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  • hace 2 días
Nos acompaña la Dra. Teresita García Pérez, Psiquiatra y criminóloga cubana, para hablarnos acerca de la autopsia psicológica y su utilidad en casos de feminicidio. “Es la caracterización retrospectiva directa de la persona que ya falleció, que se hace entrevistando a personas “, dijo.

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Transcripción
00:00¿Cómo está percibiendo esa ansia de los profesionales que trabajan en estos temas
00:07de acceder a más información, a nuevos conocimientos que tienen que ver con el feminicidio,
00:13con el subsidio y sobre todo cómo tratar los casos, doctora?
00:17Yo pienso que hay mucho interés en la capacitación y pienso que este centro psicojurídico
00:24es un espacio importante para el desarrollo de habilidades y capacitaciones en esta área.
00:32Pienso que le están echando muchas ganas.
00:34Yo en lo personal le agradezco a María Soledad Segovia y a Héctor Alegre
00:38la posibilidad de estar aquí por el centro psicojurídico.
00:41Y en este primer encuentro que tuvimos del seminario-taller en la tarde de hoy
00:47pues ha habido debate, ha habido preguntas muy interesantes e inteligentes
00:55en torno a la aplicación de la autopsia psicológica en la investigación
01:00tanto de los delitos de feminicidio como en la investigación de los suicidios
01:07para lograr programas de intervención de tipo preventivo.
01:12¿Y qué es la autopsia psicológica, doctora?
01:15Bueno, la autopsia psicológica es la caracterización retrospectiva indirecta
01:19de una persona que ya falleció, que se hace entrevistando a personas
01:24que conocieran directamente al fallecido y también pues revisando los expedientes
01:29de la investigación policial, médico legal, expedientes laborales, escolares de la víctima
01:37y toda esa información se compendia junto con lo que obtenemos con las entrevistas MAPI
01:45que es el modelo de autopsia psicológica integrado que validamos ya a inicios de los 90
01:51y que nos da la posibilidad de establecer el perfil de personalidad de la persona fallecida.
01:58¿Es como una técnica, doctora?
02:01Es una técnica. Es una técnica forense, es una pericia forense.
02:09Eso deriva en un informe pericial que se presenta ante los jueces en el tribunal
02:18que puede tener varias aplicaciones entre ellas, la tipificación del delito de homicidio como asesinato
02:25y la tipificación de los presuntos feminicidios, si fue o no fue un feminicidio.
02:32O sea, ¿ayuda para que el Ministerio Público encargada de la investigación
02:38pueda con precisión elevar una acusación eventualmente
02:43y no dejar huecos en una investigación cuando hablamos de feminicidio?
02:50Esa es la idea, sí.
02:50¿Y qué se diferencia? Porque estoy planteando, a medida que la voy escuchando, digo,
02:58bueno, los investigadores de seguro van a hablar con la mamá de la víctima,
03:05con el entorno, las amigas, los amigos, pero ¿qué tiene de diferente esta técnica que usted plantea?
03:11Una pregunta muy interesante.
03:13Cuando hice mi ejercicio de defensa del doctorado con esta investigación,
03:19que fue la validación del MAPI como instrumento para la caracterización de las víctimas de muerte violenta,
03:27una jueza del Tribunal Provincial de La Habana decía que finalmente
03:32los operadores del derecho podían tener una herramienta
03:35que más allá de la llamada investigación complementaria o averiguación previa
03:41que hacían los investigadores policiales, que es eso,
03:45pudiera establecer con un margen de seguridad y seriedad científica
03:50las características de personalidad de la víctima que pudieron haber influido
03:57en las circunstancias en las cuales aconteció su muerte.
04:04Los antecedentes, como por ejemplo, y es muy común en nuestro país,
04:08por ejemplo, doctora Teresita, que las mujeres hacen denuncia ante fiscalía o policía
04:14y en primer término tienen que atravesar una serie de cuestionamientos
04:19para que finalmente las redes de protección, si es que funcionan, se apliquen.
04:24Y hay casos, casos dolorosos de mujeres asesinadas en manos de sus exparejas
04:31en los que sí presentaron denuncia policial, pero no se avanzó en una investigación.
04:39¿Qué se hace en este caso con antecedentes de este tipo?
04:45Aparte de que es una herramienta que puede determinar
04:49de que esa mujer formó parte de un círculo de violencia,
04:54¿qué más se puede hacer con ello?
04:56A ver, en este sentido hay que ser muy cuidadosos, sí,
05:01porque la tipificación del delito de feminicidio
05:05no solamente se fundamenta en que exista un antecedente,
05:12por ejemplo, de solicitud de una orden de alejamiento
05:16en la fiscalía por violencia doméstica.
05:21Tiene que haber elementos médico-legales,
05:24como tortura previa a la muerte, mutilación.
05:30Hay casos muy dolorosos y muy crueles donde incluso
05:37han utilizado fuego para dañar el cuerpo de la víctima
05:47y entonces ahí ya se dice, bueno, eso es un crimen de odio
05:53y el feminicidio es un crimen de odio.
05:55Lo que yo vengo defendiendo y en este auditorio que tuve la suerte
06:02de intercambiar la tarde de hoy, pues coincidíamos
06:04que no toda muerte violenta de una mujer es un feminicidio.
06:09Tiene que cumplir determinados parámetros
06:12que son fundamentalmente médico-legales, criminalísticos
06:16y a eso se suma el MAPI para establecer el perfil de personalidad
06:21si se trataba de, además por tipologías internacionalmente aceptadas
06:26para decir qué tipo de víctima era.
06:31Porque las, sí, claro, claro.
06:33¿Cómo, a ver, un poco más de eso, doctora?
06:35Claro, a ver, por ejemplo, hay una confusión importante
06:41entre el término vulnerabilidad victimal y el término indefensión.
06:47La vulnerabilidad victimal es un término que ha sido muy utilizado
06:52por los sociólogos, también por los criminólogos
06:56y que tiene diferentes condicionantes.
07:01La mayor parte de las condicionantes de vulnerabilidad son sociales,
07:05no son biológicas ni psicológicas, pero también las hay biológicas y psicológicas.
07:09Sin embargo, la indefensión sí tiene condicionantes que son biológicas y psicológicas.
07:15Está en estado de indefensión una víctima que tiene, por ejemplo,
07:21una discapacidad física que le impide defenderse o huir
07:26o tiene una discapacidad mental que le impide percatarse del peligro
07:33que supone la cercanía con el agresor.
07:36La condición económica, por ejemplo, esa dependencia que forma parte de ese círculo de violencia
07:45y que eventualmente un caso vaya a conducir en la muerte de una mujer,
07:51¿dentro de qué categoría?
07:52De la vulnerabilidad, pero no de la indefensión.
07:55La indefensión es biológica, tiene condicionantes biológicas y psicológicas
08:05porque tiene que haber un diagnóstico que suponga indefensión.
08:09La indefensión es un término jurídico, la vulnerabilidad es un término sociológico.
08:13La indefensión es un término jurídico, la vulnerabilidad es un término jurídico,
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