En La Entrevista Central de Hoy Mismo conversa con Nassef Perdomo / Abogado Constitucionalista
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NoticiasTranscripción
00:05Bien, estamos de vuelta. Gracias por mantenerse con nosotros. Tenemos a Nacef Perdomo, abogado.
00:10Buenos días, bienvenido.
00:12Buenos días.
00:13Buen día, Nacef.
00:13Gracias por tenerme aquí otra vez.
00:15De los números del distrito, Nacef.
00:17Abogado de los tribunales de la República. Maneja bien el derecho constitucional, muy bien.
00:22Miren, Nacef, nos estamos preguntando nosotros si usted estuvo dentro de los interlocutores que motivaron la modificación del Código Penal.
00:34Mira, no.
00:36No.
00:37No, yo cuando tengo necesidad de hacer oír las cosas que pienso, tengo que recurrir a ustedes cuando me invitan.
00:48No es que yo lo llamo para que me inviten, sino a las noticias que publico en el periódico, porque
00:54la valoración o la importancia que le dan a la opinión de uno varía con el tiempo.
01:04Esto ha cambiado mucho.
01:05Yo no estoy en mi mejor momento, digamos.
01:10¿Usted cree que usted es solo?
01:13Bueno, no, yo sé que no, pero tú sabes.
01:16¿Pudo ver las modificaciones que se sometieron el viernes al Congreso del Código Penal?
01:22Sí, sí, sí.
01:23¿En el sentido general qué le parece?
01:25Algunas son razonables, otras son lamentables.
01:29Yo pienso que hay que hacer antes un poco de historia, porque aquí se ha querido decir que, bueno,
01:36que esas propuestas reducen la penalización de los delitos de opinión y, en realidad, eso es una verdad a medias.
01:49¿Por qué?
01:50¿Ustedes recuerdan que en el año 2013, 2014, se aprobó el Código Penal, que luego el Tribunal Constitucional...
02:03El 15, el Procesal Penal.
02:05Sí, pero fue el mismo año que el Tribunal Constitucional anuló la ley y, bueno...
02:10El Procesal Penal, ¿verdad?
02:11El tema es que ese es básicamente...
02:12No, el penal.
02:13Ese es básicamente el código que se aprobó ahora.
02:16Ah, el que se aprobó.
02:18Sí, y ese código, el que fue en el 14, porque fue anulado por la sentencia 54415.
02:25Entonces, el tema es que ahí los delitos de opinión, si yo no recuerdo mal, no estaban sancionados con prisión
02:36y ahora sí.
02:38Entonces, lo aprueban con prisión, hasta aquí, van a hacer una reforma y van a bajar la prisión, pero todavía
02:45está.
02:45Yo creo que ese tipo de difamación e injuria deben ser sancionados con multa.
02:56Debe ser penal.
02:57Debe ser penal por la naturaleza del interés jurídico protegido, del bien jurídico protegido, o sea, el derecho al honor.
03:05Pero eso debe ser por multa y no prisión.
03:10Y hay quien me diga que, ah, bueno, pero entonces que a los insolventes, ¿cómo yo lo persigo?
03:15El problema es que a los insolventes, como quieran, no lo van a perseguir nadie, ni siquiera ahora con prisión,
03:20porque ahora está y nadie los persigue.
03:24Yo pienso que eso debe ser penal, pero debe ser con multa, porque la naturaleza del conflicto y además la
03:36vinculación directa
03:38con el ejercicio de un derecho fundamental como la libertad de expresión, en mi opinión, no se presta para que
03:44el Estado ejerza la mayor fuerza que puede ejercer sobre un ciudadano, que es encarcelarlo.
03:51Doctor, su opinión, perdón, incluye todas sus formas, porque hay matices.
03:57Digamos, una persona pública, evidentemente, tiene que tener una resistencia adicional a cualquier escrutinio que se haga sobre su vida.
04:05Pero una persona privada, que tenga yo aquí la posibilidad de venir todos los días a hablar en televisión y
04:12me tome como difamar a una persona que no tiene capacidad de defenderse.
04:15No debe haber una protección especial para un ente privado, una persona que no tiene el tipo de perfil.
04:20A ver, ojo, estoy hablando de difamación y injuria. La exposición de material privado es otra cuestión.
04:29No, puede ser mi opinión sobre una persona privada.
04:31Sobre tu opinión sobre una persona privada, bueno. El problema es que es difícil sancionar una opinión.
04:38Lo que se puede es sancionar la manera en que tú la expresas o si tú la presentas como un
04:42hecho.
04:43Exacto.
04:44Porque yo tengo, o sea, nadie tiene derecho a que yo tenga buena opinión de esa persona.
04:49Así es.
04:50Y yo tengo derecho a expresar mis opiniones.
04:53Entonces, hay medidas. Si, por ejemplo, tú injurias a alguien, tú dices que yo soy un esto, un aquello, un
05:02lo otro, hay medidas que se pueden tomar.
05:05Por ejemplo, impedirte, o sea, que por orden judicial tú no puedas hacerlo.
05:09No puedes mencionar ese nombre.
05:10Claro. No, no, mencionar ese nombre no, pero que tú no puedas injuriarme.
05:17Pero llevarte a la cárcel porque tú...
05:19¿Y el caso de la extorsión?
05:20Ah, pero que soy extorsión. Que eso es otra cosa.
05:24Yo creo que, por ejemplo, uno de los problemas que tiene este código es que crea la figura de la
05:30difamación extorsiva,
05:32que yo creo que no debiera ser un tipo penal autónomo. Es una discusión ya y los penalistas...
05:39Bueno, la manera que está aquí sí. Esto es algo que los penalistas me dirán, que bueno, que tú lo
05:46que eres constitucionalista, tú no sabes eso.
05:47Pero es que hay un asunto muy sencillo. Cuando tú sancionas como tipo penal autónomo la difamación extorsiva, tú estás
05:55mezclando, vuelvo y digo,
05:57el ejercicio de la libertad de expresión con otra cuestión que no deben estar indisolublemente legadas frente a la ley.
06:04Lo que tú puedes hacer, en mi opinión, es que a la extorsión tú le pones un agravante.
06:12Que es cuando tú pretendes hacer uso de los medios de comunicación, porque una cosa es que yo le cuente
06:19a tu familia algo de ti, eso es verdad.
06:22Pero hacer uso de los medios de comunicación para lograr la extorsión. Eso puede ser un agravante.
06:29Yo pienso que sería mejor así, porque insisto que a mí me preocupa que el ejercicio de la palabra tenga
06:42como consecuencia,
06:44de la palabra en cuanto a opinión, tenga como consecuencia que a una persona la puedan llevar a prisión.
06:50Eso es muy problemático.
06:52¿Y no hay una pura y prudencia del TC que ya de por sí establece que no es constitucional la
06:58prisión por un delito de opinión?
07:00No, contra los funcionarios públicos.
07:03Lo que el Tribunal Constitucional dijo fue que no podía ser sancionado de manera distinta o de manera superior
07:11la difamación o la injuria contra funcionarios públicos, porque en razón del ejercicio de sus funciones,
07:17ellos están expuestos a eso y que les guste o no la crítica, incluso cuando es ácida e incluso cuando
07:25es injusta,
07:26es uno de los mecanismos de control ciudadano que existe sobre los funcionarios públicos.
07:31Y tienen razón el Tribunal Constitucional, porque es muy débil la democracia en la cual al funcionario público tú no
07:41lo puedes criticar.
07:44Nacef, una taza de café Santo Domingo.
07:46Sí, sí.
07:46Hay un plazo, Nacef, que ha dado, ha comunicado el Senado de la República para hacer las observaciones,
07:54los reparos al código, ese plazo vence el miércoles, este miércoles, a las seis de la tarde.
08:01Rapidito.
08:02Le pregunto yo, bueno, primero el Senado había dicho que el código penal entraría en vigencia sí o sí el
08:093 de agosto
08:10y que ni una coma ni un punto se le iba a quitar. De repente en la última sesión de
08:13la semana pasada
08:14se introduce la modificación y el presidente del Senado dice, yo doy garantía de que esto se va a modificar
08:20antes del 3 de agosto. Reculó. Entonces yo le pregunto, ¿hay alguna invitación,
08:25hay algún espacio todavía de discusión con juristas para que podamos abordar esto?
08:30Bueno, pero que ya el presidente del Senado dijo cuál es la reforma que él quería.
08:34¿La sometió él personalmente?
08:35Él la sometió, sí.
08:36Entonces a mí me parece, digamos, poco o poco.
08:43¿Qué hacemos?
08:44Bueno, yo te invito, ven, habla, es otra cosa que yo te escuche.
08:50Ok.
08:51No, porque ya.
08:52O sea, cómo perder el tiempo.
08:53Yo, él dijo cuáles eran las modificaciones que él quería y dijo,
08:58y yo voy a garantizar que estas modificaciones...
09:01Serán aprobadas.
09:02Serán aprobadas.
09:04No hay nada que hablar.
09:06Yo no tengo que decir nada.
09:08Bueno, se puede seguir modificando.
09:11Ah, no, bueno, sí, imagino.
09:12Ese código se va a modificar mucho y lamentablemente aquí se ha hecho...
09:16Tiene más recursos en el TC también.
09:18Sí, pero es que mire que los jueces no están para decidir cuáles son los tipos penales.
09:23El Tribunal Constitucional tiene una sentencia en la que aborda eso un poco.
09:27El Tribunal dice que no le corresponde al juez decir cuál es la sanción.
09:30Eso le corresponde al legislador.
09:32Y ese es un mandato constitucional que le corresponde al legislador.
09:37Entonces, lo que se está haciendo es pidiéndole al TC que lo va a hacer correctamente,
09:44que conozca recursos de inconstitucionalidad contra el código.
09:48Pero lo que puede hacer el TC es anular tipos penales.
09:53En mi opinión, el Tribunal Constitucional no puede dar una de esas sentencias interpretativas o manipulativas.
10:01No, una sentencia manipulativa en la cual cambia el texto de la ley.
10:04Ha pasado.
10:04Con la ley de apropiación el Tribunal Constitucional lo hizo.
10:07Dijo, el texto de la ley ahora es este.
10:09Pues no puede hacer eso con un tipo penal.
10:11Porque sería invadir las funciones que la Constitución claramente le establece al Poder Legislativo en su artículo 4.
10:18En el 4.
10:19No hay que durar mucho leyendo.
10:22En el artículo 4 te dice que la separación de poderes no puede ser vulnerada.
10:32Y de hecho, sanciona con la anualidad la delegación de un poder público.
10:38El legislador no puede delegarlo y el TC no puede asumirlo.
10:42Lo que puede hacer es anular el tipo penal.
10:45En el caso de otros temas que están en estas modificaciones que usted ha visto,
10:49le coloco dos puntualmente.
10:51Lo que era el bullying, el hostigamiento.
10:53A partir de las jurisprudencias internacionales, incluso en el abordaje de este tipo de problemática digital,
11:00incluso, ¿cómo lo enfocamos nosotros aquí?
11:02Si hemos reducido incluso el impacto de la protección de ese tipo de víctimas.
11:08Eso por un lado.
11:09Y segundo, que nos aclare también un punto que con la compañera Johanna y yo conversábamos hoy en la mañana
11:13y no estábamos claros.
11:14El tema de la reducción del tiempo de la prescripción de la violación sexual.
11:18Mira, a mí, con el tema del bullying, en nuestra cultura, la gente suele entender que la crítica tiene como
11:32propósito dañar.
11:33No, a mí me parece razonable que exista una configuración del bullying.
11:39También yo pienso que es importante en la medida en que el legislador no había previsto las redes sociales en
11:50su configuración actual.
11:51Ni siquiera en la ley de crímenes y delitos de alta tecnología, que eso fue en el 97, no existía
11:57ninguna red social.
11:58Lo que habían era, y se me va a caer la cédula, había lugares donde tú ponías tu opinión.
12:07Entonces, otros te lo comentaban, pero eran cerrados, no eran de acceso abierto.
12:14Sobre el tema de la prescripción, hay un tema, miren.
12:20Lo aprobado, que supuestamente va a entrar en vigor ahora el 3 de agosto, el 4 de agosto, establece lo
12:29siguiente.
12:29La prescripción es de 30 años y si la víctima es menor de edad, empieza a correr a partir del
12:35momento en que esa persona alcanza la mayoría de edad.
12:39Ahora redujeron la prescripción a 20 años sin explicar, o pretenden, propusieron reducir la prescripción a 20 años sin explicar
12:49bien por qué o sin explicar por qué.
12:52Pero además eliminaron la cláusula que suspende el cómputo mientras la víctima es menor de edad.
12:59¿Y por qué eso es importante?
13:01Los menores de edad tienen derechos reducidos porque el legislador y hasta el propio constituyente les reconocen capacidades reducidas.
13:13No pueden votar, no pueden administrar bienes.
13:17Sin embargo, con esto lo que está diciendo es que ese tiempo en el que el menor no puede decidir
13:24accionar,
13:24muchas veces no entiende bien lo que le ha ocurrido, cuenta para la prescripción.
13:32Eso solamente beneficia a quien abusa de menores.
13:41Sí, el agresor.
13:41Digamos que le permite usar la minoría de edad de la víctima a su favor.
13:49Yo no entiendo cómo eso se coló en las...
13:54¿Usted sabe si eso está en lo que negociaron con los interlocutores?
13:57Ellos dicen que no, y yo la creo.
14:00Ah...
14:00Yo la creo.
14:01Sí, sí.
14:02Porque ellos no han...
14:04Nunca han tocado ese tema.
14:05No, nunca han tocado ese tema.
14:07Y a mí me parece preocupante que eso se haya colado.
14:12Yo no entiendo quién está reclamando eso, con qué fin.
14:17Eso es algo que tendrían que explicar quiénes han propuesto ese cambio.
14:22¿Cuáles otros aspectos le llaman la atención de las modificaciones de propuestas?
14:26Y además de las modificaciones de propuestas, de otras que no se han propuesto y que están en este código
14:31que está llamado a entrar en vigencia el día 30 de agosto.
14:33Mira, hay varias cosas.
14:34El ultraje.
14:35El ultraje se limitó ahora a los jueces, los fiscales, los peritos.
14:42Sin embargo, y a mí me trataron de explicar, y yo le creo que esa era la intención, que eso
14:50es para evitar que fuera del salón de audiencias esas personas sean objeto de agresiones o amenazas.
14:59Y a mí eso no me parece mal.
15:02Lo que pasa es que ya eso está penado, por un lado, y por el otro hay una dificultad de
15:12la manera en que está configurado, porque el código penal establece que la difamación e injuria no son sancionadas por
15:25lo que dice un abogado en audiencia.
15:27Y no pudiera hacerlo, porque yo te estoy acusando a ti o me estoy defendiendo y te estoy diciendo que
15:31tú...
15:32Y que entonces nada de eso puede ser sancionado por esos delitos.
15:39Pero es que ahí habla de difamación e injuria, aquí tú me estás hablando de ultraje.
15:43Son delitos distintos, son tipos penales distintos.
15:45Entonces tú lo que me estás diciendo es que dependiendo del juez que me toque, yo puedo ser sancionado por
15:53haber ultrajado, y dice frases ofensivas, porque el Ministerio Público se ofenda con mi discurso en mí.
15:59Ah, porque no incluye al abogado.
16:00No, no, no, al abogado no, y ese es otro problema, porque si el interés es proteger la función judicial,
16:08los abogados no son auxileres de la justicia.
16:09Claro, claro, sí.
16:10La solemnidad del proceso pasa porque los abogados lo respeten también, y me dicen, bueno, que eso está sin el
16:17código.
16:17Y yo digo, bueno, pero es que ese código es de 1804, no ha cambiado nada, según ustedes, en estos
16:25222 años, como para que la concepción que se tiene hoy de los sistemas de justicia sea más democrática, y
16:34se incluye la igualdad de partes.
16:35Cuando usted le preguntaba al juez, pues, pregúntale.
16:39Claro, tú no hablabas ni siquiera.
16:40Pero yo te voy a decir una cosa, yo voy ahí con mi bultico, preparado, y te reitero, me lo
16:49explicó una de las personas que ayudó a redactarlo, y yo le creo la buena intención, se la creo, la
16:56compro, absolutamente, sin ninguna duda.
16:59El problema es que la configuración depende de la buena interpretación del juez, y ahí tenemos un problema, porque depende
17:05del juez que te toque.
17:06Como Pedro fue buen juez, él tal vez estaba pensando, pensando como buen juez que él fue.
17:12Sí, Pedro fue un juez magnífico, y es mejor abogado, sin duda.
17:18Pedro fue el redactor de la observación, o de alguna de ellas, por lo menos.
17:29Yo siento que él trabajó, no me lo dijo así, pero el tema de la libertad de expresión, que el
17:36otro no fue propuesta suya, que él no sabe de eso.
17:40En el caso de la propuesta que se han hecho de prolongar la vacancia legal, la propuesta general de la
17:47República decía ayer que no está de acuerdo, que...
17:50Pero, ¿y qué va a decir? ¿Tú no te acuerdas que en julio del año pasado ella fue al Congreso
17:54a decir qué era lo que se tenía que hacer?
17:57Que hubo taqueja de legisladores.
17:58Así es.
17:59¿Eso es su obra? ¿Qué va a decir?
18:02Pues el problema, porque los legisladores son los que reciben el voto popular, y al final son los que se
18:10tienen que hacer responsables por los aciertos y desaciertos de la actividad legislativa.
18:15En resumen, ¿es un paso adelante o no? El código que está aprobado ya.
18:20Tiene cosas, tiene luces y sombras, para decirte con un cliché.
18:24A mí me preocupa, por ejemplo, la configuración que se hace de la responsabilidad penal de las empresas,
18:31que es una configuración que...
18:34Hay una sentencia del Tribunal Constitucional del año pasado, en la cual el tribunal dice, quizás de manera muy amplia,
18:41pero lo dice, que las empresas no tienen capacidad volitiva.
18:46O sea, no, la empresa no es una persona que puede tomar decisiones y que, por lo tanto,
18:50es problemático asignarle responsabilidades a la empresa.
18:55Y entonces, ahora se establece esto en este código.
18:59Me parece que sin haber aquilatado esa decisión del tribunal, que es vinculante,
19:04y a la cual tú tienes que tomar en cuenta, para tú tratar de organizar el esquema
19:09de tal manera que no...
19:14No toque lo que el Tribunal Constitucional dice que no se debe tocar.
19:18Entonces, en este caso, en ese punto particular, diríamos que ya tiene un choque con una jurisprudencia del TC,
19:24este código.
19:26Ah, no, el código tiene varios choques con sentencia del TC,
19:28porque la configuración actual del ultraje, antes de la propuesta,
19:32incluye a los funcionarios públicos en sentido general.
19:34El Tribunal Constitucional, como ya hablamos ahorita, dijo que no, eso no es así,
19:38que es, además, coherente con la jurisprudencia a nivel internacional,
19:45tanto en países particulares, por ejemplo, en Estados Unidos hay una sentencia del 64,
19:50New York Times versus Sullivan,
19:53donde la Suprema Corte de Justicia dijo, no, no, no,
19:56es que cuando tú eres funcionario público, tú tienes una protección limitada,
20:00y tú tienes que probar, tú tienes que probar en el otro, malicia,
20:05en haber dicho, aunque no sea verdad.
20:07El tema es que no sea verdad, que sea un error.
20:10Entonces, ¿qué pasa aquí, por ejemplo?
20:13Se quitó la sanción, a la crítica a los funcionarios públicos,
20:19pero te la condiciona a que tú hayas hecho una investigación razonable,
20:23a que tú tengas pruebas, pero críticas y opiniones.
20:28Es el párrafo 5 del artículo.
20:31Entonces, yo para tener una opinión de un funcionario público y expresarla,
20:35tengo que montar un programa de investigación.
20:38Eso no puede ser así.
20:40Y no puede ser así porque, como dijo el Tribunal Constitucional,
20:44la crítica a los funcionarios públicos es una parte esencial del control de la ciudadanía
20:51sobre el Estado.
20:53Gracias, gracias por acompañarnos.
20:55Gracias, perdón.
20:55A ustedes por invitarme.
20:56Vamos a despedirnos ahora.
20:57Mañana estamos de vuelta, como de costumbre, a partir de las 5 de la madrugada.
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