00:00¿Cree que es conveniente promover un recurso de apelación ya cuando le faltan 143 días para cumplir su sentencia?
00:05Está en nuestras manos presentarlo y lo vamos a agotar, porque es lo que corresponde,
00:11es lo que procede en caso de no estar de acuerdo con una determinación, como es el caso,
00:16y ya veremos si se resuelve antes el recurso de apelación, esperemos favorablemente,
00:21o de lo contrario esperar a que compurgue la pena.
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