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El juez Gustavo Amarilla dispuso el arresto domiciliario del senador colorado Erico Galeano Segovia, luego de que la propia Fiscalía cambiara de postura y pidiera esa medida para el legislador, siendo que con la imputación el pedido era de prisión preventiva.
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00:00El autor terminó esta audiencia, la Fiscalía ratificó el pedido de prisión preventiva para el señor Lico Galeano.
00:04Bien, en primer lugar lo que hicimos nosotros es corroborar y verificar cada una de las posiciones
00:10que estaban establecidas dentro de la imputación, así como también las posiciones brindadas por,
00:16en este caso por la defensa técnica.
00:18Consideramos que dentro de lo que establece el artículo 242,
00:22si bien estamos ante una cuestión que de por sí podemos considerar como hecho penalmente relevante
00:26y que se califica dentro de tres presupuestos,
00:30lo que no teníamos ya presente en este momento a partir del tiempo que pasó
00:36es el peligro de fuga y de la obstrucción de elementos de investigación,
00:40porque consideramos que hasta el momento, o al menos yo con lo que estaba mirando,
00:45es de que de buenas a primeras no tenía un elemento, una diligencia que pueda obstruir el procedimiento.
00:51Siendo así, consideramos nosotros que la prisión preventiva de buenas a primeras como última ratio
00:56ya no estaba presente por lo que solicitamos el arresto domiciliario,
01:00así como también el embargo preventivo sobre dos bienes y que forma parte de la caución real,
01:06en particular que es lo que de por sí era necesario.
01:12Así también todo lo que tiene que ver con los elementos que puedan condecir con otros hechos relevantes
01:20para la información que pueda sostener el juzgado, nosotros hemos expuesto nuestra fundamentación
01:26y quedó a cargo el juzgado de la resolución que corresponda.
01:28¿La defensa se allanó al planteamiento del Ministerio Público?
01:32En realidad nosotros lo que hicimos fue poner nuestra propia fundamentación,
01:36primero expuso la defensa, su posición, y nosotros posteriormente la nuestra en particular.
01:43¿Qué solicitó la defensa?
01:45La defensa solicitó también el arresto domiciliario, mejor dicho, pidió la ambulatoria en primer lugar,
01:50y como una cuestión accesoria en su caso, pretendía el arresto domiciliario.
01:55¿Y ofreció caución?
01:57Sí, ofreció caución por aproximadamente 10 mil millones de guaraníes.
02:01¿Y ustedes se allanaron a ese pedido del arresto?
02:03Vuelvo a repetir, nosotros no es que nos allanamos, sino que expusimos nuestra propia fundamentación
02:07acerca del por qué consideramos que la prisión preventiva en la actualidad,
02:11en el estado en que se encuentra la investigación y con las diligencias que se hicieron,
02:15a más de que esta persona en realidad ya acudió ante el Ministerio Público,
02:20otorgó su declaración indagatoria, también solicitó pruebas para su descargo.
02:27Consideramos que estos son elementos que de por sí no pueden ser evaluados como peligro de fuga
02:31o de obstrucción a la investigación.
02:33¿No está eso vigente en este caso, el peligro de fuga, ni tampoco la obstrucción a la investigación fiscal?
02:39Tal cual, es nuestra consideración y es lo que nosotros creemos que en este caso está presente.
02:43¿La defensa pidió permiso para que él vaya a la Cámara de Senadores o no?
02:47Sí, pidió, sí, pidió, pidió. Quedaba a cargo del juzgado la verificación de eso, amén,
02:52de decir que también como senador de la República estaba, por supuesto, presente también en esta situación
02:59y de que sabiendo que hay artículos de la Constitución que amparan dicha circunstancia,
03:04entonces de por sí creo que también el juez va a avalar o va a verificar esa circunstancia.
03:09¿Este permiso es solamente para los días de sesiones, doctor?
03:11Sí, la defensa solicitó que sea para los días miércoles, sí, creo que estableció el horario de 5 a 8 de la noche, ¿verdad?
03:21Y eso quedaba ahora la resulta del caso.
03:23¿Y con la postura de la ficha que se olvidó el juez?
03:25Nosotros lo que dijimos fue en ese sentido que queda a cargo del juzgado lo que ellos crean conveniente, ¿verdad?
03:32El juzgado en este caso es el que tiene la potestad, nosotros venimos a decir lo que consideramos de acuerdo a derecho,
03:38que sostenían la posibilidad de la cuestión relativa a las medidas cautelares, expusimos nuestra posición,
03:45creemos que es la correcta porque entendemos que los presupuestos del artículo 242 ya no se encontraron presentes en su totalidad,
03:54que es lo que exige en este caso en particular.
03:56Doctor, ¿cómo un fiscal va a pedir arresto domiciliario y otro va a pedir prisión preventiva?
04:03¿Por qué esa contradicción?
04:04Bien, es muy atinente la pregunta y es importante explicar que los tiempos también tienen que ver con la petición de una medida cautelar.
04:13Estamos ante la cuestión relativa a que la imputación es de hace cuatro meses atrás, en donde el presente era otro,
04:20y que en merced a las investigaciones que se fueron llevando adelante fueron cambiando en cuanto a las circunstancias que rodean al caso en primer lugar,
04:27así como también las diligencias que se llevaron adelante.
04:29Pero es tema de crimen organizado, doctor.
04:32Bueno, eso es una cuestión que...
04:33¿Cuál es la factura de los fiscales que investigaban el caso, doctor?
04:36Y eso es lo que le estoy diciendo justamente.
04:38En ningún momento en este representante público existió una situación que pueda ir en contra o contradiga la posición de los colegas.
04:47Son personas a quienes yo admiro y respeto muchísimo, pero como bien dije,
04:52el tiempo en que ellos pidieron la prisión preventiva era hace aproximadamente cuatro meses y medio atrás,
04:58y hoy día con todas las diligencias que se llevaban adelante y el presente del proceso en particular,
05:05consideramos que en realidad la prisión preventiva ya no resulta indispensable.
05:09Para usted, doctor, pese a todos los recursos planteados por la defensa, no hay una actitud obstruccionista por parte de Ericko Galeano.
05:16Bien.
05:16Teniendo en cuenta los recursos planteados en estos cuatro meses, doctor.
05:19Bueno, los recursos tienen que ver con lo que crea conveniente la defensa a su derecho, ¿verdad?
05:24Entiendo yo que esos están presentes en el Código Procesal Penal.
05:28Ahora bien, considerar como obstruccionista eso, lo que tenemos que analizar acá son si las diligencias que conducen a los hechos
05:36que se están investigando como penalmente relevantes son las que deben ser evaluadas para considerar si esa obstrucción es coherente o no coherente.
05:44Doctor, ¿en la audiencia no resolvió el juez todavía nada? ¿No dijo nada, doctor?
05:48Él dijo que de acuerdo a lo que estaba viendo en este caso, concedería el arresto domiciliario.
05:51De acuerdo a lo que usted pidió y también la defensa, ¿verdad, doctor?
05:55Sí, sí, sí.
05:56No hay más peligro de fuga ni tampoco obstrucción a la investigación. ¿Eso es lo que usted sostiene?
06:01Así mismo, señorita.
06:02No, hay presión política, por eso este cambio repentino, doctor.
06:06Porque le recusaron a los fiscales que pidió un prisión y usted ahora pide arresto domiciliario.
06:11Bien. Con respecto a ese punto en particular, quiero decirles que yo vengo a ofrecer fundamentos que considero son coherentes.
06:19Ahora yo soy el titular de la causa.
06:21Si bien es cierto, se va a eso a decidir si una vez se resuelva la recusación corresponda o no.
06:28Pero en particular, creo que es un poco ofensivo eso de decirle fijar la medida, ¿verdad?
06:34Yo creo que tengo la coherencia y la fundamentación y el sostén legal suficiente para sostener lo que creo yo oportuno y atinente a derecho.
06:42Lo que dice el fiscal Néstor Coronel, inminente arresto domiciliario para Ericko Galeano.
06:51Está uno de los defensores representantes de Ericko.
06:54Su nombre, por favor, doctor.
06:55Buenas, buenas. Mi nombre es Álvaro Cáceres Alcina.
06:59Primeramente voy a hacer unas breves declaraciones explicando lo que acaba de ocurrir y después voy a responder la pregunta que consideren.
07:05Nuestro representado fue beneficiado con la medida alternativa a la prisión preventiva del arresto domiciliario.
07:11No fue lo que requirió primeramente esta defensa.
07:13Nosotros como defensa técnica requerimos la libertad ambulatoria con regla de conducta.
07:18Consideramos que al día de la fecha no existe ninguno de los requisitos establecidos en el 242 para que se dé la prisión preventiva a nuestros representados.
07:25No existe peligro de fuga en razón de que el señor tiene sobrado rayo en el país.
07:30Ofrecimos una caución real por 10 mil millones de guaraníes que fue trabada por el juzgado.
07:35También el nombre de un señor padre de familia, senador electo de la nación.
07:39Y no se da uno de los requisitos, una de las cuestiones que fueron planteadas por los agentes fiscales que lastimosamente no hicieron todas las diligencias al momento de tomar la tan grave decisión de requerir la prisión preventiva a nuestros representados.
07:53Porque al momento de presentar su acta de imputación ellos manifiestan que el señor Erico tenía una avioneta a su nombre y en su realidad no es así.
08:0010 meses antes ya de que se dé el acta de imputación él había transferido la avioneta a una persona jurídica, Grupo Capital, ese así recuerdo bien el nombre.
08:10Tampoco existe un peligro de obstrucción en la investigación en razón de que esta causa lleva ya un año seis meses desde que fue abierta.
08:16Hay más de 85 tomos de la carpeta fiscal en delito económico.
08:20¿No se ha dado el objetivo, doctor?
08:21Bajo ningún concepto.
08:22Bajo ningún concepto.
08:22De hecho, y te comento, Perla, en confianza de que se tomaron varias declaraciones sin conocimiento de esta defensa.
08:29Y de igual manera todas las declaraciones que fueron básicamente de tres pilotos declararon hacia el mismo sentido.
08:35El señor Erico Galeano no tenía conocimiento de quienes volaban su aeronave.
08:38La aeronave se ha utilizado como un taxi interno del país y él nunca había requerido que ninguna persona en particular vuele en su avioneta.
08:47Doctor, ¿va a tener permiso para poder acudir a la Cámara de Cámara de Cámara?
08:49Así mismo. Nosotros requerimos el permiso para que todos los miércoles él pueda salir de su domicilio de las cinco de la mañana hasta las ocho de la noche.
08:56Y el juez consideró que en base a los derechos constitucionales del trabajo, artículo 86, que eso corresponde.
09:01¿En ese horario, doctor?
09:02En ese horario.
09:03¿De cinco a ocho?
09:03De cinco de la mañana a ocho de la noche por una cuestión de la distancia que él tiene viviendo en Capiatá hasta la ciudad de Asunción.
09:09¿Y qué pasó de la presión política que existía para meterla dentro del doctor?
09:13Yo considero que el agente fiscal Néstor Coronel actuó de manera objetiva.
09:18Así también lo hizo el juez Gustavo Amarilla.
09:21Encontramos en el agente fiscal, un fiscal que actúa con criterio de objetividad,
09:24no así con los agentes fiscales anteriores que intervinieron, que no solamente requerían una prisión preventiva.
09:29Imagínense ustedes, ellos afirman, para nosotros es muy grave, afirman en el acta de imputación que él es propietario de una aeronave,
09:35siendo que diez meses antes había sido otra ferida.
09:37No obstante, hay otras pruebas, doctor, no solo en la avioneta.
09:40Se lo relaciona detener el nexo con Sebastián Marcet, el uruguayo.
09:44Sí, en realidad lo que se pudo demostrar en la carpeta fiscal es que en un vuelo de la avioneta,
09:50la propiedad del señor Ericko voló el señor Marcet, y en un vuelo voló el señor Ifran.
09:56Miguel Ángel Ifran.
09:57Hay cientos de vuelos en otras aeronaves, y yo no veo que todos los propietarios de aeronaves estén imputados al día de la fecha,
10:03y para que una persona sea imputada por el delito de asociación criminal,
10:08en realidad el apoyo logístico tiene que ser algo constante, no algo ocasional.
10:12Y como les comenté ahí, la declaración de absolutamente todos los pilotos y varias declaraciones de pilotos
10:17fueron tomadas sin nuestro conocimiento, todos declaran lo mismo.
10:20El señor Ericko no tenía conocimiento de quienes volaban y nunca requirió a una persona en particular que sea llevada.
10:25¿O quién de alguna persecución política?
10:27Y es la única conclusión a la que podemos llegar.
10:29¡Gracias!
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