Saltar al reproductorSaltar al contenido principal
  • hace 2 días
Dos jóvenes fueron sobreseídos tras estar tres años privados de su libertad en la Penitenciaría de Misiones. “Al solicitar la intervención veo que hay un error por parte del Juzgado”, expresó Wilma Martínez, defensora pública.

Categoría

🗞
Noticias
Transcripción
00:00En un material que publicó el diario Última Hora, la siguiente información dice
00:07Alejandro Romero y Alexis Benítez fueron sobreseguidos definitivamente tras permanecer privados de su libertad por casi tres años.
00:17La defensa pública, representada por la abogada Vilma Martínez, demostró que ambos ni siquiera fueron notificados de su imputación
00:23y recién en la audiencia indagatoria tomaron conocimiento del hecho por el que estaban siendo procesados.
00:29Etcétera, etcétera. Vilma, ¿qué pasó acá?
00:34Bueno, ya sé que conocés del procedimiento, pero te voy a hablar o les voy a hablar a la audiencia con palabras sencillas.
00:42En este caso, a mí me notificaron y me designaron de oficio como defensa pública, yo estaba de turno en ese entonces,
00:53seis días después de la detención de los mismos.
00:57Cuando a mí me notifican y me decían de oficio como para asumir la defensa de los mismos,
01:05lo hago ese mismo día, solicito intervención al juzgado penal de garantías
01:09y posteriormente, acto seguido, me constituyo hasta la Penitenciaría Regional de Misiones,
01:15que dista unos 125 kilómetros aproximadamente,
01:18para comunicarme con ellos y saber exactamente qué fue lo que sucedió,
01:25porque al solicitar intervención veo que hubo un error de parte del juzgado.
01:33Es decir, a ellos le detuvieron.
01:36Hay un plazo procesal que sabemos, verá, que es de seis horas en caso de flagrancia,
01:41para que la fiscalía, en este caso el fiscal especializado de lucha contra el narcotráfico,
01:50les imputó dentro del plazo establecido.
01:54Eso fue correcto.
01:55Pero ellos fueron llamados a una audiencia de imposición de medidas cautelares
02:01después de dos días.
02:03Es decir, transcurrió 48 horas y solamente tendría que durar ese plazo de 24 horas.
02:11Es decir, el juzgado penal de garantías tiene un plazo de 24 horas
02:16para llamarle a los imputados y notificarles del acta de imputación.
02:22Es decir, ellos tienen en ese momento el derecho de ser oídos,
02:26el derecho de saber cuáles son las circunstancias del hecho
02:30y también de qué hecho punible les están imputando.
02:35Ellos fueron imputados por tenencia de sustancias estupefacientes.
02:42Esa fue la calificación primaria del señor agente fiscal.
02:47Pero no estuvieron acompañados de un abogado defensor,
02:52ni privado ni público.
02:54Entonces, el proceso ya empieza con una irregularidad
02:59al cometerse ese error.
03:03¿Por qué decimos que empieza con una irregularidad?
03:06Porque se violaron los principios constitucionales del derecho a la defensa,
03:12como así también los procesales.
03:14Verás, se violó el artículo 301, 242
03:17y todos los plazos procesales que vienen a posterior de esa acta de imputación.
03:22Porque una vez que empieza, una vez que se le imputa
03:26y ellos son notificados de ese acta, de esa acta y del hecho punible,
03:31¿verdad?, de la investigación,
03:33entonces a partir de ahí empieza a correr los plazos para la prescripción.
03:38Eso fue lo que aconteció con estos dos jóvenes.
03:41Entonces, nosotros llegamos, continuó la investigación.
03:48Se les acusó por tenencia de sustancias estupefacientes.
03:52Luego, en la audiencia preliminar,
03:56interpuse una serie de incidentes.
03:59Solicité la nulidad del acta de procedimiento policial,
04:05el acta de análisis primario,
04:07así también el anticipo jurisdiccional de pruebas
04:10y el juzgado no me concedió las nulidades que solicité en ese momento.
04:17Entonces, alto seguido, se concluye,
04:23termina la audiencia preliminar
04:25y el juzgado abre una etapa de deliberación
04:31y fija un plazo de seis días
04:39para la notificación y lectura de la resolución
04:44de esa audiencia preliminar.
04:47Entonces, en esa audiencia que nos fijan para la lectura,
04:53yo no me presento, obviamente, por estrategia procesal
04:57porque no existe tal etapa
05:00posterior a esa audiencia preliminar.
05:04Todas las cuestiones deben ser dictadas al instante.
05:09Es decir, el juzgado penal de garantías
05:11debe resolver al instante
05:13todas las cuestiones que se presentan,
05:16tanto las incidentales
05:17como el del requerimiento de la fiscalía,
05:21del Ministerio Público,
05:22y resolvió elevar autos a juicio oral y público.
05:26Sabemos que la apertura a juicio oral y público
05:30es inapelable.
05:31Entonces, salvo casos excepcionales
05:34en el cual no se fundamenta
05:37o no estudian los incidentes que se plantean en la audiencia.
05:45Entonces, nuestra última oportunidad
05:49era incidentar.
05:52Es decir, plantear un incidente
05:54de nulidad absoluta del proceso
05:56al inicio de la audiencia
05:58de juicio oral y público.
06:00Como te digo, es la última oportunidad
06:02que la defensa tenía
06:03para objetar
06:06y para hacer verle al tribunal
06:08de sentencia colegiado
06:09de misiones
06:10el error
06:11que se produjo
06:13en el juzgado penal de garantía.
06:16Entonces,
06:17al presentar,
06:18al incidentar,
06:20en realidad fueron siete incidentes,
06:22verá que se presentaron,
06:23pero
06:23al resolver
06:26la nulidad
06:27del acta
06:28de audiencia preliminar
06:31y también
06:32la nulidad
06:33del autoapertura
06:34a juicio oral y público.
06:35Entonces,
06:36ya no se limitaron
06:38a resolver
06:40las otras cuestiones incidentales.
06:43Directamente,
06:44atendiendo al análisis
06:46que hicieron
06:47y lo hicieron bien,
06:48evidentemente,
06:49el tribunal de sentencia
06:50resolvieron
06:51anular el proceso
06:52y sobreseer definitivamente
06:55a mis defendidos.
06:57ellos hoy
06:58se encuentran
06:59en libertad.
07:02La sentencia
07:04se encuentra
07:05firme
07:05y ejecutoriada
07:06en vista
07:07a que el Ministerio Público
07:09ya no interpuso
07:10ninguna apelación.
07:14Hoy están en sus hogares
07:15y están trabajando.
07:17Dos cositas que,
07:18o sea,
07:18dos clarificaciones
07:20sobre el relato
07:20que acabas de hacer.
07:22Ahora,
07:22en el material
07:23que te,
07:24digamos,
07:25que motiva
07:25esta entrevista,
07:27se señala
07:28que el proceso
07:29que vos estás mencionando
07:30duró tres años.
07:32¿Es correcta la información?
07:35Así mismo.
07:36En realidad,
07:37faltaban 12 días
07:39para que se cumplan
07:40tres años.
07:41de la semana
07:53y la próxima
07:53��o
Sé la primera persona en añadir un comentario
Añade tu comentario

Recomendada