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  • hace 6 semanas
Una jueza decidió rechazar la denuncia sobre violencia contra la mujer y revocar una medida de un juzgado de paz que había promovido Gisele Mousques contra Christian Chena por la que se le prohibía referirse a la mujer en un claro caso de censura y restricción a la libertad de expresión.

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Transcripción
00:00Alex Peralta, ¿cómo estás?
00:02¿Cómo estás, Enrique? Hoy muy contenta.
00:05Estás bailando en una pata.
00:09Ganaste dos casos de una.
00:11Ganamos todos, Enrique.
00:13Yo solamente soy un instrumento, ganamos todos.
00:17Acabamos de hablar con Oscar Tuma y yo me siento contigo en el primer caso.
00:21Pero no quiero hablar después de hablar.
00:22Vamos por parte.
00:25Quiero sentarme un ratito contigo acá y después, si querés, con mucho gusto, por supuesto.
00:30El caso Chena.
00:33Este para mí es un caso grosísimo, lo hemos hablado contigo.
00:37Y quiero que nos cuentes un poquito qué pasó.
00:40Bueno, el caso Chena, haciendo un recuento rápido, en enero de este año, la jueza de paz, Gloria Machuca,
00:48no se nos debe olvidar su nombre.
00:51Gloria Machuca había dictado su sentencia imponiendo al señor Cristian Chena
00:58y al medio digital, RDN.
01:00Eso es muy importante aclarar, Enrique.
01:02Es un medio digital censurado.
01:05Eso ocurrió en su momento con Yandutí, con ABC.
01:08Pero estamos hablando de época de la dictadura.
01:10En la era democrática, censurar de esa forma un medio es gravísimo.
01:14Ocurrió con RDN.
01:17¿Por qué?
01:18Por la utilización de la ley 5777, que veníamos, digamos, en una ola de la mala utilización
01:23por parte de los jueces de paz.
01:24De repente, es como que se descubrió el santo grial para algunas personas,
01:29algunas mujeres específicamente, porque evidentemente solamente mujeres pueden utilizar esta ley
01:34para recurrir al juzgado de paz para solicitar medidas cautelares cuando dicen sentirse ofendidas.
01:42Pero, ¿qué pasaba?
01:43Realmente se estaba transmitiendo información de interés público
01:46que en muchos casos traía aparejados hechos de corrupción que se comentaban.
01:50En el caso de Cristian Chena, por haberle dado retuit a un artículo periodístico
01:54que se había publicado ya hace tiempo, que exponía el mal manejo en IPS por parte del esposo de Giselle Musquet
02:03señalando supuestos actos de corrupción y el 20% sobre algunas licitaciones.
02:12Es por eso que queda, digamos, el mote de Madame 20% por el porcentaje sobre algunas licitaciones
02:19supuestamente amañadas.
02:20Eso es lo que decía el material, ¿verdad?
02:22Entonces eso se retuitea y, bueno, por parte del medio, por parte de Cristian Chena
02:27y allí es donde la jueza dice ya no vas a poder hablar de aquí en adelante
02:32con términos que a la señora Giselle Musquet puedan ofenderle o agraviarle.
02:35Entonces eso entra en el marco de la completa y absoluta subjetividad
02:39y más aún cuando decimos de aquí en adelante.
02:43Entonces estamos hablando directamente de lo que es censura previa, ¿verdad?
02:46Bueno, eso se apeló, evidentemente fue a un juzgado a primera instancia en grado de apelación
02:52y finalmente el día de hoy obtuvimos la sentencia con 28 páginas de una sentencia
03:01donde la jueza hace lo que conocemos como control de convencionalidad.
03:05Espera, ¿quién es la jueza?
03:06Rosana Frutos Holguín es la jueza que revoca la sentencia de la jueza Gloria Machuca
03:15y por ende declara que no existe hecho de violencia contra la mujer
03:20ni por parte de Cristian Chena ni por parte del medio RDN.
03:23Entonces se levanta la censura en términos prácticos y sencillos, ¿verdad?
03:27Y sienta un precedente importantísimo porque dice cuando se trata de la transmisión
03:32de información de interés público que trae, digamos, que encierra supuestos actos de corrupción
03:39es totalmente intrascendente el sexo de la persona, dice la jueza.
03:43Entonces no pueden utilizar esta ley sobre texto de violencia contra la mujer
03:47cuando lo que se está transmitiendo son actos o hechos de supuesta corrupción.
03:53Entonces es totalmente intrascendente que sea hombre o sea mujer
03:57porque aquí lo que importa es la transmisión de la información de interés público.
04:00Entonces se sienta, digamos, un precedente y se marca un camino para nuestros jueces de paz
04:05que están bastante confundidos algunos con cómo aplicar esta ley, ¿verdad?
04:10Porque entra, digamos, en el terreno de si no imponemos las medidas de prevención
04:16o las medidas cautelares, entonces esto puede generar un daño mayor.
04:19Digamos que se genera como una psicosis y la premura por aplicar e imponer cualquier medida
04:25de protección a través de esta ley sin analizar realmente el caso por caso, ¿verdad?
04:31Ahora, Ale y vos y yo lo hemos hablado ya muchas veces, muchas veces
04:35y en general hemos estado de acuerdo en ese tema.
04:38Yo tengo un susto que se mantiene a pesar de esta sentencia
04:48derivado de la potestad que otorga la ley 5777 a los jueces de paz
04:55mediante su artículo, creo que es el 34, que deriva a la ley 1600
05:00que a su vez en su artículo 2, estimado amigo, dice
05:05literalmente el juez podrá disponer cualquier medida
05:12de guatamina calcula, cualquier medida.
05:17Y estoy repitiendo una cosa que voy a escuchar, te pido un poquito de paciencia
05:21porque quiero graficar lo que para mí es grave acá.
05:24Lo que para mí es grave acá, y esto no es que un juez de paz no lo deba saber, estimado amigo,
05:32un juez de paz está tan obligado como cualquier ciudadano
05:35a vivir de acuerdo a la Constitución.
05:40Entonces, no está en el poder del juez de paz imponer la censura.
05:46Nunca. ¿Por qué no está en el poder del juez de paz imponer la censura?
05:49Porque la censura tiene una prohibición expresa y taxativa.
05:54En el artículo 26, primer párrafo.
05:59Y además, en el 27, primer párrafo, eso se extiende a los medios.
06:06Entonces, cuando viene Gloria Machuca, mi querida Ale,
06:10y dice, yo no sé qué hacer, entonces voy a aplicar nomás esto.
06:15No, disculpame, mi hija, estás prevaricando.
06:18Prevaricando contra la Constitución, contra el texto expreso de la Constitución.
06:25Y aquí viene, perdón por la periodata, pero quería ponerte todo el escenario.
06:31Esta cuestión, yo creo que esta sentencia hoy todavía no resuelve.
06:36Y la segunda es, yo sé que vos estás en contra de lo que voy a decir, pero hay que derogar esta ley.
06:44Por lo menos hay que derogar el artículo 34.
06:46Bueno, ocurre un problema muy grave, sí, efectivamente, con la remisión que hace al proceso de la 1600.
06:52¿Verdad? Que en su momento, fíjate, 1600 barra 2000, en el año 2000 se crea esta ley,
06:57cuando evidentemente no existían las redes sociales, la plataforma digital como existe ahora,
07:01la transmisión de información.
07:03Entonces, las medidas cautelares que se otorgan en su momento era, lógicamente,
07:07separar al supuesto agresor a tantos metros de la víctima, ¿verdad?
07:11Para evitar un daño mayor o que se incremente la violencia e interrumpir esa violencia.
07:16Entonces, hasta ahí todo bien con la protección, que de hecho también finalmente se demostró
07:20que no resultó ser tan eficiente, ¿verdad?
07:23Hasta tanto y en cuanto podamos realmente utilizar, por ejemplo, las tobilleras electrónicas
07:27para tener, digamos, algún otro método de control que arroje una mayor respuesta
07:32a lo que nosotros queremos como prevención, que es harina a otro costal,
07:37pero básicamente ese era el espíritu de la ley en su momento.
07:42Ahora, cuando la 5777 se remite a esa para su procedimiento,
07:47y oh sorpresa, nos encontramos justamente con el artículo 2, que en el literal F,
07:52ya Enrique se sabe de memoria.
07:53De memoria.
07:55Remite justamente y le da esa potestad al juez de aplicar cualquier otra medida,
07:59dice que el juez considere pertinente.
08:01Entonces, nos encontramos ante un escenario total y absolutamente discrecional para el juez.
08:08Y cuando hablamos de expresiones, es decir, de restringir la libertad de expresión,
08:14sabemos que lo peor que se le puede hacer a la libertad de expresión
08:18es mantener leyes ambiguas, leyes que dejen en completa discrecionalidad al juez.
08:24Es lo contrario, es la antítesis de la protección al derecho a la libertad de expresión.
08:29Entonces, ahí es donde encontramos el problema principal para lo que se refiere a la violencia telemática,
08:36a la violencia digital.
08:37En este caso señalaron también la violencia contra la dignidad.
08:40Bueno, básicamente es así como se cierra el problema y efectivamente creo yo que se debe trabajar,
08:46y ahí es donde coincidimos con Enrique,
08:48en, digamos, la modificación de ese artículo 2 en el literal F
08:54cuando se refiere a cuestiones que entrañan evidentemente expresiones.
09:01Te voy a decir algo para que vas a posar tu beneficio en tu discusión conmigo.
09:06Ahora eso me ahogaba.
09:09No.
09:12A ver, Ale.
09:16Yo creo que cualquier persona que esté en la judicatura,
09:21que tenga un mínimo, escucha bien lo que te voy a decir,
09:25de decencia.
09:27No estoy hablando ya de, no, no.
09:29Un mínimo de decencia debería saber que esa disposición, cualquier medida,
09:37excluye categóricamente, excluye categóricamente a la censura.
09:43¿Por qué?
09:44Porque la Constitución es la ley suprema.
09:48Ahora, ¿qué tenemos acá?
09:50Lastimosamente tenemos una tradición judicial, Ale.
09:54Y mira lo que estoy diciendo.
09:57Una tradición judicial derivada del derecho argentino.
10:02Y el derecho argentino, estimado amigos, una patraña nazi.
10:07Pero no porque yo digo.
10:10Porque lo dice la acordada del 10 de septiembre de 1930
10:14de la Corte Suprema Argentina, Heil Hitler.
10:20Entonces Argentina es un país sin constitución.
10:25Y una cantidad de estos pelotudos estudió en Argentina.
10:30Entonces viene acá, Gloria Machuca,
10:33y dice, la Constitución me importa un carajo.
10:36El artículo 26 me chupa un huevo.
10:39La ley 5777 es superior.
10:42Perdóname la grosería, pero quería decirlo con mucha claridad.
10:46Básicamente, Yenrique, acá voy a contar una evidencia.
10:49Cuando me tocó plantear la apelación, me costó un gran trabajo hacerlo.
10:55¿Por qué?
10:56Porque me costó mucho entender la sentencia de Gloria Machuca,
11:00porque es básicamente inentendible.
11:01Y no lo digo solamente yo, también lo dicen otras personas
11:05que, digamos, se tomaron el tiempo de analizar esta sentencia
11:10para finalmente dar su opinión.
11:12Entonces, costó entender por qué realmente no se hizo un análisis
11:20sobre el problema en sí, sobre la ley 5777,
11:25sobre los tipos de violencia que se alegaban, sobre las pruebas,
11:29además de un montón de violaciones en el marco de ese proceso
11:31que también señaló la jueza Rosana Frutos,
11:35incluso dijo que se cometieron violaciones al debido proceso.
11:39Eso quedó bien claro en esta sentencia, porque efectivamente fue así
11:42en cuanto al derecho a la defensa del señor Cristian Chena.
11:46Pero realmente es una sentencia bastante complicada de entender
11:51y como bien decís, más bien parecía, y no está mi ánimo criticar,
11:57porque realmente no me gusta criticar.
11:58Me gusta debatir en base a la ley y no criticar a la persona
12:03o lo que hace, pero en este caso sí se trata la crítica
12:05de una sentencia judicial, y esa sentencia judicial
12:08básicamente no estaba fundamentada en nada.
12:11Parecían simplemente ideas o ocurrencias, pero bueno,
12:18finalmente se hizo y este es el resultado realmente bastante valiente
12:22en nuestra jueza, porque estábamos peleando contra toda una estructura,
12:28¿verdad? No es un caso más, no más, no es, no estamos hablando
12:33de un caso menor y bueno, finalmente también la protección de un medio
12:36digital de comunicación como RDN.
12:39Categóricamente. Y a ver, a mí me satisface, digamos, el resultado,
12:46pero yo me quedo inquieto porque las cuestiones de fondo no están resueltas.
12:50Es decir, las cuestiones de fondo, digamos, de la discrecionalidad que vos mencionaste.
12:56Y, estimado mío, una cosa que, Ale ya me escuchó, un minuto nomás porque tenemos que ir a la pausa, Ale.
13:02Pero un minuto, no, menos de un minuto, estimado mío.
13:06Acá hay una cantidad de abogadillos que tienen un discurso recurrente,
13:10y el discurso recurrente es la mitad de la biblioteca dice esto y la otra mitad dicen lo otro.
13:16Bueno, yo les acepto su mitad es de biblioteca, la mitad de la biblioteca es democrática y la otra mitad es nazi.
13:26Y ustedes están usando la mitad nazi.
13:28Cuando una norma abre discreción es nacionalsocialismo.
13:37Así nomás.
13:39Sin embargo, creo que quedó bastante claro.
13:40Yo creo que va a, de hecho, va a servir como un faro para los jueces.
13:45Y ya espero, por lo menos, que no se aplique con tanta discrecionalidad como se empezaba a aplicar.
13:51Tenemos el caso de nuestra compañera Portillo.
13:54El caso de Mabel Portillo es gravísimo.
13:56Sí, sí, sí.
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