00:00Ya esta señora lleva 12 meses guardando prisión, que no debió tener ni siquiera un día guardando prisión.
00:07Y ya lleva 12 meses. En el día de hoy nosotros nos sentimos que hemos visualizado una irresponsabilidad
00:14del departamento de prisiones que no la trajo a ella aquí.
00:19¿Por qué no la trajo?
00:20Había razones. Se le notificó. ¿Tienen ustedes aquí? ¿Presentaron audiencia a prueba o se le informó al tribunal?
00:26Claro, el tribunal, la juez, que es una mujer responsable, siempre ha ordenado que debe estar aquí la imputada,
00:34pero sin embargo se hace caso omiso, sin ninguna justificación.
00:37¿Y los peritajes a su salud mental? Porque ella dice que no tiene esos documentos,
00:40de los cuales se valdría para hacer el procedimiento de imputabilidad.
00:46Ella no mencionó que no tiene los documentos de estudio.
00:49Ella no ha dicho eso.
00:51Nosotros contamos con las evaluaciones de dos informes hechos por un médico psiquiatra referenciando al Inacid.
01:04Lo que pasa es que si ella no viene, prácticamente la juez contiene condición de continuar con el procedimiento
01:10toda vez a que no sabe quién va a juzgar, como ella viene en el principio.
01:13¿Pero es la audiencia preliminar por el proceso de inimputabilidad?
01:17Usted dice que no necesariamente tiene cita de ella, ¿sí?
01:20No necesita de que ella esté, porque así lo prevé el artículo 375.
01:26Sin embargo, la juez es la que ella atiende, que debe estar presente ella para ver las condiciones que presenta.
01:33¿Cuál es el derecho contra usted?
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