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  • hace 6 horas
Aprende qué es la declaración en ceros y los riesgos de presentarla si tienes facturas emitidas. El SAT utiliza tecnología para detectar discrepancias, lo que podría generarte multas o auditorías. ¡Cumple a tiempo este abril de 2026!

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Transcripción
00:00Cada año, los contribuyentes en México, ya sean personas físicas o morales que obtuvieron
00:05ingresos, deben presentar su declaración anual ante el Servicio de Administración
00:09Tributaria. Sin embargo, en algunos casos, esta declaración puede presentarse en ceros,
00:14lo que significa que el contribuyente reporta que no tuvo ingresos ni gastos durante el
00:19periodo fiscal, por lo que no tendría impuestos a pagar.
00:22En entrevista con Milenio, Roberto Iván Colín Mosqueda, integrante de la Comisión Técnica
00:27Fiscal del Colegio de Contadores Públicos de México, explicó que una declaración anual
00:32en ceros es un reporte que se presenta ante la autoridad cuando el contribuyente no realizó
00:37operaciones durante el año. La declaración anual, de acuerdo con el especialista, es
00:42un informe que incluye datos sobre ingresos, gastos, retenciones, pérdidas fiscales y cuentas
00:47fiscales que provienen del CFDI, es decir, el comprobante fiscal digital o factura electrónica
00:54en México. El experto advirtió que declarar en ceros cuando sí se emitieron facturas puede
00:59generar alertas para la autoridad. La información está precargada de facturas generadas en el
01:05SAT. Muchas veces la precarga ya trae las facturas, entonces declarar en ceros levantaría
01:10alertas a la autoridad. Por ello, explicó que un contribuyente que emitió facturas no debería
01:16presentar su declaración en ceros para evitar el pago de impuestos. Esto podría generar lo que
01:21el especialista describe como una discrepancia ante la autoridad fiscal.
01:25Esto levanta un foco rojo, y más cuando se trata de facturas, ingresos que tenían complementos de
01:31pago o que a lo mejor era una factura sobre la cual se señaló que el pago fue en una
01:36sola
01:36exhibición, transferencia de fondos o un cheque, manifestó. Según detalló, cuando existe una factura
01:43emitida o un complemento de pago registrado, la autoridad fiscal suele considerar que ese ingreso
01:48ya fue cobrado. Si aún así el contribuyente presenta su declaración anual en ceros, podría
01:54enfrentar diversas consecuencias, entre ellas que el impuesto omitido genera actualizaciones,
02:00recargos e incluso multas. También puede provocar que el SAT inicie un procedimiento administrativo
02:06para revisar el caso, es decir, mandar un requerimiento al buzón tributario, una carta
02:12invitación que aclare por qué se presentó así la declaración e incluso puede iniciar facultades
02:17de comprobación, dijo el especialista. Estas facultades permiten que la autoridad realice
02:23una revisión formal al contribuyente para determinar si existe un crédito fiscal con
02:27base a la información disponible. Presentar declaraciones así en estos tiempos con tecnología
02:32ya no es tan fiable y recomendable, porque puede detectar de una manera inmediata que
02:37se trata de un contribuyente que sí tiene o que seguramente tiene un impuesto a pagar
02:42y no lo está pagando, advirtió. El especialista también explicó que cuando una persona deja
02:48de operar o deja de generar ingresos, debe realizar una disminución de obligaciones ante
02:53el SAT. Esto permite que ya no tenga que seguir presentando declaraciones periódicas.
02:58Si no presenta la disminución de obligaciones, pues se le sigue generando la obligación de
03:03presentar sus declaraciones, refirió. En caso de que realmente no existan facturas ni ingresos
03:08registrados en la plataforma del SAT, presentar una declaración en ceros no representa ningún
03:13problema. No obstante, reitero que el riesgo aparece cuando el sistema detecta información
03:18precargada que indica que sí hubo ingresos. El problema es cuando hay obligación de presentar
03:24declaraciones. Las plataformas precargan información y se disminuyen esos ingresos, pues ahí sí
03:30hay un tema de riesgo. Esto ocurre porque los sistemas del SAT pueden identificar las facturas
03:35emitidas y considerar que se debe pagar un impuesto por esos ingresos. En cambio, cuando
03:41el contribuyente realmente dejó de tener actividad y no generó ingresos ni facturas, está obligado
03:46a seguir presentando declaraciones en ceros hasta que reduzca sus obligaciones o se le coloque
03:51en suspensión de actividades. Finalmente, se recordó las fechas límite para presentar
03:56la declaración anual correspondiente al ejercicio fiscal 2025. Las empresas y personas morales tenían
04:03hasta el 31 de marzo de 2026, mientras que las personas físicas tienen plazo hasta el
04:0830 de abril de 2026. ¿Ya realizaste tu declaración anual ante el SAT o todavía planeas presentarla
04:15en los próximos días? Te leemos en los comentarios. No olvides darle like al video, seguirnos y activar
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