Saltar al reproductorSaltar al contenido principal
  • hace 1 semana
El Parlamento español aprobó definitivamente una ley que legaliza la eutanasia y regula el suicidio asistido, uniéndose a la reducida lista de países que le permiten a un paciente incurable recibir ayuda para morir y así evitar su sufrimiento. Le contamos seis puntos clave sobre esta decisión.

Categoría

🗞
Noticias
Transcripción
00:00Queda aprobado el texto en sus términos.
00:03El Parlamento español aprobó definitivamente este jueves una ley que legaliza la eutanasia
00:08y regula el suicidio asistido, uniéndose a la reducida lista de países que le permiten
00:13a un paciente incurable recibir ayuda para morir como un derecho y así evitar su sufrimiento.
00:19La ley, propuesta por el gobierno del socialista Pedro Sánchez y que entrará en vigor en
00:24tres meses, fue validada en el Congreso de los Diputados con 202 votos a favor de los
00:29partidos de izquierda, de centro y regionalistas, dos abstenciones y 141 votos en contra, principalmente
00:35de la derecha y la extrema derecha.
00:37La asistencia será costeada por el Sistema Nacional de Salud, siempre que se cumplan ciertos
00:42requisitos y circunstancias y que el enfermo confirme su voluntad de hacerlo al menos cuatro
00:47veces.
00:48La ley regula también la posibilidad de pedir ayuda para morir en un documento de instrucciones
00:53previas, el conocido como testamento vital, al que se recurrirá cuando la persona no
00:58pueda realizar una solicitud de forma autónoma y consciente. Aquí le contamos seis puntos
01:03claves sobre esta decisión.
01:05Primero, ¿quién? Podrán solicitarle a los mayores de edad con nacionalidad española,
01:10residencia legal en España o certificado de empadronamiento que acredite un tiempo de
01:15permanencia en territorio español superior a 12 meses.
01:18Segundo, ¿cuándo? Se podrá pedir cuando el solicitante sufra una enfermedad grave e incurable
01:24o un padecimiento grave, crónico e imposibilitante que afecte a la autonomía y que genere un sufrimiento
01:30físico o psíquico constante e intolerable.
01:34Tercero, ¿cómo?
01:36El paciente deberá formular dos solicitudes escritas de manera voluntaria, con al menos
01:4015 días entre ambas, aunque el médico responsable pueda cortar el plazo si cree que existe riesgo
01:46inminente de pérdida de la capacidad para otorgar el consentimiento informado. El solicitante puede
01:51revocar la petición en cualquier momento o pedir su aplazamiento. Si mantiene la solicitud,
01:56el médico responsable deberá tratar el caso con un médico consultor, que tendrá un plazo
02:01de 10 días para corroborar el cumplimiento de las condiciones.
02:05Cuarto, Comisión de Garantía y Evaluación. En cada región española se constituirá una
02:12Comisión de Garantía y Evaluación compuesta por personal médico de enfermería y juristas,
02:17que será responsable en última instancia de autorizar cada proceso de eutanasia.
02:23Quinto, Eutanasia. Si quiere seguir adelante, el paciente tiene derecho a elegir cómo quiere
02:28recibir la ayuda para morir, que el personal médico le administre directamente una sustancia
02:33o que se le prescriba o facilite de modo que se la pueda autoadministrar. En el primer
02:37caso, la ley establece que el equipo sanitario asistirá al paciente hasta el momento de la
02:42muerte. En el segundo, que mantendrá la debida tarea de observación y apoyo a este hasta
02:47el fallecimiento. El fallecimiento tendrá la consideración legal de muerte natural.
02:52Sexto, Garantías. La eutanasia estará incluida en la cartera común de servicios del Sistema
02:58Nacional de Salud de España y será de financiación pública. Los servicios sanitarios regionales
03:03deberán garantizar la prestación. La ley reconoce a los profesionales sanitarios el
03:07derecho a la objeción de conciencia, que deberán manifestar de forma anticipada y,
03:11por escrito.
Comentarios

Recomendada