00:00Juan Manuel Santos Calderón, Presidente de la República de Colombia.
00:04Recibo un cordial saludo de parte de los hombres que durante muchos años empuñamos las armas,
00:09pero no con el propósito de rebelarnos contra el Estado,
00:12sino para defender en las ciudades y campos de nuestra amada patria,
00:16la democracia, soberanía y todo aquello presupuestado en nuestra Carta Política,
00:22exponiendo la integridad y vida como miembros de la Fuerza Pública de la Nación.
00:26Nos dirigimos a usted de esta manera porque no encontramos con otra opción,
00:30pues los muros y las reas nos amenazan diariamente con callar nuestras voces.
00:35Somos los miembros de la Policía y Ejército Nacional recluidos en la penitenciaría de la Orada Caldas,
00:41condenados por delitos cometidos siendo miembros activos de cada fuerza.
00:46Seguimos paso a paso el proceso de paz llevado a cabo en La Habana,
00:49con la ilusión de que fuéramos tenidos en cuenta en los beneficios a otorgar a los actores del conflicto
00:55armado y efectivamente esta fue la idea que nos vendió el equipo negociador del gobierno
01:01durante todo el desarrollo del proceso.
01:04Sin embargo, al culminarse en los acuerdos y expedirse en la tan mencionada Ley 1820 del 2016,
01:10comenzaron a menguar nuestras esperanzas,
01:13pues en ella todo estaba claro respecto a los beneficios que recibirían los miembros de la FARE-P,
01:19sin excepción, mientras que lo referente a los beneficios para miembros y exmiembros de la Fuerza Pública,
01:26procuraron que fuera del todo confuso,
01:29utilizando condiciones y palabras de difícil comprensión,
01:33como si se planeara desde allí un engaño.
01:37Posteriormente nos vuelve la tranquilidad al escuchar en por lo menos dos alocuciones del señor presidente,
01:42que los exmiembros de la Fuerza Pública no tendríamos de qué preocuparnos,
01:46ya que nuestros beneficios no fueron negociados con la FARE-P,
01:50ni se nos iba a comparar o igualar con esa organización,
01:54prometiendo unos beneficios mejores, ya que nuestras actuaciones se presumían legales.
02:00Según lo señalado en los artículos 53 y 58 de la Ley 1820 del 2016,
02:05el Ministerio de Defensa Nacional debía consolidar los listados de los miembros de la Fuerza Pública
02:09que prima facie cumplan con los requisitos para ser beneficiados
02:13y posteriormente remitirlo al Secretario Ejecutivo de la JEP,
02:17quien decidirá de fondo sobre las pretensiones de los solicitantes.
02:21Así las cosas, dicho Ministerio, por medio de la resolución 002 del 2017,
02:26conforma el Comité para la Elaboración de los Listados ya Referidos.
02:29Por medio de solicitudes formales nos dirigimos a este Comité
02:34manifestando nuestra intención de someternos y acogernos a los beneficios
02:38de que trata la Ley 1820 del 2016.
02:41Mediante oficio 032.848 del 8 de febrero del 2017,
02:47despedido por la Secretaría General de la Policía,
02:50se nos invita a remitir copias de las providencias que den cuenta...
02:54...
Comentarios