00:00...producir en la audiencia preliminar un juicio.
00:02Él puede declarar cuando sus abogados lo estimen en calidad de víctima.
00:08Tampoco puedo argumentar sobre el riesgo,
00:12porque el tribunal no actúa en base a probabilidad.
00:15Y eso las partes lo saben.
00:17Eso del riesgo es una probabilidad, no es una realidad.
00:21De hecho, la norma procesal penal tiene una salida
00:25cuando hay un testigo que está bajo riesgo.
00:28Todo el mundo sabe que se solicita un anticipo de prueba
00:32para contemplar esas declaraciones en una acta.
00:36Hasta el momento no puedo el tribunal asumir un riesgo que es incierto.
00:41Y eso yo creo que le queda claro a todos.
00:44Para seguirle respondiendo,
00:47ciertamente la resolución 3869 en el artículo 5,
00:51que está más que analizada, habla sobre seccionalmente.
00:56Señores, es cuando la acusación no está fundamentada
01:00y la norma lo cita.
01:02Ustedes todos están de acuerdo con los hechos del Ministerio Público.
01:05Todos están de acuerdo con las pruebas.
01:07Todos.
01:09Entonces, ¿dónde está la excepción?
01:11¿Hay alguna violación de derecho fundamental?
01:13No, el tribunal ha tutelado los derechos de todas partes.
01:16Y les reitero, es una postura didáctica y coherente.
01:22La norma en el artículo 305, párrafo 7, párrafo 8, párrafo 10, párrafo 13,
01:33señala claro el Código Procesal Actual.
01:37No se puede utilizar la misma regla del juicio en la audiencia preliminar.
01:44En la audiencia preliminar se le hace un juicio de valor a la acusación.
01:49Y el 308 lo dice.
01:51Dice, cuando se considera que la acusación tiene suficiente fundamento,
01:57el juez dicta un auto de apertura a juicio.
01:59En el caso, fíjense, en el caso de evaluar la suficiencia de la acusación,
02:07yo no puedo reproducir pruebas porque sería un mal mensaje conforme a la norma
02:13y conforme al aspecto didáctico de la audiencia preliminar.
02:17Entiendan eso.
02:17No es un asunto de arbitrariedad y que el juez quiere, no.
02:21Si ustedes quieren que el señor declare,
02:24él va a tener su oportunidad en la calidad que tiene.
02:28En igual que van a tener los imputados.
02:29Pero si yo les permito, y reitero, y ahí soy coherente,
02:32si yo les permito a ustedes reproducir pruebas,
02:34ahorita viene la defensa y dice que tiene que reproducir cuatro testigos
02:37y tengo que dejarlo.
02:39Y ahí se desnaturaliza todo.
02:41Esa no es la finalidad.
02:42Ni aquí, doctor, ni en Costa Rica, ni en el Código Comentado de Javier Jové Rodríguez,
02:46ninguna norma.
02:48Ni la jurisprudencia dominicana.
02:50Al contrario, ustedes saben lo que ha dicho la Corte de Apelación.
02:54Que cuando hay que entrar a cuestiones de fondo,
02:56valoración testimoniales no le corresponde al juez de la instrucción.
03:01Decisiones reiteradas que tenemos de la Corte de Apelación del Distrito Nacional.
03:07Y es por un asunto lógico, no arbitrario.
03:10Entiendan eso.
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