00:00En el caso de Intercaribe había una situación excepcional.
00:03La defensa de Ángel Donald Guerrero movió un incidente,
00:08promovió un incidente diciendo que la empresa Intercaribe estaba en defensa de defensa.
00:13No estaba en defensa de defensa.
00:14La empresa Intercaribe simplemente dijo que lo que el Ministerio Público en su acusación decía era realidad.
00:21Y me explico.
00:22La empresa Intercaribe fue una compañía que en el año 2020, entre comillas,
00:26se le mandó al señor Alá Ali.
00:28Pero, ¿qué pasó?
00:31Que esa empresa antedataron la fecha al año 2016, como si así hubiese venido en el año 2016,
00:39y Ángel Donald Guerrero y el señor Daniel Guerrero, según la acusación del Ministerio Público,
00:44movieron documentos, firmaron actas del Consejo, firmaron en cuenta bancaria,
00:51y evidentemente mi cliente, cuando se le presentó esa información del 16 al 20,
00:57únicamente dijo que él no sabía de esos documentos, no lo conocía.
01:00Y en ese sentido coincidía con el Ministerio Público.
01:03Por eso es que nosotros hicimos lo que se llama el derecho procesal penal,
01:07una defensa positiva, diciendo los hechos que el Ministerio Público dice reales,
01:11únicamente que mi cliente no tenía que ver con un manejo de dinero,
01:14con concepto de ventas de más de 2.300 millones de pesos,
01:17en esa empresa porque no firmó esos documentos, no sabía de esos documentos.
01:22Entonces, en esa virtud nosotros ratificamos nuestra posición,
01:25de que eso tiene que ir a un juicio de fondo,
01:27y a un juicio de fondo, nosotros nos vamos a defender diciendo
01:30que esos documentos no fueron firmados por eso.
01:32¡Gracias!