00:00Esta persona ha tomado el canto nacional, un canto que lo tenemos desde el año 1883,
00:07que el propio José Reyes, cuando en 1899 José Jesús Ravero le puso unas notas marciales para darle fuerza
00:16y se le preguntó a Reyes de qué le parecía, él dijo, el canto patria ni él podía hacerle cambio
00:22porque eso pertenece al pueblo dominicano.
00:24El propio autor, el de la idea del himno que le puso la música, el que sugirió las letras a Proudhon,
00:30lo que significa que se trata de un hecho gravísimo que el país no puede pasar por alto.
00:41La ley 5307 sobre el CID y el delito de alta tecnología prevé la situación en su artículo 12
00:48y dice que si la persona comete el delito en el extranjero,
00:54y ese delito repercute en el territorio nacional,
00:57entonces es posible ser judicial en el territorio dominicano.
01:02Y aclaro lo siguiente, el artículo 22 de la ley de crímenes y delitos,
01:07se establece claramente que la sanción es grave,
01:12de uno a tres años y hasta 500 años mínimos.
01:16Yo aclaro porque la nota de prensa tiene un error donde consignan otra pregunta.
01:23¿Y cómo se da?
01:24Reitero, de uno a tres años y hasta 500 años mínimo.
01:29¿Cómo sería el proceso para que ella venda aquí en el territorio y pueda responder a esas?
01:35Bueno, hay los procedimientos establecidos,
01:38hay la posibilidad de ser estaditada inclusive.
01:44¿Por ese hecho se pudiera apelar a ese mecanismo de hacer que ella venda de manera abrida para el país?
01:52Bueno, pues ese es que es un asunto grave,
01:56este es un delito que tiene la característica propia de desapatria.
02:01Es que esta persona ha tomado el canto nacional,
02:07un canto que lo tenemos desde el año 1883,
02:11que el propio José Reyes cuando en 1899 José de Jesús Ravero le puso unas notas marciales para darle fuerza
02:30y se le preguntó a Reyes de qué le parecía,
02:35él dijo que el canto patria ni él podía hacerle cambio porque eso pertenece al pueblo dominicano.
02:40El propio doctor, el de la idea del himno,
02:45que le puso la música, el que sugirió las letras a Prudón,
02:48lo que significa que se trata de un hecho gravísimo que el país no puede pasar por algo.
02:55Doctor José, en ahí había más pensado un proceso legal,
02:59¿la han perdonado a partir de esas excusas?
03:01He dicho que nosotros depositamos hoy mismo lo que la ley 210 establece que pueda ser el Instituto Duarteano.
03:13Apoderar a la Procuraduría General de la República,
03:18vía la Fiscalía del Distrito Nacional,
03:21como las cabezas importantes del Ministerio Público.
03:25Pero el Instituto Duarteano no quedará satisfecho por eso.
03:32Le dará seguimiento al caso y procurará que las autoridades,
03:38tanto del Ministerio Público como del Poder Judicial,
03:42den ejemplo a respecto.
03:44¿Solamente el doctor contra esa sola persona?
03:46Hemos dicho que con esa persona ya,
03:50que la tenemos identificada con cédula y todo,
03:54y cualquier otra persona que como consecuencia de la investigación puesta en práctica,
04:00resulta con su responsabilidad penal comprometida.
04:04La disculpa, doctor, no vale nada,
04:06eso es un impulso,
04:07ya ese delito se cometió,
04:09no solo que se cometió por un hecho instantáneo,
04:13sino que es un delito que te enrede
04:15y eso está caminando el mundo por siempre.
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