00:00El Ministerio Público, conforme a la ley, dictó auto de apertura a juicio,
00:07admitió de manera total la acusación, los elementos de prueba,
00:11así como la calificación jurídica que el Ministerio Público otorgó.
00:15Ya con respecto a que le varió la medida cautelar, es una facultad que el juez,
00:19la normalidad, la potestad al juzgador de variarla o no, conforme al 308 del Código Progresal.
00:25Lo más importante es que el juez estableció en su parte motivacional y voz en audiencia
00:31que esto es un hecho grave, independientemente de que lo va a enviar a juicio como al efecto lo envió,
00:37porque las pruebas son sólidas y contundentes y en la próxima fase procesal
00:42demostraremos nuestra acusación más allá de lo que ocurre.
00:45La defensa de Aurelio hizo que quedó 100 mil dólares para conseguir condena en contra de esta persona que violó
00:53la ley.
00:54Y la defensa de Aurelio dice que usted debe violar derechos constitucionales.
00:58La defensa de Aurelio dice que usted debe violar.
01:03Conforma a la ley de lavado que el juez la retuvo, la calificación y vio al tribunal colegiado.
01:07Y tiene arraigo el imputado para llevar este proceso en libertad, no hay peligro de fuga ni que pueda intervenir.
01:12Bueno, independientemente de la variación de la medida que impuso el juez, el Ministerio Público,
01:16díganme que ya en su condición de exfiscal, porque ya no es parte de la institución,
01:20el peligro de fuga se mantiene. Y en esa situación, en su momento procesal,
01:27procederemos a solicitar variación, que es una facultad que da la ley más adelante.
01:31¿Van a apelar ustedes esta decisión?
01:33¿Cómo se llama?
01:35Eduardo Velázquez.