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En entrevista en #UDGNoticias, Mtro. Mario Lamas Guzmán, Instituto Federal de Defensoría Pública nos habla sobre las condiciones de reclusión, incluyendo la identificación de actos de tortura, tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes y otras violaciones a derechos humanos en contextos de privación de la libertad

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00:02Estamos de regreso con la
00:04información local y nos vamos
00:06a detener a analizar un tema
00:07del que poco se habla pero que
00:09es muy importante. ¿Qué es lo
00:11que sucede al interior de las
00:12cárceles con las condiciones
00:14que experimentan las personas
00:16que están privadas de su
00:18libertad? Para dialogar sobre
00:19este tema me da mucho gusto
00:21recibir aquí vía Zoom al
00:23maestro Mario Lamas Guzmán
00:26quien forma parte del Instituto
00:27Federal de la Defensoría
00:29Pública y nos va a compartir
00:31algunos datos que tiene
00:32justamente sobre la defensa que
00:34se hace a los derechos humanos
00:36de las personas privadas de la
00:38libertad. Maestro Mario que
00:39gusto tenerle aquí buenas
00:40noches y bienvenido. Muy
00:42amable muchísimas gracias.
00:44Gracias por la oportunidad y de
00:46comunicarnos con su distinguido
00:47auditorio. Encantados maestro
00:49platíquenos por favor cuál es el
00:51diagnóstico que tienen respecto
00:52al respeto de los derechos
00:54humanos de aquellas personas que
00:56por alguna u otra situación se
00:58encuentran privadas de su libertad
01:00de manera legal aquí en los
01:02reclusorios de Jalisco.
01:04Sí, muchas gracias. Bueno, el
01:06Instituto Federal de Defensoría
01:08Pública que es al que
01:09pertenecemos es una institución
01:12encargada de defender los
01:14derechos de las personas, de
01:15defender a las personas que se
01:17encuentran privadas de libertad
01:19desde el momento de su detención y
01:21durante la ejecución de sus
01:23sentencias. Una persona una vez que
01:25es sentenciada luego de seguir un
01:27proceso en su contra, pues
01:29evidentemente hay una situación en
01:33la que es necesario observar si se
01:35cumplen o no el respeto de sus
01:37derechos, incluso la posibilidad de
01:40visualizar si tiene derecho o acceso
01:43a algún beneficio. En este sentido,
01:46las en Jalisco, la actividad que
01:51realiza la defensa pública federal es
01:53precisamente dar seguimiento a las
01:56personas que se encuentran privadas de
01:57la libertad en el ámbito federal.
02:01Nosotros tenemos competencia en el
02:02ámbito federal y mediante la
02:05aplicación de la ley nacional de
02:06ejecución de penas, nuestros
02:09compañeros defensores públicos
02:11especializados en ejecución de penas
02:13se encargan de dar seguimiento a los
02:16procedimientos de esta naturaleza
02:18para efecto de, por una parte,
02:22vigilar que las condiciones de
02:23internamiento se ajusten al
02:25respeto de sus derechos humanos y en
02:28caso de que hubiese alguna situación
02:30irregular, promover las acciones
02:33jurídicas necesarias en búsqueda del
02:35restablecimiento del goce de esos
02:37derechos y también el estar pendientes
02:41para el caso de que las personas, luego
02:43de haber transcurrido un tiempo de la
02:45ejecución de su pena, puedan acceder a
02:47beneficios preliberacionales, de tal
02:50suerte que para ello, pues, se realizan
02:53visitas constantes y periódicas para
02:56tener la debida comunicación con las
02:58personas. ¿Qué existe en la actualidad?
03:01Bueno, la problemática generalizada que
03:03podemos ya todos conocer es lo
03:06relacionado a la sobrepoblación.
03:10Desafortunadamente, pues, son muchas las
03:12personas que se encuentran privadas de
03:14la libertad que rebasan la capacidad de
03:16los reclusorios. Desafortunadamente, en
03:19ese sentido, pues, hace más compleja la
03:22convivencia de las personas en esos
03:24lugares y, por ende, las problemáticas
03:28surgen en mayor medida. Por otra parte,
03:31bueno, también podemos decir que a través
03:34de la evolución de los derechos humanos o
03:38de la preocupación de la autoridad por
03:41observar los derechos humanos de acuerdo
03:43con lo que establece nuestra
03:44constitución y los tratados internacionales
03:47de los que México es parte, pues,
03:49vemos más atenuada la problemática en
03:52ese sentido. Yo recuerdo en la época en
03:56que existían motines, me tocó a mí desde
03:59la Comisión de Derechos Humanos en el
04:01estado de Jalisco en aquella época,
04:021995, vivir la problemática de un
04:07motín. Afortunadamente, perdón, en la
04:11actualidad ya hace tiempo que no tenemos
04:13noticias de esta naturaleza, lo cual
04:16implica que hay un trabajo de parte de
04:20la autoridad penitenciera tendiente a
04:23resolver varios de los problemas que
04:26generan o son las causas que detonan
04:29movimientos de esta naturaleza. En el
04:31Instituto Federal de Defensoría
04:33Pública, entonces, nos encargamos de
04:35vigilar que las personas se encuentren
04:40en condiciones de internamiento bajo el
04:43respecto de sus derechos fundamentales y
04:45el seguimiento a sus procesos con el
04:48ánimo de procurar en un dado caso o
04:51alguna libertad motivada por algún
04:53beneficio al que tuvieran acceso.
04:55Claro, maestro, digamos, además de este
04:58problema de la sobrepoblación que usted
05:00ya comentaba, ¿cuáles son las principales
05:03violaciones a los derechos humanos de
05:05las personas que se encuentran en
05:07penales, al menos aquí de Jalisco, y
05:08también si nos pudiera dar el dato de
05:10a cuántas personas actualmente están
05:12acompañando en su proceso?
05:15Sí, muchas gracias. Bueno, mire,
05:18fundamentalmente, pues, la
05:19sobrepoblación trae una serie de
05:23problemáticas y los derechos a los que
05:26con mucha frecuencia se tiene uno que
05:29enfrenta a las violaciones a las que
05:30nos enfrentamos. Es, por ejemplo, el
05:32derecho al acceso a la salud. Es muy
05:34común que, pues, por las condiciones de
05:37los reclusorios, las personas no tengan
05:40una adecuada atención a su derecho a la
05:43salud. El derecho a ese beneficio,
05:49perdón, el respeto de ese derecho
05:51depende, pues, de la capacidad del
05:53Estado para brindar la atención. Y
05:55nosotros, de manera frecuente, recibimos
05:57quejas de parte de nuestros defendidos
06:00para efecto de gestionar alguna
06:02atención médica. Atención médica, sobre
06:04todo, es fundamental en este sentido y,
06:08pues, es de las principales quejas que
06:10nosotros recibimos. Por otro lado, ha
06:13mejorado mucho la condición de la
06:16alimentación que se les proporciona, ya
06:20que existen programas para dar a las
06:22personas atención de acuerdo a sus
06:24necesidades específicas, atendiendo a
06:26condiciones de salud, precisamente.
06:29Entonces, es el derecho a la salud el
06:31fundamental. Y, bueno, en relación al
06:34tema de las personas que aproximadamente
06:36nosotros, en el ámbito federal, porque
06:38sí es importante aquí puntualizar, el
06:41Instituto Federal de Defensoría
06:42Pública solamente atiende a personas
06:44que están sentenciadas por delitos del
06:48orden federal, aun cuando se encuentran
06:50en reclusorios del Estado, pues, la
06:53temática específica a la cual nos
06:55enfocamos es relacionada con el, con
06:57los asuntos de carácter federal. Y,
07:00aproximadamente, el seguimiento que se
07:02da a las personas que están
07:03compurgando alguna sentencia es de,
07:07aproximadamente, son alrededor de mil
07:13cuatrocientas, mil seiscientas personas
07:15actualmente.
07:16Maestro Mario Lama, le saludo a Rubén
07:18Martín. Yo quisiera preguntarle
07:19específicamente sobre casos de
07:21tortura, si han acompañado a alguna
07:24sentenciado que haya denunciado estas
07:27malas prácticas o esta violencia
07:29desproporcionada, y si, cuál ha sido el
07:32resultado en su intervención jurídica.
07:34Sí, gracias. Efectivamente, el Instituto
07:37Federal de Defensoría Pública también
07:39desde nuestra dirección tiene un especial
07:42empeño en vigilar lo relativo a la
07:45tortura. Y, en ese sentido, incluso
07:47tenemos protocolos de actuación por
07:49parte de los defensores públicos para
07:51que, en el momento en que es
07:52entrevistado uno de nuestros
07:53defendidos y manifiesta ser, haber
07:55sido objeto de tortura o malos
07:57tratos, se implemente una, una, un
08:03protocolo, se aplica un protocolo en el
08:06cual se recaba toda la información
08:08necesaria para, por un lado, establecer
08:11las, los elementos para ir en queja
08:14ante organismos de derechos humanos y
08:17denuncias. También nosotros podemos o
08:20debemos, tenemos la obligación de, una
08:22vez recabada toda la información
08:23correspondiente, los defensores públicos
08:26federales inician, por un lado, una queja
08:28ante organismos de derechos humanos y,
08:30por otra parte, denuncias. Existe también
08:33de parte de nuestro instituto el apoyo
08:35de peritos que se encargan de aplicar
08:39el protocolo de Estambul. El protocolo
08:42de Estambul es el protocolo en mediante
08:44el cual, a través de dictámenes, tanto
08:46médicos como psicológicos, se establece
08:51la situación relacionada a si la persona
08:54fue víctima o no de tortura. Y con los
08:57peritajes correspondientes se hace valer
09:00ante los jueces lo relacionado con este
09:03este fenómeno que cada día es más
09:08aislado. Ya creo que en la medida que se
09:10han venido difundiendo los derechos
09:12humanos vemos una menor incidencia. Y por
09:15supuesto que en las acciones que se
09:17ejercen con estos peritajes para
09:20establecer lo relacionado con la
09:23tortura, se logra el que en algunos
09:26casos los jueces se acredite ante los
09:29juzgadores, la existencia de esa violación
09:31a derechos humanos, que trae como
09:33consecuencia la posibilidad de decretar
09:38la nulidad de las pruebas que fueron
09:41sustento de una sentencia condonatoria y
09:44como consecuencia de ello, pues
09:46evidentemente una libertad. En la
09:49página hablan de que están abiertos a
09:50todas las personas, pero que también
09:53especialmente a, digamos, a poblaciones
09:55vulnerables, entre otros habitantes de
09:57lenguas indígenas. ¿Han tenido casos de
09:59habitantes de lenguas indígenas que,
10:02digamos, no lleven el juicio en su
10:05idioma o por lo menos que lo
10:06comprendan y que eso sea motivo también
10:08de una vulneración de derechos, maestro?
10:11Sí, efectivamente, los grupos
10:15vulnerables son una preocupación por
10:17parte del Instituto Federal de
10:19Defensoría Pública. Nuestro director
10:21general ha hecho mucho énfasis en ese
10:23sentido, en ese tema, y si nos ha
10:26correspondido a su servidor, incluso en
10:28lo particular, cuando he ejercido la
10:31función de defensor público, me ha
10:33correspondido conocer de asuntos de
10:35personas que indígenas que incluso no
10:40no conocen nuestro idioma y pues en
10:43ese sentido, en este caso, en esos
10:44supuestos, lo que se hace es localizar a
10:47una persona que pueda conocer la lengua
10:50materna de la persona sujeta a la
10:53privación de la libertad o sujeta a un
10:56procedimiento penal, en el ánimo de
10:58procurar que la persona tenga pleno
11:00conocimiento de lo que sucede en
11:03torno al proceso que se sigue en su
11:05contra. La Constitución establece que
11:07de preferencia debiese ser una persona
11:09abogado, que tenga conocimientos de la
11:12lengua y sobre todo de la situación
11:16relacionada con la cosmovisión de la
11:20etnia que en particular se tenga que
11:22defender. Se existen en nuestro
11:25instituto algunas personas que
11:28conocen la lengua, que son incluso de
11:30origen étnico y ellos están asignados a
11:34lugares en donde hay un mayor número de
11:36personas que representan la
11:40población mayor de la lengua a la que
11:42pertenece nuestro defensor. En caso
11:45contrario, pues se acude a buscar
11:47instituciones que nos apoyan con
11:50personas que nos ayudan como
11:52intérpretes para poder tener una
11:56mejor comunicación y sobre todo
11:58comprensión del proceso al cual se
12:00encuentra sujeto una persona y de esa
12:02manera poder ejercer de mejor manera
12:05una defensa adecuada.
12:08Veo en la página que se ofrecen servicios
12:10de defensa en diversas áreas del
12:13derecho, pero solamente entonces me
12:15subraya, maestro, que solamente a
12:17personas que están detenidas. No, no, es
12:19decir, no puede llegar una persona o
12:21puede llegar cualquier persona.
12:22No, no, efectivamente, nosotros podemos
12:24conocer desde que el momento en que una
12:26persona es citada ante una agencia del
12:29Ministerio Público Federal para
12:32integrar alguna carpeta de
12:34investigación o cuando ya se encuentra
12:36detenida para el inicio de un
12:38proceso es cuando interviene el
12:39instituto, no solamente personas
12:41sentenciadas, sino si una persona
12:43tiene un citatorio de parte de un
12:46agente del Ministerio Público o bien
12:48una persona es detenida por la
12:50posible comisión en flagrancia de un
12:52delito y puede intervenir el
12:54Instituto Federal de Defensoría
12:56Pública en el caso de que no
12:58designe un defensor, se le debe
13:00designar por parte del Ministerio
13:02Público o del juzgado o tribunal o
13:07juez que conozca de su asunto,
13:09dependiendo de la instancia en que se
13:10encuentre y nosotros podemos intervenir
13:14solo la limitante es que se trate de
13:16asuntos de carácter federal, también
13:18existe la posibilidad de apoyar en el
13:21área local exclusivamente en temas de
13:24feminicidio y de ejecución de
13:26sentencias cuando ya la persona está
13:29sentenciada en búsqueda de algún
13:30beneficio. Tenemos áreas también de
13:33asesoría jurídica, no solamente en la
13:35materia penal, en el área civil, en el
13:38área mercantil, fiscal, administrativa,
13:42encaminada siempre a representar a las
13:46personas en asuntos de carácter
13:48federal, como puede ser seguro social,
13:52el infonavit, dependencias en donde se
13:56vea violentada algún derecho humano de
13:59las personas pueden acudir con nosotros
14:01al área de asesoría jurídica.
14:03Maestro Mario, se nos termina el tiempo
14:05pero quisiera, si nos puede compartir,
14:07tengo entendido que el 10 de septiembre
14:09tendrán un observatorio sobre personas
14:11privadas de la libertad y los derechos
14:13humanos. ¿Gusta platicarnos sobre qué se
14:15trata y hacer la invitación?
14:18Sí, claro que sí. De manera periódica, el
14:21Instituto Federal de Defensoría Pública
14:22realiza observatorios sobre diversos
14:24temas. En este caso, para el 10 de
14:27septiembre de 2026 de este año, el
14:29próximo jueves, si no mal recuerdo, tenemos
14:33el 10 de septiembre de 4 a 6 de la
14:36tarde en la Casa de los Saberes
14:37Jurídicos de la Suprema Corte de
14:40Justicia de la Nación, un observatorio
14:42en el que acudirán personas
14:44especialistas en la materia sobre los
14:46derechos humanos y los derechos de las
14:49personas privadas de la libertad, en el
14:51que habrá una serie de exposiciones de
14:53cada uno de ellos, con el ánimo de que
14:55el público en general, las personas
14:57interesadas, abogados, estudiantes, y
14:59cualquier persona que quiera conocer un
15:01poco más a profundidad de estos temas,
15:03estaremos por ahí en la Casa de los
15:06Saberes Jurídicos, la cual se ubica en
15:08Francisco Javier Gamboa, número 98,
15:12para mayor referencia, Francisco Javier
15:15Gamboa en su cruce con López Cotilla.
15:17Excelente, maestro Mario, pues muchísimas
15:19gracias por esta información, estaremos
15:21pendientes de este observatorio. Buenas
15:22noches. Agradecidos con ustedes, muchas
15:25gracias. Pues ahí está el maestro Mario
15:29del Instituto de la Defensoría.

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