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  • hace 5 horas
El retorno de los deportes amateur hasta 7 personas y la habilitación de los balnearios y playas, según la situación epidemiológica del departamento, son las medidas más resaltantes que entrarán en vigencia en el nuevo decreto. Además, se mantiene la restricción horaria de la circulación y la venta de bebidas alcohólicas.

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Transcripción
00:00¿Cuáles son las recomendaciones entonces que proponemos para el nuevo decreto?
00:05Mayormente mantener el nivel de restricción horaria, creemos que esto genera un ordenamiento
00:11y un marco en el cual, más allá de que lamentablemente hemos recibido varias denuncias,
00:17ayuda a contener y ordenar todo lo que tiene que ver con las actividades
00:22y a disminuir también la posibilidad de aglomeración, de conductas temerarias,
00:28que son típicas y que son exacerbadas por el tema de alcohol, fiestas clandestinas, etc.,
00:35o aglomeración alrededor de locales.
00:39Entonces también sigue el tema de la prohibición de bailes en eventos.
00:43Retomamos lo que tiene que ver con los deportes amateur, hasta de siete personas.
00:47Aquí habíamos pedido una colaboración a este grupo, esa colaboración la agradecemos profundamente.
00:55Esto está ordenado para aquellos grupos que tienen agendamiento, que tienen los protocolos establecidos,
01:03y con los núcleos familiares o laborales o núcleos fijos para el efecto, como lo hemos señalado antes,
01:11y no está destinado a otras prácticas donde no se puede hacer eso.
01:16La venta de bebidas alcohólicas permanece en las mismas condiciones en las que estamos actualmente.
01:26Hemos señalado varias veces que lamentablemente este es un catalizador para conductas temerarias.
01:32Entonces creemos que aunque su aporte pudiera ser modesto, definitivamente tiene un impacto que es razonable.
01:40Finalmente, lo que tiene que ver con playas y balnearios, nosotros estaremos examinando la situación epidemiológica de ellos
01:50y también el hecho de que cuenten con la habilitación basada en todas las normativas y protocolos vigentes.
01:57Esto lo vamos a hacer en estrecha colaboración con las municipalidades respectivas.
02:03Entonces, entrarían en vigencia a partir del 16 de enero en aquellas regiones donde los indicadores epidemiológicos así lo permitan
02:13y que cumplan con todos los requisitos establecidos en la ley.
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