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La maestra en derecho Esmeralda Lecxiur Ferreira, presidenta de la Asociación Civil Abogadas con Perspectiva detalla qué es el delito de acecho luego de que el Congreso de Veracruz lo integró al código penal.
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Transcripción
00:00Telefónica a la maestra Esmeralda
00:02Alexiur Ferreira, presidenta de la
00:05AC Abogadas con Perspectiva. Maestra
00:08Esmeralda, muy buenas tardes. Les
00:10saludamos Betty y Olivia. ¿Qué nos
00:12dice este delito? Veracruz está
00:15incorporando este nuevo delito al
00:17Código Penal, el delito de acecho.
00:19Se aprobó en el Congreso Local de
00:21Veracruz, en la legislación estatal,
00:23el delito de acecho. ¿En qué
00:25consiste? Muy buenas tardes. Muy
00:29buenas tardes. Más compañeras,
00:31gracias por la invitación. Un
00:33saludo para usted y para todo su
00:34auditorio. Gracias. Claro que sí,
00:36el delito de acecho fue aprobado,
00:38todavía no ha sido publicado en la
00:40Gaceta Oficial, hay que estar
00:42pendientes de cuando ya se ha
00:43publicado, ya sabemos que a partir
00:45de ese momento se nos menciona
00:47cuando entre en vigor, pero bueno,
00:48su su inicio en vigor para el
00:51Estado es inminente. El delito de
00:53acecho está previsto, se hicieron
00:55una, hay que aclarar que se hizo
00:57la modificación en dos
00:59legislaciones, para el Código
01:00Penal y para la Ley de Acceso de
01:02las Mujeres a Vivir una Vida
01:03Libre de Violencia para el Estado
01:05de Veracruz. En el caso de la Ley
01:07de Acceso se modificó para agregar
01:10la violencia por acecho como un
01:13tipo de violencia dentro de esta
01:14Ley de Acceso, y en el Código
01:16Penal se agrega como delito. Se
01:18agrega como delito y en lo que
01:20consiste básicamente es que cuando
01:22una persona sin autorización
01:24alguna, sin consentimiento de otra
01:26persona, que en este caso sería una
01:28posible víctima, realice en más de dos
01:32ocasiones, y por lo menos de dos a
01:35más ocasiones, por cualquier vía, es
01:37decir, vía personal, a través de redes
01:40sociales, por interpósita persona, de
01:43contacto físico, contacto virtual,
01:46realice actos de vigilancia, es decir,
01:49que le esté, pues, como decimos, de
01:51manera muy coloquial para el auditorio,
01:55vigilando, espiando, que la persiga, que
01:59le esté molestando, que tenga
02:01acercamientos inadecuados, a pesar de
02:04que, pues, la persona le está diciendo
02:05que no desea o no está dando
02:08su consentimiento para que esto se
02:10haga. Todo esto con el objetivo de
02:12establecer un contacto con la persona,
02:14no este tema de asedio, por eso se llama
02:16acecho, porque justo lo que consiste es
02:19que estás ahí prácticamente generando
02:21actos de vigilancia, el estar queriendo
02:23grabar, cuántas veces hemos encontrado
02:26a mujeres en situación de violencia, por
02:28ejemplo, en caso de abogadas con
02:29perspectiva, nos llegan, nos han
02:31llegado casos en donde las mujeres nos
02:33dicen, fíjese que tengo un compañero o
02:35un vecino que desde su casa se pone a
02:38tomarme fotografías, cuando salgo, tengo
02:42gente que me está vigilando a través de
02:44su cámara, y esto lo sé porque cuando
02:46paso por ahí, incluso como tiene sonido,
02:48me habla, este, o personas que me van
02:51persiguiendo, un individuo, imagínate,
02:53vas caminando en la calle y de pronto
02:55ves o sentimos muchas veces que alguien
02:57nos va persiguiendo y tenemos esa
02:58sensación y efectivamente te van
03:00persiguiendo y no sabemos a veces con
03:02qué objetivo, a menos que nos
03:03resguardemos. Este delito de acecho,
03:06justo lo que hace es que como afecta
03:08un riesgo a nuestra afectación a la
03:10libertad o la seguridad, es justo que
03:13se le pone una pena que va de los seis
03:15meses a los dos años. Esto cuando no
03:18pasa más allá de algunas cuestiones
03:20muy específicas que se denuncian
03:22agravantes, es decir, el simple hecho
03:24de que cualquier hombre o mujer, a una
03:27mujer o hombre, porque aquí cabe
03:28mencionar que no es un delito
03:30propiamente de género, en el código
03:32penal quedó abierto para mujeres
03:35agresoras como hombres agresores,
03:38aunque bueno, la práctica nos ha
03:39indicado que mayormente la verdad es
03:41que las mujeres solemos ser quienes
03:44más comúnmente hemos sido víctimas de
03:46este tipo de situaciones. Pero aparte
03:49hay algunas agravantes que están
03:50previstas también en otros dos
03:53artículos, se modifica el 176
03:57Quintíes, que es donde viene el delito
03:59de acecho de manera general y con esta
04:01pena de seis meses a dos años de
04:04prisión máximo, pero vienen
04:05agravantes. Te pongo un ejemplo,
04:07cuando este acecho, esta vigilancia,
04:10esta persecución se lleva a cabo en
04:12contra de niñas, niños o adolescentes,
04:15pues sabemos que ahí es un tema
04:17siempre mucho más delicado y tiene
04:18que haber un deber reforzado, una
04:21garantía reforzada de protección, y
04:23eso hace que se agrave un poquito
04:25más, que es una tercera parte, esto es
04:27decir, alrededor de lo que vendría
04:30siendo un año más, ¿no? Más o menos. Y
04:34también, por ejemplo, otro caso en una
04:36persona en condición de vulnerabilidad,
04:38algún tema que tenga que ver de
04:40índole sexual, específicamente por
04:42orientación sexual, por identidad de
04:44género. Otro ejemplo sería en el caso
04:47de que la víctima hayan tenido una
04:49relación de pareja y ya sabes que no
04:52falta que después de una relación que
04:53termina y existen temas de
04:56violencia, incluso esta persona puede
04:58estarte persiguiendo, vigilando, etcétera.
05:01También, por ejemplo, cuando se obliga
05:04el simple hecho de que por esa
05:05vigilancia las víctimas tengan que
05:08modificar hasta sus rutinas, ¿no?
05:09Imagínate, tú ya sabes que esa persona
05:12te está vigilando, que ya sabe a qué
05:13hora vas a tu trabajo, que sales, no sé,
05:16ocho treinta de la mañana para tu
05:17trabajo, y ahí está, ¿no? Para poderte
05:19ver a la hora en que tú vas a ir a tu
05:21trabajo y poderte incluso perseguir,
05:24estarte siguiendo. Justo el hecho de
05:26que tú tengas que incluso modificar tus
05:28rutinas y decir, no, ya no voy a salir
05:29ocho treinta porque ya sé que él ya
05:31sabe mi horario y ahora tengo que
05:33andarme cuidando en eso, eso hace que
05:35también el delito se agrave. Y así
05:37vienen diez hipótesis distintas, en
05:39donde, bueno, las que te comento es una
05:41de ellas, este, pero vienen diez
05:43hipótesis distintas. Una muy
05:44importante es que si ya tienes una
05:46medida de protección, por ejemplo, y ya
05:48te pusieron una medida de protección
05:49contra esta persona, esta persona aún
05:51así no la respeta y lejos de alejarse y
05:53respetar la medida de protección, te
05:55está justo vigilando, ¿no? Entonces, eso
05:59hace que también sea agravada o incluso
06:01que te que cometa daños a tus a tus
06:03bienes muebles o inmuebles, ¿no? Estas
06:06son diez hipótesis donde el delito se
06:08pone un poquito más grave. En ninguno
06:10de los casos sobrepasa los los tres
06:13años de prisión, pero es un avance
06:16importante porque obviamente nos habla
06:19de que se está poniendo hincapié en
06:21que hay conductas que sí se llevan a
06:23cabo en la práctica, pero que no no
06:25había un tipo penal que las pudiera
06:27definir porque, por ejemplo, el acoso
06:28sexual y el hostigamiento sexual van muy
06:31dirigidos hacia el tema, por ejemplo, en
06:33la calle, pero va eso de tipo de índole
06:36sexual. ¿Qué pasa cuando no es un tema
06:38de índole sexual, sino por molestarte, un
06:40posible represaria, una posible forma
06:43de presionarte por tu trabajo, etcétera?
06:45Pueden ser muchas las situaciones. Y
06:47bueno, decir que este delito se persigue
06:50por querella, es decir, es necesario que
06:52la persona que ha sentido que se siente
06:54agraviada por este tipo de conductas
06:58tenga que presentar directamente ante el
07:00Ministerio Público, pues la querella
07:02correspondiente. Y si se trata de niñas,
07:05niños o adolescentes, quien es el
07:07encargado de hacer esta querella va a
07:09ser pues el papá, la mamá, los tutores,
07:12las personas que estén a su cargo, o en
07:14su caso, cuando no se encuentre ninguna
07:16de estas personas, intervendrá la
07:18Procuraduría Estatal de Protección de
07:21Niñas, Niños y Adolescentes.
07:22Muy bien, abogada Esmeralda Alexiur,
07:24¿esto deriva de la ley Valeria?
07:27Sí, claro. Sabemos que hay una tendencia
07:30a nivel nacional. El delito de acecho es un
07:33tipo penal que existe en varias entidades
07:35federativas ya de hace muchos años. Y bueno,
07:39con todo este tema de visibilizar algunas
07:42violencias muy específicas, sabemos que justo
07:45te decía yo que entre los grupos con mayor
07:47vulnerabilidad están las mujeres y entre las
07:50mujeres cada vez más las niñas, niños y
07:53adolescentes, es importante justo decir que
07:56sí, claro, parte del antecedente que motiva
07:59hoy en día a que esta conducta sea tipificada
08:01en Veracruz, es justo estos antecedentes que
08:05tenemos a nivel nacional, ¿no? Pero bueno,
08:07algo que históricamente es necesario y que
08:10insisto, sí que quede claro, a pesar de que
08:13puede estar inspirada en la situación del
08:16caso Valeria, que habla específicamente pues de
08:18una mujer, lo cierto es que el tipo penal para
08:21el estado de Veracruz quedó abierto a que la
08:24víctima o la persona agresora sean de ambos
08:27sexos. Pues muchísimas gracias por la
08:29explicación, maestra Esmeralda Alexior
08:30Ferreira, presidenta de esta asociación
08:33civil Abogadas con Perspectiva. Gracias por la
08:36entrevista para XC1, nos dio mucho gusto
08:38saludarle, que tenga excelente tarde.
08:41Excelente tarde para ustedes, muchas
08:43gracias, un saludo para ustedes de su
08:44auditorio. Gracias, buenas tardes, dos de la
08:47tarde con treinta y seis minutos,
08:48escuchamos a la abogada Esmeralda
08:50Alexior Ferreira, vamos a la pausa.
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