00:00...que interponemos incidente de nulidad de actuaciones frente al auto de apertura de juicio oral y, en consecuencia, frente al
00:10auto de apertura de juicio oral,
00:12en virtud de lo previsto en el artículo 240 de la Ley Orgánica de Poder Judicial, a fin de que
00:20se declare la nulidad parcial de los mismos en lo relativo a los sobreseguimientos acordados,
00:25así como en lo correspondiente a la línea de investigación de la denominada conexión política.
00:31En concreto, se denuncia la vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva y proceso debido al artículo 24, 1
00:38de la Constitución y 6 y 3 del Convenio Europeo de Derechos Humanos,
00:45en su vertiente del derecho al acceso a la totalidad y las actuaciones seguidas, obtener una resolución y, sobre todo,
00:55investigación eficaz y suficiente,
00:58sin desentendernos de que lo que se propone pudiera tener su correlativo impacto sobre el derecho de defensa.
01:04En consecuencia, procede dictar nueva resolución que permita a esta acusación ejercer los derechos que tiene reconocidos en los artículos
01:16108 y siguientes
01:17de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, en términos que no restrinjan ni menos caben su contenido en social,
01:25conforme a lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley Orgánica de Poder Judicial.
01:30En segundo lugar, y en caso de no acordarse los solicitados, se interesa la retracción de las actuaciones
01:36respecto de la línea de investigación sobreseída por la que fueron declarados investigados la señora Cospedal y el señor López
01:43de Arillerro
01:43por aplicación analógica o ya no tanto del artículo 746.6 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal
01:51o subsidiariamente la práctica de instrucción suplementaria conforme al artículo 749 de la Ley,
01:57ante la operación de elementos probatorios nuevos, pertinentes, útiles y relevantes,
02:02incorporados al procedimiento con posterioridad al dictado del auto de apertura de juicio oral.
02:10En siguiente término, planteamos interesar el complemento del auto de apertura de juicio oral
02:16a fin de que se acuerde el llamamiento del Partido Popular como partícipe a título lucrativo
02:23en cuanto que es beneficiario de la actividad delictiva objeto de enjuicio a muento
02:29conforme a lo dispuesto en el artículo 122 del Código Penal
02:35por la cuantía obrante en el escrito de conclusiones provisionales
02:39y en su defecto se le traiga como responsable civil subsidiario.
02:47Gracias.
02:48Gracias.
02:48Gracias.
02:49Gracias.
02:49Gracias.
02:50Gracias.
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