00:00Evaluación de la Suprema Corte de Justicia, estándares, selecciones del proceso 2025 y llamados a convocatorios.
00:08Hoy comparecemos ante el país en un momento clave para la institucionalidad democrática.
00:14El pasado 4 de abril se cumplieron 7 años del periodo constitucional para el cual fueron designados 11 jueces y
00:23juezas de la Suprema Corte de Justicia.
00:25En consecuencia, se encuentran pendientes la evaluación de su desempeño a partir de la cual se determinará la pertenencia o
00:34eventual sustitución en el cargo, igual que en el proceso anterior.
00:39La evaluación de desempeño de jueces y juezas de la Suprema Corte de Justicia constituye a la vez una obligación
00:47constitucional y una garantía de independencia judicial y la confianza pública en el sistema de justicia.
00:55El Consejo Nacional de la Magistratura no ha analizado la convocatoria formal para iniciar dicho proceso.
01:02El mandato constitucional es claro.
01:05La evaluación de desempeño debe ser realizada por el Consejo Nacional de la Magistratura al término de 7 años a
01:13partir de su elección, tal como dispone el artículo 181 de la Constitución.
01:20Adicionalmente, el paso del tiempo genera una situación de incertidumbre institucional que no debe prolongarse.
01:30Por estas razones, la próxima convocatoria reviste especial importancia.
01:36El país viene de un proceso que dejó lecciones claras.
01:42El Consejo Nacional de la Magistratura debe adoptar criterios públicos, objetivos y verificables, aplicar metodología uniforme,
01:51publicar oportunamente las actas, motivaciones y votos individuales, erradicar prácticas discriminatorias en perjuicio de las mujeres en la judicatura
02:03y garantizar que la evaluación judicial no sea utilizada como mecanismo de presión, castigo o discrecionalidad.
02:12En este contexto, marcado por cuestionamiento en la forma en la que el Consejo Nacional de la Magistratura ha conducido
02:21estas evaluaciones anteriores,
02:23incluidas críticas por la falta de transparencia, ausencia de motivación suficiente en sus decisiones y percepciones de arbitrariedad.
02:33Incluso jueces evaluados han denunciado la utilización de criterios no previstos en la normativa y decisiones sustentadas en apreciaciones subjetivas
02:45más que en estándares objetivos.
02:47En este escenario, preocupa profundamente que algunos jueces y juezas puedan optar por no someterse a evaluación,
02:57no por falta de compromiso con la función judicial, sino con reacción o experiencias previas percibidas como injustas, sesgadas, discriminatorias
03:09o lesivas a la independencia judicial,
03:11como lo ocurrido en los casos de la magistrada Miriam Germán Brito o la magistrada Pilar Jiménez.
03:19Este es un síntoma grave cuando quienes deben ser evaluados desconfían del proceso,
03:27lo cual está en riesgo de la legitimidad del sistema en su conjunto.
03:31Si una persona evaluada ha cumplido con los mandatos de su función, no existe justificación para la sustitución
03:39y puede ser confirmada en el cargo con un nuevo periodo, tal como lo dispone el artículo 180, párrafo 1
03:48de la Constitución.
03:50Frente a esta realidad, reiteramos que la evaluación judicial no puede convertirse en un mecanismo de discrecionalidad y de exclusión.
04:00Debe regirse estrictamente por criterios claros previamente establecidos en la Constitución, en la ley y en el reglamento
04:10y aplicarse de manera transparente.
04:13Debe respetar el debido proceso y la independencia judicial como pilares del Estado de Derecho.
04:20Debe erradicar prácticas discriminatorias en prejuicio de las mujeres y juezas.
04:26Debe respetar el principio de participación equilibrada de hombres y mujeres en los espacios de toma de decisiones,
04:35incorporando la perspectiva de género en el procedimiento de evaluación del desempeño.
04:40La paridad de la Suprema Corte de Justicia sigue siendo una deuda pendiente del Consejo Nacional de la Administratura.
04:48En esta rueda de prensa, además, ponemos a circular el informe, que ustedes lo tendrán,
04:54sobre el proceso de evaluación y selección de juezas de la Suprema Corte de Justicia y del Tribunal Superior.
Comentarios