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  • hace 7 horas
Pedro Ovelar Valenzuela y Juan Verón, abogados, se presentaron en representación del expresidente Horacio Cartes Jara, mediante un documento ante los representantes del Ministerio Público de Paraguay, en el marco de la causa abierta a los efectos de investigar las informaciones recabadas desde la República de Colombia, respecto de las declaraciones de Francisco Luis Correa Galeano, durante el interrogatorio realizado en el marco de las investigaciones del homicidio del fiscal Marcelo Pecci.

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Transcripción
00:00Mi querido Pedro, dos cositas rápido. Primera, ¿por qué decidiste recomendarle a Horacio que se presente y se ponga a disposición ahora?
00:14Si te fijas en el documento, Enrique, fue el 11 de octubre, ya la semana pasada.
00:20Bueno, varios acontecimientos no me permitieron comunicar inmediatamente y bueno, hice público hoy el escrito y nos parece que corresponde que el expresidente esté a disposición de la Fiscalía.
00:39O sea, yo lo que más queremos resaltar en esto es primero que él nombra a abogados defensores en el escrito con una carta a poder y lo segundo es que tiene un ánimo de colaborar y de corroborar todos los hechos definitivamente falsos que manifestó Correa Galeano en su testimonio hace una semana y algo.
01:00La intención es de que rápidamente esto tome el rumbo que tiene que tomar, es decir, de desvincular al expresidente para que vayamos o vaya al Ministerio Público sobre los verdaderos autores o instigadores del crimen de Marcelo.
01:17Ahora, Pedro, dos cositas, porque yo leí, traté de leer con mucha atención el comunicado tuyo y hay la cuestión del famoso artículo 74 del procesal penal, porque después me fui a leer el 74 y el 74 efectivamente habla del imputado.
01:38Y esto supone que lo que ustedes están reclamando como parte es, bueno, que Horacio empiece a adquirir en el proceso los instrumentos que el procesal penal pone en manos de un imputado.
01:58Bueno, instrumentos de defensa, obviamente. ¿Es correcta mi interpretación o no es correcta o no tiene nada que ver?
02:03No, de hecho, el derecho a la defensa, Enrique, nace según el Código Procesal Penal en el artículo 6, a las 6 horas de haberse iniciado el procedimiento.
02:18establece que a los efectos de los derechos procesales se entenderá por primer acto del procedimiento toda actuación del fiscal
02:28o cualquier actuación o diligencia realizada después del vencimiento del plazo establecido de 6 horas.
02:37Porque la forma de iniciarse el proceso son varias.
02:40De oficio, por comunicación policial, intervención policial preliminar, por denuncia, por querer.
02:45Desde el momento mismo que el Ministerio Público está indicando a una persona a quien va a investigar,
02:52y como lo hizo en la resolución, dice Horacio Cártez, Miguel y Fran, a partir del testimonio de Correa Galeano,
02:59digamos, está indicando un camino, vamos a investigarle a estas personas por los dichos de este testigo imputado en Colombia.
03:06Entonces, el derecho procesal y la calidad de sindicado, sospechado,
03:13y en general imputado a quien se le indica o se indica como responsable de un hecho punible,
03:22entonces, entendemos que desde ese momento nace su derecho procesal,
03:28de la legítima defensa, o mejor dicho, de la representación en juicio a través de un abogado.
03:34Esa es la intención, Enrique, más que otra, de que él tenga una representación, una defensa,
03:43y nos permita también hacer actos proactivos, en el sentido de pedir informes a la unidad que manejaba Marcelo Pecci,
03:53preguntándole si algún hermano de Horacio estuvo procesado, si algún pariente estuvo procesado,
04:00incluso si Darío Messer fue procesado por Marcelo Pecci, para encontrar la raíz de la declaración de Correa Galeano,
04:12que sabemos que al final eso no va a ocurrir porque no es cierto.
04:15Ahora, Pedro, ahí pues viene el asunto a mi entender, ¿verdad?
04:19Y es que el señor Correa Galeano hace una declaración que para mí tiene un agujero.
04:26Mucha gente se enoja cuando yo digo, pues yo no voy a dejar de decir lo que yo creo ahora.
04:31Esta declaración tiene un agujero, y el agujero está en que entre el 4 de junio del año 2022
04:37y el viernes en que hizo la declaración, donde le mencionó a Horacio y a Infrán,
04:43bueno, el señor supuestamente no habló con nadie, y mucho menos con los Pérez Hoyos.
04:49Y en ese momento, por tanto, tiene que haber alguien que le dijo,
04:55mira, ese tipo del que vos hablabas y cuyo nombre no sabías se llama Horacio Cartes.
05:01Ese es un agujero.
05:03Ahora, pasa que mañana, 18 de octubre, empieza la declaración de Pérez Hoyos.
05:11Y según Burgos, el fiscal, el que le dijo supuestamente a Correa el nombre de Horacio es Pérez Hoyos.
05:24Entonces, mañana podemos tener, como hipótesis estoy formulando esto, no digo que vaya a ocurrir,
05:30que Pérez Hoyos diga, sí, sí, sí, el que me llamó a mí es Infrán y estaba con Horacio.
05:37Ahora, en ese marco de situación, vos ya con esto estás interviniendo o cómo viene la mano?
05:44No, lo que aquí queda claro es que para que un testimonio, ya sea implicado, directo o no, en el caso,
05:58después podemos analizar lo que un implicado puede tener interés o qué ventajas podría obtener, ¿verdad?
06:05Porque es bastante diabólica la opción que se le da al, generalmente al poner estos criterios de oportunidad o principio de oportunidad o de la acción premiada.
06:15Desde el momento que hay un testimonio que afirma la participación de una persona,
06:25tiene que haber más elementos que se suman a ese testimonio, ¿verdad?
06:30Porque qué pasa si mañana Pérez Hoyos dice que Enrique Vargas Peña y Pedro Velar me llamaron a mí y me contrataron, ¿verdad?
06:37O sea, primero tiene que haber una motivación de Enrique Vargas Peña y Pedro Velar para hacer semejante encargo.
06:45Luego tiene que haber una prueba de que nosotros nos hemos comunicado con ellos de alguna manera,
06:50trajería dinero o darle la logística necesaria para el efecto.
06:58Lo mismo pasa con Horacio Cártez.
07:00Si mañana los peregollos dicen fue Horacio Cártez, también me dijeron que fue Horacio Cártez.
07:04Yo hablé con una persona que se identificó como Horacio Cártez, pero yo nunca lo vi, nunca hablé con él.
07:11Es la primera vez que se comunicó conmigo, se identificó con ese nombre o se identificó con el nombre Miguel Ifrán,
07:18pero yo tampoco lo conozco.
07:20O sea, tiene que haber un sustento en ese testimonio.
07:25Entonces vamos a estar en el mismo punto de partida.
07:27Si mañana ellos declaran eso y no aportan ninguna prueba,
07:31vamos a estar en el mismo punto de partida de Correa Galeano, pero en este caso con los peregollos.
07:39No existe más, por lo menos en nuestro proceso penal, lo que se llaman las pruebas pasadas, Enrique.
07:45Que eran las pruebas que tenía el código de 1890,
07:50que decía que dos testigos con testes y uniformes hacen plena prueba.
07:54Eso decía nuestra antigua legislación, en el año 2000, totalmente inquisitivo, real proceso,
08:05pero hoy día es sobre la base de la sana crítica y de la libertad probatoria,
08:11que sería la forma en acreditar la participación de una persona.
08:15Si no serían dichos de un implicado en un hecho de sicariato,
08:21que se le tendría que dar valor a su testimonio por el solo dicho de él, y eso no es posible.
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