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  • hace 2 días
El presidente del Senado de la República informó que fue depositada ante la Secretaría General Legislativa la Iniciativa mediante la cual se propone modificar varios artículos de la Ley núm. 74-25, Orgánica que instituye el Código Penal de la República Dominicana, con el objetivo de que las reformas sean conocidas y aprobadas antes de la entrada en vigor de la nueva legislación penal.

La iniciativa incorpora mejoras derivadas de las observaciones y aportes formulados por diversos sectores de la sociedad dominicana, entre ellos juristas, académicos, comunicadores, representantes de los medios de comunicación, organizaciones de la sociedad civil y ciudadanos interesados, con el propósito de fortalecer el texto que será sometido al estudio de la Comisión Bicameral encargada del Proyecto de Ley de modificación del Código Penal.

En el video se escucha el momento en que se introduce la pieza.

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Transcripción
00:00Me voy a permitir presentar, ya que luego de publicada la agenda,
00:08hemos depositado un proyecto de ley que procura modificar el Código Penal de la República Dominicana,
00:18que está marcado con el número 01705, que dice así,
00:25y después de varias consultas con diversos sectores de la sociedad dominicana,
00:32de juristas, académicos, comunicadores, representantes de los medios de comunicación,
00:38organizaciones de la sociedad civil, ciudadanos interesados y órganos del sistema de justicia,
00:45proponemos incorporar mejoras derivadas de las observaciones y aportes formulados
00:52con el propósito de fortalecer el texto que será sometido a la consideración de la Comisión Bicameral.
01:02Las modificaciones propuestas pretenden modificar los siguientes artículos.
01:08Artículo 121, que habla sobre el hostigamiento e intención de bullying.
01:15El artículo 122, hostigamiento e intimidación o bullying agravado.
01:23Artículo 123, ciberbullying.
01:27Artículo 141, plazo de prescripción.
01:32Artículo 142, exhibicionismo sexual.
01:37Artículo 144, acoso agravado.
01:42Artículo 170, autosecuestro.
01:46Artículo 176, prosenetismo.
01:51Artículo 192, difusión de audio y imágenes sin consentimiento.
02:02Artículo 207, perjurio.
02:07Artículo 208, difamación.
02:12Artículo 211, actos considerados no difamatorios o injuriosos.
02:20Artículo 214, abandono de niños, niñas y adolescentes.
02:28Artículo 215, abandono de niños, niñas y adolescentes agravado.
02:35Artículo 248, bancarrota simple.
02:41Artículo 303, malversación de fondos públicos.
02:47Artículo 310, ultraje.
02:51Y el artículo 354, sobre certificado, certificación falsa de estado de salud.
03:01Esta iniciativa queda remitida a la Comisión Bicameral que estudia la modificación del nuevo Código Penal de la República Dominicana.
03:13Damos plena garantía de que estas modificaciones serán aprobadas antes de entrada en vigencia la Ley 74-25.
03:25De igual forma, reiteramos que el plazo para hacer sus observaciones vence el próximo miércoles 15 de julio a las
03:396 de la tarde.
03:40El Congreso Nacional, como todos sabemos, es la casa de la democracia y siempre estamos dispuestos a escuchar a todos
03:49los sectores de la sociedad en procura de mantener la estabilidad política, social y económica,
03:56pero sobre todo con la mayor intención del fortalecimiento de nuestro sistema democrático.
04:04Muchas gracias, senadoras y senadores.
04:06Presidente.
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