00:00Miércoles Jurídico
00:03Los papás pueden echar de la casa a un hijo adulto, tenemos ya un invitado muy especial, María José.
00:10Si le damos la bienvenida al doctor Gonzalo Zambrana, muchas gracias, bienvenido.
00:16Muy interesante este tema, y usted que está en casita ya puede enviar sus consultas al 772-1113.
00:22Doctor Gonzalo, bienvenido, buen día.
00:24Hola, María José, como siempre agradecido por la invitación.
00:27Coméntenos, así a secas podemos responder.
00:28Puede, no puede, imaginemos que hay una serie de escenarios, pero ¿es posible, doctor, sí, echar a un hijo si
00:34es adulto, más allá de los 25, 26 años de edad?
00:38La respuesta jurídica es sí y no.
00:41Dependerá mucho de la situación legal, sea de los papás o sea de los hijos.
00:46En función de esos detalles, se puede tomar una definición, una decisión sobre el cuidado o no de los hijos
00:51en casa, ¿no?
00:52Doctor, ¿qué pasa si el hijo ya pasa 25, 26, llega o sobrepasa los 30 años, no estudia, no trabaja,
00:59los papás corren con los gastos de luz, agua, teléfono, víveres y demás?
01:03¿Qué pasa en este caso?
01:04Los hijos que sanguijuela, digamos, ¿no? Que viven a expensas de los papás, ocurre.
01:10Pasa lo siguiente, si tiene más de 25 años, ya pues es extralimitado el derecho que tienen sobre una posible
01:16asistencia familiar, que dicho sea de paso, es hasta los 18 años.
01:20¿Hasta los 18?
01:22Correcto. Y la excepción es hasta los 25.
01:24Ah, es una excepción hasta los 25.
01:27Cumpiendo una regla, ¿no? Que haya aprovechamiento efectivo, sea en estudio profesional, sea una carrera técnica, sea un instituto o
01:37un arte, dice el oficio.
01:39Entonces, si continúa estudiando, hay buenos resultados, se puede continuar apoyando al hijo, pero ya ha pasado 25 años, ya
01:45es un abuso, ¿no?
01:46¿A qué recurso legal puede acudir un padre o una madre en caso de que ya no quiera que su
01:51hijo siga viviendo con él?
01:52Correcto. Aquí hay un detalle bien importante.
01:55Han habido casos en que los papás, de modo arbitrario, el hijo sale, que se vio de paseo, se va
02:00de juerga, al momento de llegar a su habitación o a la casa, han cambiado chapas, han cambiado candados o
02:07han vaciado sus cosas.
02:08De la noche a la mañana.
02:10Exactamente. Y ese no es el procedimiento. Es muy importante saberlo.
02:12No se puede hacer eso.
02:13No se puede. Porque, mal o bien, el hijo tiene también derecho, en este caso, de posesión.
02:19Aunque no le corresponda legítimamente, pero tiene el derecho de posesión.
02:23Entonces, la ley también dice que no se puede hacer justicia por mano propia.
02:27Entonces, en este caso, los papás, digamos, que se encuentran agobiados con un hijo, qué sé yo, que todo el
02:31tiempo está con su PlayStation, jugando Roblox, no ayuda en casa, no limpia, no es productivo.
02:37Entonces, no puede hacerlo de mano propia. Tiene que recurrir a una figura legal.
02:40En este caso, podría ser el desahucio familiar, que se interpone en el juzgado de familia, indicando que ya no
02:46hay ninguna responsabilidad ni compromiso con este hijo.
02:50Entonces, el juez aprobará esta resolución y ordenará que en un tiempo perentorio, el hijo, en este caso, que no
02:59aporta y que ya no tiene más derechos respecto a los papás, tenga que desalojar el inmueble, el ambiente donde
03:04estaba viviendo.
03:05Ahora se pueden llegar a escenarios, imaginamos, de conciliación, donde 28, 30 años, pero el hijo aporta en casa, se
03:12puede establecer un diálogo interno y luz verde, ¿no?
03:16Correcto. La ley también prevé el acuerdo de partes.
03:19Inclusive, qué sé yo, papá, ya tengo 18 años, quieren dependizarme, quizá tú me puedes ayudar, por supuesto, hijo, yo
03:25te ayudo.
03:26Entonces, también te puede de modo voluntario decir, papá, yo voy a continuar en la casa, pero tampoco voy a
03:30estar viviendo expensas de ustedes.
03:32Yo voy a ayudar en la casa con la luz, el agua, una mensualidad, voy a colaborar con los servicios
03:38y demás.
03:38En ese caso, sí, es permisible, la ley lo permite.
03:40¿Y qué pasa en el hipotético caso que además de que no estudia, no trabaja y es violento con los
03:44padres o violenta?
03:45Esa es otra figura que también puede aplicar dentro de esta situación, ¿no?
03:49En el caso de que hubiera violencia, un hijo agresivo, inclusive, aunque tuviera 17 años, aparentemente está dentro de paraguas,
03:57¿no?, de los 18 años.
03:57Claro, menor de edad, uno dice.
03:59Pero, ¿qué ocurre? En este caso hubiera una situación de violencia. En ese caso, inmediatamente la ley prevé y otorga
04:05dos situaciones, a los papás como víctimas y al hijo como agresor.
04:10Y la ley ordena que tiene que separarse la relación, no puede haber esa convivencia.
04:16Entonces, la ley ordenará de inmediato al agresor que abandone el inmueble.
04:21Esa es otra figura que también ampara y prevé la ley.
04:24Otra figura interesante también es la situación de discapacidad.
04:27Supongamos que el hijo, qué sé yo, tiene una discapacidad permanente que no le permite trabajar, no le permite generar
04:33sus propios recursos.
04:34En ese caso también se le tendrá que asistir durante el periodo que dure la discapacidad.
04:40Inclusive, si esta fuera de por vida, de por vida tendrá que ayudarle.
04:43Claro, totalmente. Qué interesante ese caso.
04:46¿Qué ocurre, doctor, en la figura de que el hijo, por ejemplo, falleció uno de los dos, o el padre
04:51o la madre?
04:52¿Y ya puede anticipar su derecho de propietario del inmueble y quedarse en casa más allá de la edad de...?
05:02Esa es una muy buena pregunta.
05:04Supongamos que el papá le dice, hijo, tienes que irte de la casa y ya tienes, qué sé yo, 26
05:08años, ya no te corresponde asistencia familiar, ningún beneficio.
05:11Pero el hijo dirá en algún momento, papá, mi mamá ha fallecido y yo soy heredero.
05:16Y además, he aceptado la herencia, por tanto, en el certificado de derechos reales, en el foro real, está mi
05:23nombre inscrito.
05:24Entonces, tiene derecho de propiedad, de uso, goce y disfrute.
05:28De esa casa.
05:29Correcto.
05:30En ese caso no se lo puede desalojar.
05:32Y ya depende del papá si le sigue pagando, no sé, las salidas, le sigue pagando el alimento y demás,
05:39¿no?
05:39Correcto, ya no existe la obligación. Si lo hace ya pues será de modo voluntario, por cariño, digamos, ¿no?
05:44Eso ocurre.
05:45Ahí está, ahí está. Son las preguntas, son las consultas. Hemos tenido, pero tantos, tantos, tantos casos en esta dirección.
05:52Doctor Gonzalo, para este y otros tópicos, la gente nos escribe, nos llama, nos ha ganado el tiempo.
05:58¿Dónde pueden ubicarlo? ¿Dónde pueden encontrarlo usted?
06:01Una de las escenas centrales se encuentra en la Plaza Murillo, en el Hotel París, Oficina 101.
06:05Ahí nos puede encontrar como estudiojurídicomibogado.com
06:08¡Gracias!
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