📄 El Decreto Supremo 5515, que modifica una norma anterior, establece el uso de la tecnología al servicio de la administración del Estado por parte del Presidente, y no afecta derechos o garantías constitucionales del Vicepresidente, explica el analista Joadel Bravo, señalando que la norma no altera los derechos establecidos en el artículo 174 de la Constitución Política del Estado. . . #SiempreBolivia #Entrevista #Política
00:00Y seguramente usted debe tener muchas preguntas, todavía debe tener algunas dudas acerca de este Decreto Supremo 5515.
00:07Justamente vamos a establecer contacto para poder hablar del tema y que nos explique de una manera un poco más comprensible para toda la sociedad.
00:14Estamos junto a Joadel Brauers, analista político, a quien los saludo. ¿Cómo está Joadel? Joseph Jaldín te saluda.
00:22Yo sé, muy buenas tardes, un gusto escucharlo, dígame.
00:24Un gusto, igual. Si nos puede explicar por favor de qué trata este Decreto Supremo 5515 de manera resumida para poder comprender.
00:32Bueno, es un decreto que está modificando otro decreto y nada más hace en el fondo de que establece la tecnología al servicio de la administración del Estado por parte del presidente.
00:45No hay nada más con relación a este decreto, no podemos decir que sea inconstitucional, en virtud de que no ha violentado ningún derecho o garantía constitucional del vicepresidente.
01:01No le está quitando ni le está poniendo derechos que están establecidos en la Constitución Política del Estado, artículo 174, donde se establece que la principal función del presidente es estar como el que...
01:20es un auxilio al presidente. Cuando el presidente pudiera fallecer, pudiera renunciar, pudiera ser detenido por un proceso penal u otra instancia,
01:34entonces el vicepresidente es quien asume. Es como un equipo de fútbol.
01:40Usted tiene el titular que juega el partido y muchas veces el suplente no ingresa porque no es necesario.
01:47Y entonces, evidentemente, en antaño se estilaban que cuando el presidente iba de viaje, el vicepresidente asumía.
01:58Pero con la tecnología que tenemos hoy en día y que se practica a diario, por ejemplo, hoy en este momento estamos utilizando esa tecnología.
02:07En los despachos judiciales, un juez puede llevar adelante una audiencia con el detenido en la cárcel,
02:13el abogado en su bufete, y emite un fallo que puede originar la detención o la liberación de este procesado.
02:22Y entonces, es válido. A eso quiero llegar.
02:26Repito, el decreto nada más está haciendo que implementar la tecnología
02:31para evitar que tengamos un vacío que cuando el presidente viaje.
02:40Entonces, hemos elegido al presidente para conjuntamente con el vicepresidente,
02:47pero la cabeza, según la constitución, es el presidente.
02:51El presidente es el que tiene que gobernar.
02:53Y ante una imposibilidad de este, por muerte, por todo lo que he explicado,
03:00es que recién puede ingresar el vicepresidente.
03:03Mientras tanto, la otra función importante que ha establecido la constitución
03:07es el ser el nexo en la asamblea legislativa.
03:12Es el director de esta institución.
03:14Y entonces, tiene que acercar a lo que pretende el presidente
03:24conjuntamente con los legisladores.
03:26Es el papel importantísimo del vicepresidente de ser un puente en estas instituciones.
03:32Y esas funciones están establecidas en la constitución
03:35y el decreto no la está tocando.
03:37Repito, lo único que hace el decreto es determinar que había un vacío ahí.
03:43Es determinar que vamos a utilizar, el presidente va a utilizar la tecnología
03:50que a diario la utilizamos, la empezamos a utilizar con la enfermedad esta,
04:00que nos afectó y nos tuvo que encerrar.
04:03Y a partir de ese momento, se desarrolló esta tecnología
04:06que ahora está al servicio de la presidencia, que parece muy acertada.
04:15Yo, Adel, prácticamente entonces estaría haciendo un reajuste,
04:18una modernización a este decreto supremo, a este artículo,
04:22igual para que el presidente pueda cumplir sus funciones
04:25encontrándose fuera del país, gracias y al avance de la tecnología.
04:29Ahora, yo, Adel, ¿existe algún limitante de tiempo por decirle
04:34si es que el presidente se va a ausentar cinco días, siete días, diez días?
04:39Perfecto.
04:40¿Pero qué pasa si el presidente necesita ausentarse, no sé, unas tres semanas, un mes?
04:45¿Es vigente que entre en vigencia o hay limitantes?
04:50Ahí es la norma bien clara.
04:52A partir de diez días, entonces ya debe asumir el vicepresidente,
04:58porque hay un principio constitucional de que no puede haber una vacancia, ¿no?
05:03Y diez días es suficiente para un viaje que comúnmente realizan los jefes de Estado,
05:10¿no?
05:10Porque lo otro ya es entrar en vacaciones, una enfermedad que se ha tratado en el extranjero,
05:15entonces hay un impedimento material.
05:21Y ahí es que entra el vicepresidente.
05:24En la misma constitución, el decreto que fue modificado y el actual,
05:30establecen que tiene máximo diez días.
05:33Yo, Adel, agradezco tu tiempo para que nos puedas y para emitirnos,
05:38en realidad, entender a todos los bolivianos de qué manera funciona este decreto supremo cincuenta y cinco quince
05:44para los viajes del presidente, qué va a pasar con la suplantación de funciones.
05:49En realidad, el vicepresidente tendría que tomar las funciones del presidente,
05:52pero en este caso, ya con la promulgación de este decreto,
05:55el mismo presidente Rodrigo Paz puede ejercer sus funciones a distancia mediante la tecnología.
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