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  • hace 2 días
El Instituto de Previsión Social adeuda más de 200 millones de dólares a las empresas proveedoras de medicamentos, insumos y reactivos. Esta situación podría acarrear la suspensión de la provisión de estos elementos al IPS.

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Transcripción
00:00240 millones de dólares es la deuda que tiene el IPS con las empresas proveedoras
00:07y esto podría peligrar la provisión de medicamentos, insumos y también reactivos a la previsional.
00:13Hablamos con uno de los representantes, en este caso las farmacéuticas,
00:17y señalaba justamente esta deuda que ya viene de hace meses,
00:20incluso desde el mes de agosto prácticamente, que la previsional ya no está abonando un solo guaraní a los proveedores,
00:25por lo que varias empresas ya están tratando de iniciar un proceso de avenimiento con la Dirección de Contrataciones Públicas
00:31para poder suspender los contratos temporalmente y dejar de proveer estos medicamentos,
00:36estos insumos o estos reactivos al IPS hasta que la previsional se ponga al día con las deudas que tienen.
00:42Así que escuchemos en esta primera parte lo mencionado por este representante de las empresas farmacéuticas
00:47respecto a la deuda que tiene el IPS con las proveedoras y qué es lo que piensan hacer ante esta situación.
00:52Los proveedores del sistema de salud que estamos aglomerados realmente en todas las cámaras
01:00que nuclean a los diferentes proveedores, acá tenemos medicamentos, tenemos insumos, reactivos, equipos biomédicos,
01:09todas las cámaras estamos trabajando en conjunto preocupados por la situación del IPS.
01:13El cierre del mes de agosto la deuda llegaba a 242 millones de dólares,
01:21entre los cuales 170 millones de dólares corresponde a medicamentos
01:25y 72 millones a reactivos, insumos, equipos biomédicos, etc.
01:30El problema principal es que desde agosto el IPS no paga a ningún proveedor,
01:37no tiene fondos para pagar, ya llevamos tres meses sin cobrar.
01:41El proceso para dejar de proveer al IPS en los contratos que tenemos de provisión
01:47requiere obligatoriamente la participación de contrataciones públicas en un proceso que se llama avenimiento.
01:54De lo contrario, el proveedor puede ser sumariado y suspendido por incumplimiento de contrato.
02:00O sea, la mera deuda, podemos decirlo de alguna manera, no es un condicionamiento para suspender los contratos.
02:10Debe ser a través de contrataciones públicas y eso es un tratamiento administrativo
02:14que ya se está iniciando ante esta imposibilidad de seguir sosteniendo el no pago por parte del IPS.
02:22Todo lo que tenemos el seguro de IPS y que habitualmente lo utilizamos,
02:28vamos a hacerlo más afectados.
02:29Y no es posible nuevamente el asegurado tenga que sufrir los embates por un problema de liquidez del IPS
02:38o de financiamiento.
02:41Y para entender mejor cómo es este proceso de avenimiento, en qué consiste,
02:50conversamos con Pablo Seitz, el director de contrataciones públicas,
02:53para que nos explique un poco más acerca de cómo se da este proceso que normalmente dura hasta 60 días.
02:58En este caso, la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas hace como una intercesión
03:04entre la empresa privada en este caso y también el ente público que es IPS
03:07para intentar lograr una solución sin llegar a un proceso judicial.
03:12Así que escuchemos lo que expresaba Pablo Seitz respecto a cómo se da este proceso,
03:17cuánto tiempo tarda y en qué podría desembocar.
03:19Si podría terminar esto con la falta de cumplimiento de la entrega de los medicamentos
03:25desde las empresas privadas del IPS o cómo podría concluir toda esta situación.
03:28El avenimiento es una alternativa para la solución de controversias que da la ley 2051
03:35y para explicar más fácilmente podemos compararlo con la mediación del sector privado.
03:41En el avenimiento tenemos la misma situación.
03:44La Dirección de Contrataciones Públicas, a pedido de cualquiera de las partes del contrato,
03:50abre un proceso de avenimiento para que las partes encuentren una solución
03:55a los posibles casos de incumplimiento contractual que se da en la ejecución del acuerdo.
04:03Es muy usual desde siempre que la parte privada, el contratista o proveedor,
04:10inicie, pida el proceso de avenimiento a la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas
04:15ante la falta de pago de la institución pública.
04:18De hecho, por mandato expreso de la norma, no puede durar más de 60 días hábiles.
04:23Entonces, exista o no acuerdo, a los 60 días hábiles se emite una resolución
04:29desde la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas diciendo
04:31este proceso de avenimiento está cerrado.
04:34El avenimiento no implica automáticamente la suspensión del contrato.
04:38Puede ser uno de los puntos acordados en la primera reunión,
04:42eventualmente en la primera sesión del avenimiento.
04:44Y también vale la pena mencionar que por cuerdas separadas,
04:48sin tener nada que ver con el avenimiento,
04:51el contratista que tenga registrada una mora de parte del Estado
04:56de más de 60 días, tiene el derecho o a solicitar la suspensión del contrato,
05:03pero esa solicitud de suspensión tiene que ser aceptada por la institución pública.
05:07¡Gracias!
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