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  • hace 5 meses
El Tribunal Superior de Bogotá ha ordenado este martes la puesta en libertad inmediata del expresidente de Colombia Álvaro Uribe, quien desde principios de agosto cumple una condena de doce años de arresto domiciliario tras ser declarado culpable de soborno de testigos y fraude procesal. Así lo ha anunciado la Sala Penal de este tribunal en un escrito de 38 páginas en el que ordena a la jueza Sandra Heredia revocar la privación de libertad que impuso al exmandatario "hasta tanto (...) este Tribunal defina el recurso de apelación interpuesto contra esa determinación de primera instancia".




(Fuente: EP/Alvaro Uribe/Tribunal Justicia Bogotá)

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Transcripción
00:00El Tribunal Superior de Bogotá ha ordenado este martes la puesta de libertad inmediata
00:07del expresidente de Colombia, Álvaro Uribe, quien desde principios de agosto cumple una
00:12condena de 12 años de arresto domiciliario tras ser declarado culpable de soborno de
00:18testigos y fraude procesal. Así lo ha anunciado la sala penal de este tribunal en un escrito
00:24de 38 páginas en el que ordena a la jueza Sandra Heredia revocar la privación de libertad
00:31que impuso al exmandatario hasta tanto este tribunal defina el recurso de apelación interpuesto
00:37contra esa determinación de primera instancia. Han recalcado, la Corte ha decidido amparar
00:43el derecho fundamental a la libertad individual de Uribe, mientras que ha cuestionado las alegaciones
00:49por las que la magistrada pidió su detención inmediata al condenarlo a 12 años de prisión,
00:55calificando estos criterios de vagos indeterminados e imprecisos como la percepción ciudadana,
01:01el efecto ejemplarizante, la convivencia pacífica y el orden social, los cuales resultan desatinados
01:09porque la naturaleza de las conductas enrostradas, al parecer, afectaron a sujetos específicos,
01:16no en abstracto al conglomerado social. Este tipo de razonamiento desconoce el principio
01:21de igualdad ante la ley y el criterio de proporcionalidad al priorizar fines genéricos
01:27y simbólicos sobre derechos fundamentales, como la restricción de la libertad, lo cual
01:32también resulta desproporcionado en cuanto prevalece la presunción de inocencia hasta
01:38que la decisión condenatoria sea ejecutoria. Ha agregado, el tribunal ha criticado además
01:44que Heredia insistentemente destacó el reconocimiento público del enjuiciado, sosteniendo que éste
01:50sólo debe responder por lo que hizo o dejó de hacer, no por su personalidad, ideas ni
01:56características, lo cual utilizó la operadora de justicia como un criterio de la peligrosidad
02:02por ella percibida, lo cual es subjetivo.
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