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  • hace 5 horas
PRESENTAN ACCIÓN DE CUMPLIMIENTO

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00:00Presenta una acción de cumplimiento para la personería jurídica de ASIP y la agrupación SOL.
00:06Michelle Meneses nos tiene todos los detalles. Michelle, buenas noches.
00:12Así es, y ya para ampliar esta información me encuentro con el doctor Walter Suárez para que nos explique.
00:17Doctor, buenas noches. Bueno, se resolvió ya la presentación de esta acción.
00:20Sí, evidentemente hoy en la tarde la sala constitucional del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz falló concediendo la
00:28tutela solicitada.
00:29¿Esto qué quiere decir? Que le ha ordenado al Tribunal Supremo Electoral pronunciarse específicamente sobre la cancelación de personería jurídica
00:39de estas dos agrupaciones que no alcanzaron el 3% en la última elección.
00:44¿Les ha dado una fecha límite?
00:45Sí, les ha dado una fecha que a partir del día miércoles le corren tres días hábiles para emitir una
00:53resolución debidamente fundamentada.
00:55Esto implica que existió una omisión por parte del Tribunal Departamental Electoral al no pronunciarse específicamente sobre este aspecto.
01:03¿Qué pasa si en estos tres días no se presenta esta resolución?
01:06Si esta resolución se incumple hay un mecanismo constitucional todavía que se llama recurso de queja ante la misma sala
01:12que resolvió y si la sala verifica que los vocales del Tribunal Departamental Electoral no han cumplido con la orden
01:19específicamente emitida por la sala,
01:23son remitidos directamente al Ministerio Público para el inicio de un proceso penal en contra de ella.
01:28¿Para qué prosigue ya luego de presentada esta resolución en esto?
01:32En estos tres días esperamos que no exista mayor debate, porque ¿cuál es el motivo para la cancelación?
01:39El motivo de la cancelación es que estas dos agrupaciones ciudadanas, ACIP y SOL, no llegaron a alcanzar el mínimo
01:47requerido para mantener sus personerías.
01:49Es decir, tienen menos del 3%, una tenía el 1.13 y la otra el 1.35, por lo tanto
01:56no habría mayor debate, los resultados son producto de la elección y cursan oficialmente en los registros del Tribunal.
02:04El Tribunal debería emitir una resolución y esta no existe duda que debería ser cancelando la personería de estas dos
02:11agrupaciones.
02:12¿Se tienen los argumentos, los documentos que respalden esta?
02:17Evidentemente, por eso que una sala constitucional les ha ordenado pronunciarse, evidenciando un incumplimiento a una norma y a un
02:24deber legal relativo a la resolución que debería emitir el Tribunal Electoral.
02:29Muchas gracias, doctor. Bueno, con esta información retornamos con ustedes a Estudios Centrales.
02:34Gracias, Michelle.
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