Saltar al reproductorSaltar al contenido principal
  • hace 12 horas
El abogado José Casañas Levi explicó que la implementación de medios tecnológicos está autorizada pero solo para la Agencia Nacional de Tránsito y no la Policía Municipal de Tránsito de Asunción.
Según indicó, el municipio debe generar ordenanzas para reglamentar el mecanismo de las fotomultas, pero actualmente es la ANTSV la que puede hacer las licitaciones y autorizar las concesiones, luego de verificar que el proyecto de normativa cumpla con los procedimientos establecidos en la Ley Nacional de Tránsito.

Categoría

🗞
Noticias
Transcripción
00:00Luego de que la Municipalidad de Asunción haya dado a conocer a través del director de la Policía Municipal de Tránsito, Luis Cris Jacobs,
00:07que tiene la intención de reimplementar las fotomultas en la capital de nuestro país,
00:11el abogado José Cazañas Levy indicó que según lo que establece la Ley 5016 de Tránsito y Seguridad Vial,
00:18solo la Agencia Nacional de Tránsito y Seguridad Vial tiene la potestad de utilizar estos medios tecnológicos.
00:24La utilización de medios tecnológicos es la Agencia Nacional de Tránsito.
00:30No puede la Municipalidad disponer algo como eso porque hay una ley, primero que es posterior a la Ley Organista Municipal,
00:38y segundo que es una ley nacional, por lo tanto no puede una disposición de ordenanza para agredir eso.
00:47Desde la Agencia Nacional de Tránsito y Seguridad Vial explicaron sin embargo que la Municipalidad
00:52sí puede reimplementar estos medios tecnológicos, solo que primeramente este proyecto de ordenanza municipal
00:58debe tener el visto bueno de la Agencia Nacional para verificar que se cumplan todos los procedimientos
01:04que establece la ley y así aprobar su concesión.
01:07Nuestra ley contempla la aplicación de medios tecnológicos, ¿verdad?
01:11Ahora, lo que sí estamos abordando es realmente que la MUNI remita a la Agencia, ¿verdad?
01:18El proyecto de ordenanza municipal que estaría aprobando la aplicación de la fotomulta
01:25y más que nada nos gustaría a nosotros conocer cómo se va a estar aplicando esto, ¿verdad?
01:30Para ver si esto va a dar cumplimiento a los procedimientos sumariales que habla la ley,
01:35si se va a cumplir el procedimiento de defensa, por sobre todo de los ciudadanos, ¿verdad?
01:41Hay que recordar que la ley 5016 es bastante clara al respecto con relación a la aplicación de las multas, ¿verdad?
01:51Existe un procedimiento sumarial breve de 20 días en donde el juez de falta debe notificarle a los ciudadanos
02:01y ellos tienen la posibilidad de defenderse de estas multas, ¿verdad?
02:06Y te digo, la agencia no ha recibido proyecto normativo, no ha recibido el proyecto de ordenanza,
02:12no ha recibido tampoco el pliego de buenas y condiciones para la concesión.
02:16También nuestra ley es bastante clara al respecto y es la agencia la que tiene la potestad de realizar estas concesiones por ley
02:25a través de la patrulla caminera y de la municipalidad, pero con el control respectivo de la agencia.
02:31¡Gracias!
Sé la primera persona en añadir un comentario
Añade tu comentario

Recomendada