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  • hace 7 horas
El Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) dispuso esta tarde la apertura de una investigación preliminar a la jueza de Capiatá Norma Salomón. Recientemente, la Corte Suprema de Justicia dispuso una medida similar

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Transcripción
00:00La detención de un abogado que invocó a su esposa para pedir dinero.
00:06¿Y quién es su esposa?
00:07Su esposa es la jueza Norma Salomón, que está a cargo del juzgado de Capiatá.
00:13El abogado fue detenido en un operativo llevado adelante por el departamento antisecuestro precisamente
00:19y el fiscal Joel Casal, un operativo encubierto,
00:23en el cual recibió supuestamente la paga de 13 millones de guaraníes de unos 28 millones
00:30que había solicitado para mediar en una causa que tiene su esposa
00:36y que la pareja de la persona denunciante vuelva a prisión.
00:42Porque ese fue el fondo de la cuestión, una cuestión, en un caso de violencia familiar.
00:48Inclusive en la imputación del fiscal Joel Casal se lee de que el abogado llegó a advertir
00:55a la persona denunciante a la que debía hacer la paga para agravar la situación de su pareja
01:04de que si no ponía el dinero se podía constituir un riesgo de vida para ella
01:09señalando de que se iba a enervar o debilitar la causa para su pareja
01:17y podía acceder seguramente a la libertad, lo cual le iba a poner en riesgo su integridad física
01:22porque estamos hablando de una situación de violencia familiar.
01:27Hoy esta señora, la denunciante, estuvo hablando en Alagran 730 y expuso su denuncia
01:33y se ratificó en que el abogado conocía perfectamente de qué estaba hablando
01:38y apuntó también hacia la jueza Norma Salomón.
01:42Todo esto ya llegó a la Corte Suprema de Justicia
01:45porque el ministro Eugenio Jiménez Rolón pidió que se abra dos investigaciones
01:50una al abogado y otra a la jueza Norma Salomón.
01:55Pero se extendió mucho más el día de hoy con la intervención del abogado Enrique Cronahueter
02:01representante del Consejo de la Magistratura ante el jurado de enjuiciamiento de magistrados
02:05y se dispuso la apertura de una investigación preliminar.
02:11¿Para quién la investigación preliminar?
02:13Y debe ser para la jueza porque es el ámbito de jurisdicción del jurado de enjuiciamiento de magistrados.
02:20Entonces, toda esta historia se va de alguna forma abriendo
02:25de manera a entender las responsabilidades en este caso
02:28más allá de que el abogado finalmente, el abogado denunciado por este hecho
02:33finalmente logró el arresto domiciliario y no quedó preso.
02:36Pero vamos a lo que hoy resolvió el jurado de enjuiciamiento de magistrados.
02:39Saludamos al doctor Enrique Cronahueter, quien ya está en comunicación con nosotros.
02:43¿Qué tal, abogado? ¿Cómo está? Muy buenas noches.
02:48Buenas noches. ¿Qué tal, Osvaldo? ¿Cómo está?
02:50Un placer estar en contacto con ustedes y con toda la audiencia.
02:54Bueno, gracias por permitirnos su atención.
02:56Pidió que se abra una investigación preliminar a la jueza Norma Salomón.
03:01Resolvió la acogida de sus colegas.
03:04¿En qué consiste una investigación preliminar por parte del jurado de enjuiciamiento magistrado?
03:08Bueno, básicamente la ley 6814 lo que establece es que
03:14cuando existan hechos notorios graves y que tienen repercusión social
03:21se puede abrir una investigación preliminar a los efectos de que la dependencia jurídica del jurado
03:29solicite los antecedentes de los funcionarios que podrían estar involucrados,
03:34llámese magistrados en este caso, y sobre esa base luego dictaminar si corresponde o no
03:42el inicio de un enjuiciamiento de oficio.
03:45Eso exige otra vez un plazo de 20 días hábiles, por lo tanto en 20 días tendríamos
03:52el resultado acerca de lo que se recolectó con esos elementos de esta investigación
03:59que hoy se ordenó y sobre eso votaremos en el pleno si corresponde abrir un enjuiciamiento.
04:05¿En base a qué solicitó la apertura de esta investigación preliminar, doctor?
04:09En base a las publicaciones, tanto del medio de ustedes como de otros medios
04:15que se hicieron eco casi de forma unánime sobre lo que implica la actuación del marido de la jueza
04:24y analizar un poco la causa en la que estaba interviniendo la jueza
04:32porque lo que nosotros vamos a evaluar es precisamente si existen elementos
04:37que permitan sostener un mal desempeño de funciones de la misma
04:41en el contexto de este proceso en el cual finalmente se dio el procedimiento
04:45y culminó con el procesamiento del cónyuge de la magistrada.
04:49Ahora, ahí está un punto importante lo que usted manifestó.
04:53Culminó con el procesamiento del cónyuge de la magistrada.
04:56O sea, las responsabilidades penales son individuales, obviamente usted lo sabe,
05:00usted es profesor del derecho penal, del derecho a procesar penal.
05:03Pero entonces, ¿allí dónde entraría la responsabilidad de la magistrada en este caso?
05:08No, si surge de la investigación algún tipo de actuación irregular
05:15y que se pueda conectar no solamente con este procedimiento que realizó la policía
05:22y la fiscalía de manera conjunta, sino existan algunas irregularidades
05:27en el manejo de esa causa penal, obviamente que nuestra ley permite encuadrar esas conductas
05:35y sobre esa base determinar un juicio de responsabilidad por mal desempeño de funciones.
05:40Ahora bien, si surge involucramiento en materia penal, pues eventualmente derivaríamos los antecedentes
05:47a la fiscalía, haciéndose saber de esas circunstancias como producto de nuestra investigación.
05:52Pues nosotros no tenemos competencia para juzgar por comisión de delitos,
05:56porque si se da esa circunstancia, es la fiscalía la que debe llevar adelante la investigación.
06:01Y como ya está abierta una investigación, entiendo que la fiscalía no se va a limitar solamente
06:06a la actuación en sí, sino a evaluar las debidas derivaciones o vinculaciones
06:12que se dan con esta causa.
06:14Hay un antecedente, y hoy lo recordaba en la sesión del ministro Manuel Ramírez Candia
06:18de la apertura en la investigación preliminar por una situación relacionada a la pareja,
06:23también al cónyuge en este caso, y esto se dio en Pedro Juan Caballero
06:27con el caso de la fiscal Acati Aguemura, doctor.
06:29Es similar al caso del hecho, digo.
06:31Así mismo.
06:31Todavía no tenemos, yo creo que en la siguiente sesión esto tendría que ya entrar
06:37para que nosotros evaluemos la pertinencia o no de un enjuiciamiento de oficio,
06:43si es que corresponde, ¿verdad?
06:45Sí, y muy importante me parece también, doctor, lo que ustedes están haciendo
06:49para despejar dudas nada más.
06:50Siempre se respeta la presunción de inocencia de por medio, pero acá hay una víctima
06:55que hoy estuvo pidiendo a través de ABC Cardinal que intervenga el jurado
06:58en enjuiciamiento de magistrados.
06:59¿Y por qué pedía?
07:00Porque decía, en todo momento estuvo interviniendo la jueza detrás de su marido.
07:05Y la cuestión de razonamiento también hace llevar a sospechas, doctor,
07:10porque si el marido, estamos hablando de la abogada Farid Gustavo González,
07:13está pidiendo, supuestamente está pidiendo dinero por una causa,
07:17es porque tiene conocimiento de esa causa.
07:19Es decir, de alguna forma tiene relación o tiene conocimiento del expediente
07:26que se está llevando adelante como para proponer una suerte de negocio,
07:30entre comillas digo esto, para zafar la cuestión procesal o para ayudar en la cuestión procesal.
07:37Entonces, se debe despejar todo tipo de dudas cuando aparece este tipo de situaciones
07:41o de lo contrario también, ¿cómo uno podría ya litigar ante ese juzgado
07:44ante las noticias que vienen apareciendo y que generan sospechas?
07:47Obviamente, obviamente Osvaldo.
07:50Y a eso ahí tenemos que agregar también dos componentes.
07:53Primero, que ayer el Consejo Nacional de Abogados,
07:59que reúne a una cantidad de colegios de abogados,
08:02fundamentalmente tuvo una reunión ayer con el nuevo presidente del jurado
08:06y expresamente solicitaron el análisis de esa situación,
08:10por lo que acabas de señalar.
08:11Y un segundo aspecto que yo les sugeriría es un consejo importante.
08:17Se habrás dado cuenta que nosotros estamos escuchando a víctimas
08:19de distintas circunstancias que atañen a jueces y a fiscales.
08:24De pronto, yo desconozco la situación de la víctima que contactó con ustedes.
08:30De pronto, con una presentación simple, se puede requerir ser oída por el pleno al jurado
08:37y voy a ser el primero que ante esa información, yo mismo solicite que le oigamos a ella
08:43en calidad de víctima en cuanto a lo que ella relata.
08:47Es muy importante conocer la posición de las personas afectadas
08:52cuando existe esa sospecha bastante fuerte de que se está favoreciendo
08:58determinado sector de un litigio, lo cual implica torcer la vara de la Administración de Justicia.
09:03Sí, doctor, y permítame esta reflexión, de alguna forma exagerando el tiempo también en televisión.
09:10Yo creo que se debe transparentar todo.
09:13Respeto muchísimo la presunción de inocencia, reitero, no voy a estar acusando a nadie
09:17y no corresponde en absoluto eso.
09:20Pero si una persona está pidiendo plata a nombre de otra
09:24y resulta que esa persona es muy afín a ella
09:26y resulta que esa persona tiene la decisión de intervenir en casos importantes,
09:33tiene la autoridad para hacerlo, entonces se debe despejar todo tipo de dudas.
09:37Más allá, más aún, porque acá no solamente hubo una denuncia,
09:41hubo una intervención del Departamento Antisecuestro de la Policía,
09:44hubo una intervención del Fiscal Antisecuestro también de por medio
09:49y ahora entran ustedes, entró la Corte Suprema de Justicia,
09:52se debe despejar todo tipo de dudas para que el magistrado pueda obrar
09:56en consecuencia y en todo momento, doctor.
09:59Y además es un mensaje para todos los operadores de justicia.
10:02Nadie está por encima de la ley.
10:04Y los primeros que deben ser auscultados
10:08son los que representan a la Administración de Justicia.
10:11Yo entiendo lo de la presunción de inocencia
10:15y soy un respetuoso a rajatabla al principio,
10:17pero acá tenemos unos elementos de sospecha razonable,
10:20el estándar mínimo de información de vela
10:23que por la proximidad de las dos personas que estamos hablando
10:27difícilmente se puedan separar de entrada,
10:30por lo tanto es importante que en el ámbito de la investigación preliminar
10:34se puedan distinguir claramente las responsabilidades
10:36y reitero, oír también a quien está señalando y denunciando
10:41y sintiéndose como víctima a través del órgano constitucional
10:45y desde esa perspectiva tenemos más información
10:47para poder también tener una decisión que sea debidamente fundada.
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