00:00Un saludo para ustedes y para toda la teleaudiencia que nos ve a través de las pantallas y nos
00:03sigue a través de nuestra multiplataforma informativa pues una maniobra más que se
00:07suma a las que ya ha hecho la defensa del expresidente Álvaro Uribe Vélez en esta
00:13audiencia que lo que pretende pues es llegar a la preclusión, a la prescripción de la
00:19misma.
00:20Recordemos que los tiempos para que se tome una determinación en este caso se cumplen
00:25en octubre de este año y falta mucho por recorrer, hacen falta más testigos, hacen
00:31falta el desarrollo del juicio y lo que se prevé es que pues se van a correr los tiempos
00:38para que precluya la acción penal y eso es lo que pretende la defensa.
00:42Al día de hoy pues digamos que esa juzgada, esa maniobra por parte de la defensa del expresidente
00:49Álvaro Uribe pues le dio resultado esta vez con la Corte Suprema de Justicia que de
00:56alguna manera falló en relación a una impugnación que hace la defensa del expresidente por una
01:03tutela que ya había presentado ante el Tribunal Superior de Bogotá donde presentó una tutela
01:14asegurando que se le estaba violando el debido proceso.
01:17Esto fue una resolución que se dio a conocer el pasado 21 de febrero donde se le negaba
01:25esta tutela y el juicio siguió.
01:28Se impugnó ante la Corte Suprema y la Corte Suprema es la que en este momento pues determina
01:34que se debe suspender por 48 horas hasta tanto no se resuelva esta determinación que ha
01:42tomado la Corte Suprema de Justicia, 48 horas que se aplace al juicio que puede irse un
01:49tiempo más de aplazamiento y pues se espera pues que esto sea resuelto lo más pronto
01:55posible, lo que sí se evidencia es que la defensa está recurriendo a toda clase de
02:02maniobras dilatorias jurídicas a su mano para que el juicio se demore y no se cumpla
02:10con esos tiempos para que se resuelva la situación jurídica del expresidente o más
02:16bien se resuelva a favor del expresidente con la prescripción de la acción penal.
02:22Vamos a ver cómo se van resolviendo esos tiempos, por el momento son 48 horas que queda
02:27suspendida pero según los analistas este tiempo podría ampliarse hasta que no se resuelva
02:34esa recusación que ahora tiene que ser tomada por la juez 45 del circuito de Bogotá, una
02:43impugnación que tiene que ver con que la juez que lleva el juicio pues no está dando
02:49las garantías procesales, según las víctimas aseguran que todas las garantías están dadas
02:57para que la defensa pueda participar, para que puedan participar los testigos, no así
03:03lo considera pues la defensa que como les reitero pues ha recurrido a toda la clase
03:09de maniobras jurídicas a su mano para extender en el tiempo este juicio que se inició en
03:16el año 2018.
03:19En otras informaciones les comento pues que se comienzan a acelerar las actividades para
03:24la consulta popular, una consulta popular promovida por el presidente Gustavo Petro
03:31ante la parálisis parlamentaria que se ha venido desarrollando en el Congreso de la
03:38República, parálisis que no posibilita que se discutan reformas claves como la reforma
03:44laboral o la reforma a la salud, la reforma laboral fue hundida a inicios de esta semana
03:52en la comisión séptima del Senado y por eso el presidente ha propuesto y ha venido
03:58impulsando una consulta popular para que sea el pueblo quien decida sobre la pertenencia
04:05de las mismas, pero esa consulta popular tiene que pasar por el Senado de la República y
04:12allí los partidos aliados al gobierno pues no tienen las bancadas y los integrantes de
04:18las bancadas necesarias para obtener una votación masiva y que pues pueda ser aprobada en el
04:25Senado de la República esa consulta popular, pero para entender un poco más este tema de qué
04:33significa, qué representa la consulta popular, por qué es importante y qué está en juego,
04:39cuáles son esos elementos que están en juego para la participación ciudadana pues hemos
04:45preparado para ustedes el siguiente informe. La Constitución Política de Colombia prevé
04:53un mecanismo de participación ciudadana representado en la consulta popular a la
04:58que recurre el máximo representante del Ejecutivo para darle salidas al bloqueo
05:02parlamentario que no ha permitido el avance de las reformas sociales. Para exmagistrados
05:07de la Corte Constitucional este proceso hace parte del derecho primordial que reside en la
05:11Carta Magna del 91. Que haya otra comisión, vale la pena recordar que esta Constitución
05:19consagró desde el principio la soberanía popular en el artículo 3º y en el artículo 2º dispuso
05:27que todos los colombianos tienen derecho a solicitar, a participar en todos los asuntos
05:35políticos, económicos, sociales y culturales que les interesen, de manera que eso no es un obsequio
05:44gracioso que se le hace a los colombianos sino que ellos como forman parte del pueblo y el pueblo
05:52es el que retiene la titularidad de la soberanía tienen derecho a participar. Esta consulta popular
06:00empieza ya. Este proceso tiene algunos pasos para su trámite y puesta en marcha. Inicialmente y
06:06previa firma de todos los ministros el presidente remite al Senado de la República la propuesta de
06:11preguntas y la fecha de realización de la consulta. Esta célula legislativa debe darle
06:17trámite dentro de los 20 días siguientes y aprobarla o no. Y avanzar y ser aceptada el
06:22presidente deberá convocar mediante decreto la consulta. A partir de aquí los grupos interesados
06:27tienen 15 días para inscribirse ante el Consejo Nacional Electoral iniciando las campañas de
06:32promoción a favor o en contra o de abstención con sus respectivas resoluciones. El Consejo
06:39Nacional Electoral tiene que expedir tres resoluciones. Una adjudicando los espacios según
06:45el número de grupos que se han inscrito en los espacios públicos, en la radio, en la televisión
06:51pública para promover cualquiera de esas tres opciones. También debes pedir una resolución
06:57en torno a los límites de la financiación a nivel nacional, a nivel departamental, a nivel
07:03municipal de apoyo o no a la consulta. Y también debes pedir una resolución habilitando que
07:11participen los testigos electorales. Se podrán plantear hasta 12 preguntas para la consulta,
07:18la cual deberá contar para su aprobación con la tercera parte del censo electoral en el país,
07:23que es de alrededor de 13.600.000 personas, de un total aproximado de 40 millones de ciudadanos
07:30con capacidad para votar. Una cifra alta, teniendo en cuenta que el presidente Petro
07:35fue elegido con 11 millones de votos, el alto nivel de abstención, a lo que se suma que en
07:40el Senado no se cuenta con el respaldo de varias bancadas que han demostrado su clara oposición a
07:45la ANISA. El Senado no puede modificar las preguntas, el Senado se limita a decir sí o
07:52no a que se desarrolle la consulta. Obviamente tenemos el mismo problema, el gobierno tiene que
07:58buscar los votos y todos los congresistas tenemos que apoyar para que la mayoría de los
08:04congresistas nos apoyen esa consulta. Por supuesto que el Senado podría decir que no y hasta ahí llega.
08:11Se prevé que la consulta popular se realice entre los meses de agosto u octubre del presente año,
08:16esperando que el Senado viabilice esta posibilidad, teniendo en cuenta que muchos
08:20de sus miembros no han sido coherentes con las necesidades de la población históricamente olvidada.
08:28Los partidos de gobierno vienen haciendo algunas campañas, pero lo que se prevé es que en los
08:34próximos días lleguen hasta los territorios para impulsar esta campaña por el sí a la consulta
08:42popular. Por supuesto los partidos de oposición también se están moviendo y organizándose para
08:47promover el no y lógico los que solicitan la abstención. Los tiempos corren, así que es muy
08:56rápido que se tienen que tomar las decisiones y habilitar esas campañas para que se pueda
09:02realizar esta consulta popular siempre y cuando pase en el Senado colombiano.
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