00:00La prórroga del plazo para la entrada en vigencia de las normas que sancionan a las empresas
00:07por los efectos de organización, por la dirección, por el control o fiscalización
00:14es admisible, siempre y cuando el periodo de entrada en vigencia sea razonable,
00:23pero además que tenga debida justificación institucional,
00:26que haya una necesidad de adecuación institucional importante.
00:34Las empresas merecen y deben tener el derecho de defensa.
00:40Hay una amalgama de empresas pequeñas, medianas, micro, medianas, empresas
00:46que quizás no tengan jamás todas las capacidades económicas y de organización
00:55para poder afrontar los retos de esta nueva legislación que la castiga precisamente por falta de prevención
01:06en todo lo que tiene que ver con el organigrama organizacional, la dirección,
01:11el control y fiscalización de la empresa y lo que son los defectos propios de la organización.
01:17Por lo tanto, el Estado tiene que proveerle los mecanismos institucionales adecuados para su debida defensa
01:24en el caso en el que no tengan los recursos y al mismo tiempo que le permita prepararse
01:30a aquellas que sí afrontarán económicamente sus defensas para que puedan hacerlo debidamente.
01:37Por lo tanto, la prórroga del plazo se justificará siempre y cuando se identifiquen
01:45las necesidades organizacionales, institucionales necesarias para poder hacer las adecuaciones
01:54en el tiempo de dos años, de un año, en el tiempo que el legislador así lo entienda,
01:59para que las empresas frente a una pena o a las penas previstas para las empresas por defectos
02:08de organización, por la dirección o por control y fiscalización puedan adecuarse, puedan organizarse
02:16debidamente. Pero para esto tiene que haber necesariamente en la ley que prorrogue el tiempo
02:26para poder atacar a las empresas con las penas que están previstas en el nuevo Código Penal
02:34necesarias, importantes, de hecho, una de las reformas más importantes que ha generado
02:41el Código Penal en la República Dominicana. Pero los legisladores tendrán necesariamente
02:47que hacer una identificación de las necesidades probables de los problemas que presenta esta
02:55legislación que debió entrar en vigencia a partir de este 5 de noviembre, pero que ahora
03:03se pretende prorrogar. Por lo tanto, primero, es aceptable, es admisible la prórroga, es necesaria,
03:13pero tiene que ser sobre la base de la justificación institucional de vida defensa, tutela de derechos,
03:19seguridad jurídica para las empresas, que de buenas a primeras, aunque avisados, pero de buenas a primeras
03:27porque siempre se dice que la gente no está preparada para afrontar retos tan importantes de organización
03:36institucional, de organización empresarial, que envuelven no solamente más personal, más recursos,
03:42sino también la adecuación normativa en términos de los protocolos internos de cada una de las
03:49empresas. Y este es un tiempo razonable para poder hacer esos ajustes que la nueva legislación penal
04:00entraña para cada una de las empresas dominicanas.