00:00Bueno, a ver, presidente, ¿podría contarnos cómo se llega a una decisión de sancionar a una empresa, en este caso, por una aparente posición dominante?
00:11Bueno, Gladys, realmente esto tuvo sus inicios el año pasado, en el 2022.
00:17Banco Continental ha presentado una denuncia a la Comisión Nacional de la Competencia, que es la CONACOM,
00:24donde, bueno, justamente exponía ciertos puntos que ellos consideraban habían sido violatorios a la Ley de Defensa de la Competencia.
00:35Principalmente, entre estos puntos estaba, digamos, la imposición de una cláusula de exclusividad por parte de la empresa Bancart,
00:45donde a todos los emisores, o sea, a todos los bancos, les restringía el poder contratar otra procesadora o poder migrar de procesadora.
00:56O sea, generaba de alguna manera una especie de barrera a que puedan moverse libremente o contratar otra procesadora.
01:07Evidentemente, aducían que esto afectaba a la competencia y, por el otro lado, también, que Banco Continental no había firmado esa cláusula de exclusividad
01:15y que había sido, digamos, sacada por una recesión unilateral del contrato, sacada de ese ecosistema Bancart,
01:26es decir, parte de todos esos bancos que estaban interoperando dentro de esta procesadora.
01:32Esto llevó, digamos, el análisis por parte de la Dirección de Investigaciones de la CONACOM,
01:38que es un órgano autónomo, digamos, hace el papel de un fiscal que analiza los casos,
01:43si encuentra motivos, presenta una acusación, que luego es analizada ya en el seno del directorio de la CONACOM,
01:53que somos nosotros, tanto Rolando como yo y otro miembro más,
01:56a fin de analizar si realmente las causas que presentó ya la Dirección de Investigaciones
02:03son realmente válidas para poder llegar a una sanción o no correspondiente a lo que se podría dar
02:13como una infracción a la ley de defensa, a la competencia.
02:15En tal sentido, el directorio ha analizado y ha emitido una resolución,
02:20la cual hoy la hicimos pública, digamos, no toda la resolución, pero ha sido un extracto,
02:26debido a que hay muchos puntos que son confidenciales y esos se están trabajando.
02:31Probablemente mañana ya estará en forma pública el inextenso de la resolución,
02:36que son 245 páginas de análisis.
02:39Esto que trajeron es...
02:39Esto que está acá es la resolución en sí.
02:42Mañana entonces nos vamos a divertir con eso, nos vamos a verificar la economía.
02:45Correcto. Y ahí el directorio de la CONACOM ha encontrado, digamos,
02:50que existen razones suficientes para poder determinar que Bancar, digamos,
02:55ha tenido un comportamiento anticompetitivo en relación a lo que había acusado
02:58la Dirección de Investigaciones, específicamente dos puntos de la ley
03:02que estaban indicando que han sido transgredidos,
03:05con respecto a abuso de posición dominante.
03:07Es bueno indicar lo siguiente, tener posición dominante per se no es una infracción...
03:14No es ilegal eso.
03:14No es ilegal, al contrario, está indicando, digamos, de alguna manera que es una empresa grande
03:18que ha realizado sus estrategias comerciales y ha llegado o por cuenta propia
03:24o por condiciones de mercado a tener una posición bastante importante en el mismo,
03:29sino lo que sí se castiga es el abuso.
03:31Es decir, al ser dominante, digamos, una empresa puede realizar todas las acciones
03:38o todas las estrategias que pueden realizar las empresas más pequeñas,
03:42porque una acción que pueda realizar realmente puede restringir la competencia
03:46o inclusive la puede eliminar.
03:48Y en este caso son dos artículos de la ley...
03:51O sea, perdón, dos incisos del artículo 9 de la ley que habla de abuso de posición dominante,
03:56el 9.2 y el 9.4.
03:59El primero está indicando la limitación a la producción por el lado de la exclusividad
04:04y por el segundo, el 9.4, ya una cuestión de discriminación por prestaciones equivalentes.
04:11Y bancar ha sido determinada culpable por parte del directorio de la CONACOM
04:16y sancionamos por una parte con una multa, que es la sanción pecuniaria, por así decirlo,
04:23y por otro lado se emitieron medidas correctivas, la cual no es una sanción per se,
04:28sino la idea de una medida correctiva es que pueda reencauzar, digamos...
04:34Equilibrar de nuevo.
04:34Equilibrar o reencauzar las condiciones de mercado.
04:37La sanción pecuniaria, estaba leyendo más de 8 mil millones de guaraníes de multa.
04:42¿Es la multa más alta que aplicó hasta el momento CONACOM?
04:45Sí, es la multa más alta en términos de valores absolutos en guaraníes que ha aplicado hasta...
04:53¿Cómo se calcula eso? ¿Se acuerda la gravedad de la transgresión o cuál es el parámetro?
04:59Bueno, en realidad, acabas de decir uno de los parámetros que es la gravedad.
05:04Otro es el tiempo, digamos, en el cual se ha transgredido, digamos,
05:10los artículos correspondientes a la ley de defensa de la competencia.
05:13Otro es el nivel de mercado que ha sido afectado.
05:18Otro de los puntos también tiene que ver con que si fue específicamente a un grupo,
05:23a un actor del mercado, fueron a todos.
05:26Entonces, son varias cuestiones que se analizan a fin de poder determinar.
05:30Y es bueno indicar que hay también topes.
05:32No se puede multar per se por cualquier monto.
05:36O sea, la ley especifica que es hasta 20% de la facturación de una empresa
05:41o el 150% de los lucros obtenidos por la acción infractora.
05:47Y ninguno de los... O sea, esta multa queda muy por debajo, digamos,
05:51de cualquiera de estos dos números, ¿verdad?
05:53Claro. Bueno, y aquí me gustaría hablar también un poco, Rolando,
05:55acerca de cómo es ese mercado.
05:58Porque decía también el presidente,
05:59muchas veces esa posición dominante se da por las condiciones del mercado.
06:03Y este mercado en particular es bastante particular, valga la redundancia.
06:10Contanos, Rolando, por favor,
06:12¿cómo es que se da esto de que bancar prácticamente no tiene luego competencia?
06:17Bueno, realmente la posición de bancar,
06:20que tiene que ver, por supuesto, con sus propios esfuerzos seguramente,
06:25con todo el trabajo que va a hacer y además con cuestiones históricas.
06:28Bancar está constituida por los bancos de plaza,
06:32incluido el Banco Continental.
06:35Es decir, bancar se constituyó, como ellos mismos afirmaban,
06:39durante este trámite como un vehículo para justamente procesar
06:44las tarjetas de débito y de crédito.
06:45Ese fue el objetivo.
06:48A partir de ahí podemos hablar de que el mercado,
06:51en el mercado efectivamente existen otros actores.
06:53Antes estabas mencionando el caso de Procar, por ejemplo,
06:58que es una otra procesadora,
07:01pero que en realidad es controlada también por bancar.
07:04Y a su vez Procar es accionista, eso sí, minoritaria,
07:08y por tanto no controla a DEPSA, por ejemplo.
07:10Solo por hablar un poco del entorno.
07:11Tenemos tres nombres aquí.
07:13Sí.
07:13Bancar, por un lado, la principal, compuesta por todos los bancos.
07:17DEPSA, que está compuesta en este momento principalmente por Banco Continental.
07:22Sí.
07:22Y en menor medida también por bancar.
07:25Sí.
07:25Y Procar, que también está controlada por bancar.
07:28Así mismo.
07:29Realmente eso, lo penúltimo que decías, es Procar la que es socia o es accionista de DEPSA.
07:36Procar.
07:37Y por tanto, de forma, es bancar, bancos, Procar, más del 90% del control, o sea, tiene control,
07:46y luego está, que además tiene una participación minoritaria, eso sí, en DEPSA.
07:54Bueno, y aquí es la pregunta que es un poco confusa también de la situación.
07:58¿Cómo es que Banco Continental sale a accionar en contra de una organización de la que es parte?
08:05Bueno, una cosa que es importante destacar aquí es que el hecho de que estén constituidos así, de esa forma,
08:12no tiene por qué suponer en esencia algo también reprochable.
08:16La cuestión aquí es cómo se manejan las empresas en términos del control.
08:21Por ejemplo, el hecho de que Procar tenga una participación minoritaria en una empresa que también se dedica a lo mismo,
08:28y que como consecuencia de eso el mismo bancar tenga esa participación como un puente, por decirlo de alguna forma,
08:34tampoco debería ser en principio reprochable.
08:36Son condiciones que eso sí deben ser analizadas y ser tenidas en cuenta.
08:41Deben ser tenidas en cuenta.
08:43Ahora bien, uno puede ser accionista minoritario de cualquier empresa y al no tener el control,
08:49evidentemente no tiene una incidencia efectiva sobre esa empresa.
08:53A lo mejor puede percibir utilidades a final de año, por poner un ejemplo.
08:57O puede tener tal capacidad de control de esa empresa y, por tanto, controlar la empresa y tomar las decisiones estratégicas de la empresa.
09:05Entonces, depende un poco de desde dónde lo miremos.
09:08Lo que sí tenemos que ver es que en el caso de bancar, esa distribución, como son varios los bancos,
09:14o sea, son todos los bancos, evidentemente las cuotas que cada uno tiene en participación en bancar,
09:21considerada individualmente es minoritaria, o sea, por sí mismos no pueden tener el control.
09:28Supongo que por una decisión estratégica de uno de los socios, tomó la decisión de salir y participar en otro emprendimiento
09:38que hiciera la competencia a otra empresa donde también tiene una participación minoritaria.
09:43Bueno, y en este caso entendemos que justamente ese interés comercial o empresarial
09:50no tiene nada que ver con que se le obligue a una empresa a trabajar exclusivamente a través de una misma procesadora.
09:58Es decir, como que son cuestiones distintas, pero cuando se nos presentan también nos dicen,
10:01pero a ver un poco, acá no está siendo medio juez y parte Banco Continental,
10:06nos plantean también desde la defensa...
10:10Claro, pero con ese mismo criterio podríamos plantear si bancar no está siendo juez y parte en Bepsa,
10:17porque también es accionista de Bepsa.
10:19Vamos a revisar...
10:21De hecho, Procar tiene un número mayor de cuota social en Bepsa que Continental en bancar, por ejemplo.
10:31Ok. En esta plaquita que vamos a compartir con la audiencia están resumidos algunos de los puntos
10:37justamente que Conacom impuso como sanción...
10:42¿Cómo es que decía...?
10:43Medidas correctivas.
10:44Medidas correctivas.
10:45Gracias por la expresión.
10:46Medidas correctivas.
10:47Primero, deberá abstenerse de aplicar al Banco Continental y cualquier otro accionista,
10:53emisor de tarjetas de crédito y débito, condiciones discriminatorias por prestaciones equivalentes.
10:58O sea, no le va a poder decir, ¿sabes qué? Si quieres trabajar conmigo, no tienes que trabajar con otra procesadora.
11:04Puedes trabajar con quien vos quieras.
11:06No. Ahí le está diciendo que el bancar deberá abstenerse respecto de Banco Continental
11:15y de cualquier otro accionista, emisor, es decir, cualquier otro banco,
11:19que emiten tarjetas de crédito y débito, de establecerles condiciones diferentes a las que le establece al resto.
11:29Es decir, no puede establecer condiciones que discriminen a uno respecto del resto.
11:34Las condiciones tienen que ser equivalentes cuando las prestaciones son las mismas.
11:40Es decir, si, por tratar de simplificarlo un poquito, aquí tenemos dos copas que son idénticas, ¿no?
11:47Estas dos copas, cuando se le vende al señor González, debería tener el mismo precio que cuando me vende a mí.
11:53Gracias.
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