00:00Un gran invitado para hablar de un tema muy importante hoy, doctor Roberto Orellana es abogado
00:05y vamos a hablar de la asistencia familiar y los gastos extraordinarios.
00:10¿Qué son? Primeramente vamos a saber de qué se trata y cómo se deben pagar y cobrar.
00:15Bienvenido al Mañanero.
00:16Buenos días, ya listos para resolver en este miércoles jurídicos como cada miércoles.
00:20Hoy vamos a hablar sobre las diferencias en el tema de la asistencia familiar y lo que son los gastos
00:25extraordinarios.
00:26Vamos a dar unos conceptos básicos del tema de asistencia familiar.
00:30Que es un derecho que tienen las familias para que un obligado solvente lo que son las necesidades básicas de
00:36algún integrante de la familia.
00:38Ahora vamos a ir a lo que son los gastos extraordinarios.
00:41Dentro de lo que es la asistencia familiar tenemos lo que son gastos que se pueden dar de repente o
00:47por algún caso especial.
00:49Por ejemplo, podemos ver, puede haber un accidente de algún familiar dentro de lo que es la asistencia familiar.
00:57El beneficio puede tener un accidente.
00:59Entonces se tendría que cubrir lo que es al 50% tanto el padre como la madre este gasto extraordinario.
01:06O digamos en el tema de la vista, los lentes o en el tema de la vía dental lo que
01:12son los brackets.
01:13Son gastos extraordinarios que se pueden presentar.
01:16Es un gran ejemplo que nos está dando los famosos brackets que se dan mucho.
01:20Es un gasto extraordinario en el caso de que el niño viva con la mamá, ¿cómo debería ser esta solicitud?
01:28Bueno, se lo tiene que presentar mediante vía incidental para que la madre pueda presentar con un memorial lo que
01:34es el tema de este gasto extraordinario.
01:36Pero también tiene que demostrarlo con facturas, tiene que demostrarlo con recibos, con pruebas, porque tiene que exigirlo y solicitarlo
01:44ante el juez de familia para que pueda cubrirse este tema del gasto extraordinario.
01:48¿Eso en caso de que quien da la asistencia familiar no lo quiera hacer?
01:53Sí, sí, porque muchas veces se puede ver que el padre o la madre que es obligado de pagar la
01:58asistencia familiar cree que con pagar ya esta asistencia familiar ya ha cubierto todo.
02:02Pero no es así. Se pueden presentar gastos extraordinarios durante todo el año en lo que es en el tema
02:07de los hijos o hijas, ¿no?
02:08Y hay que cubrirlos al 50%. Si no quieren cubrirlo de manera voluntaria lo que son los progenitorios o el
02:14obligado o obligada, tienen que solicitarlo ante el juez de familia, ¿no?
02:17Mire usted, ¿hasta dónde puede llegar este gasto extraordinario? ¿Hay alguna sanción en caso de que no se haga?
02:24Bueno, sí. Hay una sentencia constitucional, la 1141-2025, ha habilitado lo que antes no era la orden de apremio.
02:33En casos excepcionales, como ser, por ejemplo, en el tema de salud, se puede presentar algún accidente, alguna operación y
02:41no van a querer cubrir lo que es este gasto extraordinario.
02:44Y esa sentencia constitucional habilita lo que es el tema de que se pueda solicitar de manera obligatoria mediante una
02:50orden de apremio, si es que no llegaría a pagar lo que es el 50% de este gasto extraordinario,
02:55¿no?
02:55Le voy a poner un caso que puede darse. Digamos que la asistencia familiar son 1.000 bolivianos mensuales y
03:03que los brackets cuestan 2.000 bolivianos.
03:07Y el papá o la mamá, quien manda, digamos, la asistencia familiar, los deposita y dice, tranquilo, no pasa nada,
03:14no tenés que pedirme nada.
03:16Todo en orden y en paz. Pero luego, en los siguientes meses, le dice, yo te deposité ahí los 2
03:21.000, o sea que esto va por los 3 meses.
03:24Y la mamá puede decir, no, pero eso era para los brackets.
03:27Ahí está, ahí cuesta lo que es el dilema y es donde no cubre.
03:31El gasto extraordinario es muy aparte al tema de la asistencia familiar.
03:34No se puede mezclar ambos ítems.
03:37Si se puede decir, la asistencia familiar es una cosa que cubre las necesidades básicas como educación, lo que es
03:43el tema de alimentación, vivienda.
03:45Pero el tema de gasto extraordinario puede ser diferentes gastos que se pueden presentar ante hechos emergentes que se pueden
03:51dar.
03:51Entonces, lo mejor es registrar legalmente que eso fue un gasto extraordinario para después evitar estos malentendidos.
03:56Habría que comunicar al juez de familia de que se ha presentado este gasto extraordinario y que el obligado ha
04:01cumplido con el 50% del pago de lo que es este gasto extraordinario.
04:06Y que la beneficiaria o lo que es la persona que solicita el tema del gasto extraordinario no tiene por
04:12qué, digamos, solicitar mediante vía incidental el cobrar este gasto extraordinario.
04:16Claro, pero ya estaría todo registrado.
04:18Así es, así es.
04:19Hay que marcar un poco lo que son las diferencias del tema de la naturaleza, del gasto extraordinario y la
04:24asistencia.
04:26La asistencia es habitual, cada mes se paga.
04:29Lo que es el gasto extraordinario es emergente, la cuantía igual puede variar.
04:34Es decir, el monto que se tiene que pagar puede ser diferente.
04:36O lo que es también la sanción, lo que decías anteriormente, la asistencia familiar no se paga en tres meses,
04:41puede salir lo que es la orden de premium para ser recluido en una cárcel ante el impago de la
04:46asistencia familiar.
04:47Ahora, el gasto extraordinario, igual con la sentencia constitucional ya se puede habilitar en casos extraordinarios y emergentes que se
04:55pueden dar.
04:55Y lo último que es muy importante, el procedimiento.
04:59La asistencia familiar se da mediante una sentencia o mediante acuerdo de las partes.
05:04Y lo que es el gasto extraordinario se da lo que es mediante solicitando, denunciando, exigiendo lo que es el
05:11tema del pago del 50% del gasto extraordinario que se puede presentar.
05:15Muy buenísimo.
05:16Solo para cerrar, ¿un gasto extraordinario tiene que ser algo de fuerza mayor, algo que se necesite?
05:22¿Por ahí hay alguien que considera que el gasto extraordinario es un Playstation?
05:26No, sí, sí tiene que ser algo elemental, algo necesario, algo que sea presentado durante lo que es el tema
05:32de salud, un accidente, una operación o el tema del uniforme.
05:36O sea, tiene que ser gastos que son elementales para el desarrollo y el bienestar de los beneficiarios que son
05:43los hijos o hijas, ¿no?
05:44Ahí está, para anotar ese dato, para que después no piense que algo que no tiene que ver con un
05:50gasto extraordinario lo es.
05:51Queremos agradecerle por estar con nosotros y ubicarnos en estos temas que son unos problemas diarios para alguna persona.
05:58Que esté muy bien.
05:59Importante no esperar que nos obligue a alguien a cubrir un gasto extraordinario de nuestros hijos.
06:03Hay que cumplirlo de manera voluntaria.
06:04¿Dónde lo encontramos?
06:05Bueno, estamos en las redes sociales como en la Casa de la Justicia o se pueden comunicar al 691-50014.
06:13691-50014.
06:14La Casa de la Justicia, para que busquen ahí en las redes.
06:17Continuamos con más aquí en El Mañane.
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