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  • hace 2 meses
El SAT anunció más visitas domiciliarias para verificar declaraciones, depósitos y movimientos financieros. Te explicamos paso a paso el procedimiento, tus derechos y las consecuencias de negarte.

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Transcripción
00:00Recientemente ha surgido una pregunta que preocupa a muchos contribuyentes.
00:05¿El SAT puede visitarte en tu casa?
00:08Aunque pueda parecer inquietante, no es un procedimiento improvisado ni masivo.
00:13Se trata de un proceso legal contemplado desde hace años que hoy cobra mayor relevancia,
00:18especialmente entre adultos mayores.
00:21Quédate, porque a continuación explicaremos por qué el SAT realiza estas visitas y cómo funciona el proceso.
00:27El SAT ha anunciado que incrementará las visitas domiciliarias para verificar el cumplimiento de obligaciones fiscales
00:35cuando se detecten posibles irregularidades en declaraciones o movimientos financieros.
00:40Si bien cualquier contribuyente puede ser revisado, habrá especial atención en pensionados y jubilados,
00:47ya que en ciertos trámites o depósitos pueden generar dudas que la autoridad necesita aclarar.
00:53No obstante, los adultos mayores tienen derecho a asesorías jurídicas gratuitas
00:58y pueden solicitar la presencia de un representante legal durante la visita.
01:02Si esta garantía no se respeta, el procedimiento puede ser invalidado.
01:07Contrario a lo que muchos creen, la autoridad no llega sin aviso previo.
01:11Antes de presentarse, envían notificaciones oficiales explicando el motivo de la visita.
01:17Una vez en tu domicilio, deben entregar la Carta de Derechos del contribuyente auditado,
01:23proporcionar información completa sobre la revisión y permitir que el contribuyente
01:27corrija inconsistencias mediante declaraciones normales o complementarias.
01:32Además, si tu situación fiscal está en orden y han pasado al menos tres meses,
01:37puedes solicitar el cierre anticipado de la visita.
01:40Para recibir a los funcionarios, es fundamental tener tus documentos fiscales en orden,
01:45verificar la identificación del personal y recordar que ningún trámite se paga en efectivo
01:51ni directamente al auditor.
01:53Respecto a lo que revisa el SAT, además de inconsistencias en declaraciones,
01:58pueden examinar contabilidad, bienes, mercancía, CFDI e incluso verificar tu domicilio fiscal.
02:04Estas visitas proceden cuando existen irregularidades, inconsistencias u omisiones en pagos.
02:11Según la reforma del 7 de noviembre del 2025, artículo 49 bis,
02:16conforme al artículo 42 del Código Fiscal de la Federación,
02:20durante la visita tienes derecho a un trato respetuoso, a exigir la orden de visita,
02:25a designar dos testigos y a recibir la Carta de Derechos del contribuyente auditado.
02:30Mantener la calma y permitir el ingreso solo si se cumplen estos requisitos es esencial.
02:36Negarse a la visita se considera obstrucción y puede generar multas,
02:41bloquear la emisión de facturas o incluso derivar en embargos y responsabilidad penal.
02:47Por eso, si tienes dudas, lo más recomendable es acudir directamente a las oficinas del SAT.
02:53En un contexto donde la información fiscal circula rápidamente y con frecuencia carece de contexto,
03:00contar con información clara y verificada es la mejor forma de evitar malentendidos y actuar con seguridad.
03:07Conocer tus derechos como contribuyente es tu mejor herramienta.
03:11¿Y tú, qué opinas?
03:13¿Estás preparado para recibir una visita del SAT sin contratiempos?
03:17Déjanos tu opinión en los comentarios.
03:19Y si te gustó el video, no olvides suscribirte al canal y activar la campanita de notificaciones
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