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  • hace 4 minutos
Los abogados Patricia M. Santana Nina y Anderson Javiel Dirocie de León, quienes interpusieron la acción directa de inconstitucionalidad que llevó al Tribunal Constitucional (TC) a anular las disposiciones que penalizaban las relaciones sexuales entre personas del mismo sexo en la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas, afirmaron que la sentencia ya es definitiva y que lo que procede ahora es su implementación inmediata.

Los letrados se refirieron a las declaraciones del presidente del Colegio de Abogados de la República Dominicana (CARD), Trajano Potentini, quien, tras darse a conocer el fallo, propuso la apertura de un debate nacional sobre los límites constitucionales, los valores sociales y el impacto institucional de decisiones de este tipo.

Sin embargo, la abogada Santana Nina consideró que la etapa de discusión ya pasó, indicando que es tiempo de implementar la medida.

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Transcripción
00:00Nosotros somos personas dedicadas a la defensa de los derechos humanos.
00:04Entonces, evidentemente, no solo esa norma, sino cualquier norma que vulnera derechos,
00:09en este caso el derecho a la igualdad, la no discriminación,
00:13y consecuentemente otros derechos como el acceso, el ejercicio del trabajo,
00:18el acceso a la función pública, es una cuestión que para nosotros es muy importante.
00:23Patricia, por ejemplo, tiene una larga data trabajando en la defensa de los derechos de las mujeres
00:28y de muchos otros grupos vulnerables, y en mi caso en particular también de las personas LGBTI.
00:40¿Saben qué? Hace años se ha estado discutiendo la aprobación del Código Penal.
00:47Una colega y yo, Ivana Molina Peña,
00:52estuvimos estudiando lo relativo a la jurisdicción militar que quería implementarse o reinstaurarse
01:03a través del Código Penal, y ahí nos percatamos de que en el Código de Justicia de la Policía Nacional
01:10existía esta norma que prohíbe, que crea una infracción penal llamada sodomía,
01:19y la define como el concúbito de personas del mismo sexo,
01:24y establece penas privativas de libertad, algo que nos parecía muy grave,
01:28y entonces nos pusimos a investigar sobre la vigencia de esa norma.
01:32Y en efecto encontramos que todavía la norma estaba vigente,
01:35pero adicional a eso, y casi al mismo tiempo,
01:40tuvimos conocimiento, acceso a información de personas que estaban siendo objeto de sanciones
01:46por esa norma, y sanciones que les privaban de su libertad dentro de los propios recintos castrenses,
01:56de eso que llaman encuartelamiento.
01:58Y que muchas de estas personas deciden asumir su sanción
02:08y no exponerse a un proceso que pudiera costarle su trabajo
02:14o que pudiera costarle la exposición de su orientación sexual.
02:19Preferían asumir la sanción.
02:21La sentencia del tribunal, la verdad es que la valoramos como una de las sentencias más importantes
02:34para la defensa de los derechos y la garantía de los derechos de las personas
02:40que pertenecen a grupos tradicionalmente discriminados, como son las personas LGBT.
02:48Es un hito histórico porque es la primera sentencia que dicta el Tribunal Constitucional
02:55donde protege derechos de las personas en razón de su orientación sexual.
03:00Es decir, nunca el tribunal se había referido a este tema.
03:04Y lo hace de una manera en la que con bastante firmeza y con argumentos muy importantes
03:13concluye que ninguna autoridad estatal ni ningún particular puede dictar normas
03:20que disminuyan o restrinjan los derechos de las personas en razón de su orientación sexual.
03:27Y creo que eso marca una pauta respecto de cómo debe comportarse el Estado
03:37y de cómo la actividad estatal debe estar orientada a entender que todos y todas
03:44somos personas con derechos que deben ser garantizados y respetados.
03:50Yo le agregaría ahí que también fuera del tema particular de la orientación sexual.
03:57Es una decisión bien valiente por el Tribunal Constitucional que afirma o reafirma su mandato.
04:03Al final, un Tribunal Constitucional, además de aplicar la Constitución a nivel doctrinal,
04:09se entiende de que su rol en el Estado, su rol democrático, es precisamente defender los derechos
04:14incluso en contextos donde la opinión quizás no sea mayoritaria.
04:19Y aquí lo que vemos es que todavía hay mucha resistencia a entender a las personas LGBTI
04:25en igualdad de condiciones e igualdad de derechos.
04:27Y también estamos en un contexto bastante religioso donde ciertas instituciones religiosas
04:32juegan mucha influencia en lo político.
04:36Y aún así el Tribunal Constitucional dice esto es lo que dice la Constitución.
04:44En el Tribunal Constitucional no hay una ley que diga que los empleados del Tribunal Constitucional
04:49si tienen relaciones sexuales dentro de la institución van a ser llevados a prisión.
05:00Sin embargo, eso no significa que ni en esa institución ni en ninguna otra
05:05las personas anden teniendo relaciones sexuales porque eso no es moralmente correcto
05:14ni éticamente correcto.
05:16Tampoco es preciso el argumento porque el argumento de la magistrada Ferreira es que
05:23al declarar inconstitucional estas disposiciones que reconocen la infracción de sodomía
05:31entonces ya se está permitiendo no solo el sexo homosexual sino también el sexo heterosexual
05:37en las instituciones, la policía y los cuerpos castrense.
05:44Pero eso no es correcto porque para comenzar esas disposiciones no incluían las relaciones heterosexuales.
05:51Entonces, si nunca incluyeron las relaciones heterosexuales,
05:55¿qué ha estado impidiendo hasta ahora que las personas heterosexuales tengan esas relaciones
06:00en las instituciones?
06:01No es esta norma.
06:03Lo que lo ha impedido, evidentemente, hay unos códigos de comportamiento.
06:06Si usted tiene una responsabilidad asignada, hay unos códigos que dicen
06:09usted no puede abandonar su responsabilidad.
06:12Si usted está atendiendo una puerta aquí como militar y usted se va a tener relaciones o lo que sea,
06:18usted está faltando a esos códigos.
06:20No necesita haber una prohibición expresa.
06:24Ahora, la prohibición a la que estamos hablando, que es expresa,
06:27es específicamente a las relaciones de personas LGBTI y un problema ahí de la dimensión
06:33es que este código en ningún momento dice en sus funciones.
06:38En ningún momento dice aquí no estamos refiriendo exclusivamente a eso.
06:41De hecho, ese es un argumento que escribimos al tribunal y que el tribunal acoge y dice
06:45esto se desborda de la competencia disciplinaria porque cuando se analizan los demás tipos penales,
06:51las demás infracciones, esas infracciones siempre se refieren a situaciones que pueden pasar
06:57y es explícito durante las funciones.
07:01Sin embargo, esta es abierta.
07:02Esta dice no pueden tener sexo.
07:05Y independientemente de cómo esté redactada, no solo del argumento de la redacción,
07:11sino de la aplicación.
07:12La aplicación en el sentido de que hubo personas que fueron sancionadas
07:15ni siquiera porque la encontraron teniendo sexo, porque se supo que eran LGBTI.
07:26Ya la sentencia existe.
07:30Es una sentencia que lo único que corresponde ahora es cumplirla.
07:36Entonces, el tiempo del debate ya pasó.
07:40Ya estamos en un momento de implementación de la misma.
07:43Y en efecto, es una sentencia que va a ser trascendente a nivel regional
07:50y que se une a una serie de decisiones en toda la región
07:59que están encaminadas a la protección de derechos de todas las personas.
08:05Creo que es importante la aproximación que se le da a esa decisión
08:09porque es sobre ese tema.
08:13Porque si estuviéramos hablando quizá de cualquier otro tema,
08:16de los tantos que el Tribunal Constitucional ha fallado
08:19y que quizás lo ha fallado de forma que es popular para ciertos sectores,
08:25te hubiesen dicho, este es el cierre del debate.
08:27Habló quien dice lo que dice la Constitución.
08:33Y esto fue un proceso público, es un proceso abierto donde se puede participar.
08:36Y creo que instituciones como esas, que tienen no solo opiniones y relevancia,
08:41sino también la capacidad técnica, en vez de esperar este momento
08:45para emitir un comunicado y vamos a hablar,
08:47pudieron perfectamente participar de este proceso que fue público
08:51y exponer sus posiciones.
08:53Pero aún así, el Tribunal Constitucional deliberó,
08:56tuvo jueces que en minoría no estuvieron de acuerdo.
09:00Y aún así, la mayoría del tribunal sopesó que esto es lo que dice la Constitución.
09:05Constitución
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