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  • hace 2 días
Ante complicaciones para deducir solo el 30% del IVA de compras de supermercados y otros, muchos profesionales independientes alcanzados por el decreto 8175/2022 prefieren seguir con el sistema anterior y no incluir estos rubros en sus declaraciones, admitió el viceministro de Tributación Óscar Orué.

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Transcripción
00:00¿Cómo es que se da esta situación? Bienvenida a Factor Gladio una vez más.
00:04Justísimas gracias Gladio, un gusto poder compartir nuevamente aquí con la teleaudiencia.
00:08Y sí, realmente vienen muchos cambios en la reglamentación 8175
00:13y realmente coincidió con la licenciada Alba Talavera en lo que mencionaba en el reporte
00:17porque no es práctico, no resulta práctico esta medida
00:20porque uno cuando va a hacer sus compras en el supermercado uno va a estar medio apurado ya.
00:25Tener la fila de dos metros, ella quiere salir, imagínate que tengas que hacer ahí una discriminación
00:32de tus protocolos, esto es para mi casa, esto es para la oficina y no es práctico.
00:37Entonces muchos otros profesionales también coinciden en lo mismo, es una reglamentación
00:43que mismo la gente, o sea la autoridad de la subsecretaría de Estado de Tributación
00:47reconocen que no es práctico y que la gente prefiere nomás en el sistema anterior
00:52vamos a hacer como antes, metemos, 100% pagamos y prácticamente no tienen la posibilidad
00:59de acceder a esa ventaja digamos de poder deducir 30%.
01:03No sé si va a leer el ejemplo de uno mismo pero en mi caso yo digo no, esto dejo nomás
01:07en mi IRP y uso nomás el método siempre del IVA, entonces si por ahí me cae una auditoría
01:15de la SED va igual a encontrar todo en regla porque por ahí me equivoco al deducir algo
01:22que no tenía que haber deducido porque estamos hablando de 30% de alimentos, etcétera, que
01:26ahora sí ya se puede.
01:28Pero vemos justamente en pantalla, Alicia dice que el decreto dispone que los prestadores
01:33de servicios personales y profesionales independientes puedan deducir en el mismo sentido el IVA crédito
01:39en los siguientes conceptos, ¿cuáles son?
01:41Este decreto hay que mencionar está direccionado a los contribuyentes que son profesionales
01:46independientes, no es para todos sino es para aquellos que brindan servicios personales
01:51que son para todo tipo de profesionales y dice este decreto que se van a poder deducir
01:57hasta el 30% de aquellas compras que normalmente se hacen por ejemplo en los supermercados como
02:03los alimentos, bebidas no alcohólicas hasta el 30% de las compras que uno realice por cada
02:11vez, por ejemplo si tu compra es de 100 mil, 200 mil guaraníes, vos el 30% del impuesto
02:16de esa compra que realizaste es la que vos vas a poder usar para tu crédito fiscal, es
02:21lo que dice específicamente este punto y ahí está la controversia.
02:27Lo que la CEP dice es el IVA es un impuesto del consumidor, del consumo, entonces el que
02:35paga finalmente es el consumidor final y tiene que estar relacionado con la actividad que
02:40realiza el profesional, o sea si es un oficinista se realiza una prestación de servicio en una
02:47oficina, todos los gastos que esté relacionado a la prestación de ese servicio, ya sean útiles,
02:54de oficina y ahí pues uno dice, y ahí estaba la controversia en el tema de que el profesional
02:58tiene que alimentarse, tiene que comer, tiene que vestir, entonces ahí genera un poco esa
03:04polémica porque uno, de repente hay gente profesional que hace su oficina en su casa,
03:08que realiza en su espacio, tiene un espacio dentro de su casa y ahí tiene su oficina,
03:13entonces ahí como que comparte muchas veces las compras que hace en el supermercado,
03:19entonces ahí es donde él va a tener que discriminar si quiere hacer uso, digamos de este beneficio
03:25que da la CEP, porque anteriormente no se podía, luego no estaba permitido según la ley
03:30de 124-91 la deducción de estos tipos de gastos personales.
03:35Y en el caso por ejemplo de los gastos relacionados a la oficina, pero que la oficina está en tu
03:39casa, por ejemplo energía eléctrica o consumo de celular, como ahí vos separas, no, determinada
03:46cantidad de kilovatios mes es lo que yo utilizo en mi negocio y determinada cantidad es en
03:51realidad consumo de mi familia.
03:53Y lo que dice esta normativa es que el 50% se va a poder deducir, justamente en la placa
03:57que estábamos mirando decía eso, 50% de los servicios básicos, ya sea de agua, energía,
04:02se va a poder deducir, ahí tenemos ahí en el puntito, en uno de los puntos justamente,
04:07menciona servicios públicos.
04:08Servicios públicos.
04:09Agua, luz, teléfono destinados a la prestación de servicio grabado, cuando estos sean destinados
04:13igualmente al uso particular del contribuyente, podrá deducirlos hasta el 50% del IVA crédito.
04:22Pero acá no hace la cotación, no sé si es por este cuadro en particular, de que es
04:26para los que tienen sus negocios en sus casas, no necesariamente, puede ser un prestador de
04:31servicio.
04:32Puede ser un prestador de servicio, no precisamente es un local comercial, en este caso específicamente
04:37estamos hablando de los profesionales que brindan cualquier tipo de servicio y que de repente
04:42tiene su oficina o que está realizando su servicio en su domicilio, entonces va a poder
04:49reducir ese servicio pero en un 50% porque también lo está destinando para vivienda.
04:55Lo mismo en el caso de alquileres, se está alquilando la vivienda para su oficina pero
05:02a la vez está viviendo dentro del mismo predio, entonces 50% es lo que dice, esta normativa
05:08se va a poder utilizar.
05:09Y en el caso de las vestimentas que también hubo una polémica porque también la normativa
05:14mencionaba que por ejemplo los uniformes, los guardapolvos y algunas indumentarias que
05:20utilizan cierto tipo de profesionales, sí, pero ¿qué pasa con las personas que no precisamente
05:28tienen un uniforme como un guardapolvo pero sí una ropa más informal?
05:30Claro, por ejemplo, nosotros los periodistas, los periodistas de Lear Impresa en particular,
05:36¿qué?
05:36Nos vamos con jean a veces a la cobertura y una camisa o una blusa.
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