que ésta ha sido continuada,
01:42y en consecuencia el hecho de no haber ido al registro civil a firmar un papel no te reata a
01:47que no tengas una relación civil con responsabilidades gananciales entre la pareja, ¿no?
01:53Bueno, esto significa entonces, doctora, que pese a no existir este registro voluntario, se sigue considerando un matrimonio de hecho
02:01la convivencia.
02:03Totalmente, y eso, ojo, para la gente que nos escucha, muchas veces dicen yo no me he casado, entonces mi
02:08casa, mi auto, eso solamente es mío.
02:10No, porque ya ahí se ve que la pareja puede ser el hombre o la mujer, van al juez, piden
02:15la declaración del matrimonio de hecho,
02:17e inmediatamente también piden la cancelación y la división de bienes gananciales, esto que implica que todo lo que se
02:24hubiera generado durante este periodo
02:26que estos concubinos estuvieron juntos, va a ser dividido al 50% para la mujer y al 50% para
02:34el varón, aunque diga el varón, yo no me he casado, a ti no te corresponde nada,
02:37eso dirá él, pero el juez se ve que va a decir otra cosa.
02:41Esto en lo que refiere a los bienes gananciales durante la convivencia, ¿previo al periodo de convivencia?
02:47Previo, pues se ve que no correspondería, el mismo criterio también va a regir en un matrimonio civil, porque eso
02:52ha sido antes de casarse.
02:53O en su defecto, si se hubiera adquirido algún bien y se hubiera puesto a la reserva que ese bien
02:58se está comprando con bienes patrimoniales personales de la persona,
03:02tampoco estaría sujeto a la división de ganancias prácticamente dentro de una relación, pero creo que lo más usual, y
03:10eso es lo que quiero que la población entienda,
03:12el hecho de no haber ido a un registro civil, firmar nuestro matrimonio no deslinda de la obligación del matrimonio
03:19de hecho,
03:20y lo más doloroso es de la división y partición de bienes que va a ser exactamente igual que un
03:26matrimonio civil.
03:27Bien, tenemos un cuadro en este caso comparatorio, doctora, del matrimonio civil con el matrimonio de hecho, ¿cuáles serían las
03:32principales diferencias?
03:34Bueno, en el registro civil uno se casa, firma y está registrado, tiene una fecha definida de cuando empieza, se
03:41entrega el certificado de matrimonio,
03:43en cambio el matrimonio de hecho, como dijimos, surge por una convivencia, la fecha debe ser probada a través de
03:49estos medios de convivencia,
03:51puede ser que se requiera juicio si es que uno de los convivientes no acepta el matrimonio de hecho,
03:56y el reconocimiento también en el CERESI puede ser o voluntario o a instancia de una sentencia judicial,
04:02cuando el juez dice, ustedes han estado juntos desde el 14 de febrero del 2002,
04:07y desde ahí será pues su matrimonio de hecho, y todo lo que compraron es para los dos.
04:12Legalmente hablando, doctora, ¿uno es más beneficioso que otro?
04:16Bueno, con el actual marco normativo se ve que ambos son iguales, ambos son iguales, están tutelados por la constitución,
04:22y creo que esta ha sido una reivindicación que marca nuestra actual constitución política del Estado,
04:26porque Robert había tantos años que decían, nunca se ha casado conmigo, yo no tengo ningún derecho,
04:32eso decían las mujeres, hoy por hoy pues ya no tienen que decir eso, al contrario,
04:36ya hay una convivencia, han dormido juntos, están con una actividad juntos, están en una casa juntos,
04:41desde ahí ya se está estableciendo el matrimonio de hecho.
04:45Formas de probar, fotografías, testigos, mensajes de WhatsApp, cualquier medio que diga que esa pareja realmente está conviviendo.
04:53Bien, doctora, gracias por acompañarnos esta mañana, es un tema muy importante para que usted que nos está viendo
04:57pueda tomarlo en cuenta y conocer también las diferencias y similitudes, en ambos casos,
05:03en el matrimonio civil y en el matrimonio de hecho.
05:06Continuamos.
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