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  • hace 7 minutos
Transcripción
00:00Ya a veces cuando hablamos de catálogo pensamos tal vez de comida o tal vez de ropa,
00:05pero la caja tiene un catálogo según la enfermedad para ver cuántos días se puede ir a la casa.
00:10Y esto es importantísimo que lo conozcamos porque sí se amplía el tema de los padecimientos
00:15para tratar de generar una palabra que es homogeneidad en los criterios médicos
00:21y esto por supuesto que repercute también y nos permite estar más informados
00:24en el momento en el que lleguemos ante un médico.
00:26Por eso hoy vamos a hablar de este tema y lo vamos a desarrollar con la experta que nos acompaña
00:32este día,
00:33Luciana Solorzano, ella es abogada de BDS Asesores, para que nos ayude a navegar todo esto,
00:37sobre todo, Lucía, bienvenida, porque ya está en vigor todo esto
00:42y por supuesto que necesitamos nosotros saber también qué esperar frente a una incapacidad.
00:47¿Cómo estás?
00:47Muy bien, muchas gracias por la invitación, muy buenos días.
00:50Buen tema, Lucía.
00:51Gracias, gracias.
00:52Sí, bueno, el tema de las incapacidades siempre es muy importante estar enterados,
00:57sobre todo como trabajadores, de a qué nos vamos a enfrentar al ir a recibir servicios de la caja
01:03y qué podemos hacer con eso.
01:05Entonces, sí es importante entender, bueno, cuando yo voy, dependiendo del padecimiento que yo presento,
01:10ya con esta lista va a haber un criterio homogenizado, ya no queda tan a la libre del médico
01:16que diga, bueno, por esto me parece que te voy a dar 15 días de incapacidad o 5 o 3,
01:22ya hay un límite que la misma caja dice, no, ¿verdad?
01:25Si lo que tienes es migraña no te pueden dar 10 días, por ejemplo.
01:28Y segundo, también es importante tomar en cuenta que una vez que a mí me incapacitan,
01:33pues ya yo voy a estar restringido para hacer algunas actividades.
01:37Esto a veces los trabajadores tal vez no lo preguntan o no lo tienen tan claro y les puede generar
01:42problemas.
01:43Por ejemplo, si a mí me incapacitan, la obligación básica general es el reposo,
01:49pero dependiendo de ese padecimiento que yo tengo puede ser que me autoricen ciertas actividades.
01:54Yo como usuario de los servicios de la caja tengo que asegurarme que el médico me diga cuáles actividades sí,
02:01porque si yo hago algo que no está autorizado, puedo incluso jugarme el trabajo.
02:05Antes era como una fiesta, ¿verdad?
02:07Usted veía que se incapacitaban 7 días después 8 días y la persona así se llevaba mes, mes y medio,
02:13ahora hay un poquito más de control, pero ¿cómo se determina entonces ahora sí los días según la enfermedad?
02:19Bueno, para eso está el catálogo.
02:20No son días fijos, es un rango, ¿verdad?
02:23Igual sigue habiendo criterio médico, criterio técnico, que es el médico que te revisa
02:27y dice como profesional en salud cuánto tiempo necesitas para recuperar la salud,
02:32que al final ese es el interés de la incapacidad, que la persona pueda recuperarse.
02:37Y sí, siguen habiendo incapacidades bastante extensas,
02:40pero por lo menos ya vamos teniendo ese criterio de hasta cuándo.
02:44El tema de incapacidades siempre genera muchas dudas,
02:47a veces podemos tender a cometer algunos errores desde su experiencia.
02:50¿Qué es lo que está pasando?
02:51¿Qué, inclusive con este catálogo, podríamos nosotros entonces incurrir en un tema frente al patrono?
02:58Uno de los errores más grandes, diría yo, más comunes que cometen los trabajadores
03:03es pensar que si a mí me incapacitan, esa restricción que yo tengo solo durante mi jornada laboral,
03:09y no es así, es durante las 24 horas del día.
03:12Entonces, yo no fui a trabajar porque me incapacitaron,
03:15pero en la noche me fui a jugar un partido de fútbol.
03:17Ahí hay un incumplimiento laboral, aunque ya yo técnicamente no estaba prestando,
03:22o no hubiera estado prestando servicio,
03:24la incapacidad sigue siendo un tiempo de recuperación las 24 horas del día.
03:29Entonces, sí, tener mucho cuidado de que cualquier actividad que la persona pretenda realizar
03:35esté autorizada y no solo verbalmente, el médico tiene que ponerlo en el expediente.
03:39¿Y qué te pasa?
03:40Si, por ejemplo, ya yo publiqué o se dieron cuenta, ¿a qué se enfrenta?
03:45Miralo en Punta Arenas, vea el otro con el tobillo.
03:48No, que incapacitamos.
03:48Ajá, exacto.
03:49Sí, el caso típico, ¿verdad?, que los compañeros lo vieron en redes sociales publicando aquí, ¿verdad?,
03:53en Jacobo, lo que sea.
03:54Sí, claro.
03:55Sí es que se reconoce como falta grave, o sea, falta grave es que puede ser un despido
03:59sin responsabilidad patronal, porque aquí hay una dualidad de incumplimiento.
04:03No solo estoy defraudando a la seguridad social, ¿verdad?, que me está pagando un subsidio
04:08para que yo me recupere, hay una carga social sobre eso, sino que además,
04:13si yo no estoy haciendo el proceso de reposo, estoy alargando el proceso de recuperación
04:18y eso afecta también al patrón.
04:20Ahora, tal vez, tal vez el doctor con criterio médico diga, no, es que el agüita de sal
04:24le va a caer mejor a usted para su recuperación del corazón, puede irse a la playa.
04:30Y si lo pone por escrito, no hay tutía.
04:32Correcto, ahí no hay problema, el médico puede decir, por ejemplo, si te prescribo ir al gimnasio,
04:37dependiendo del pasacimiento, vaya a fisioterapia, vaya a pilates, vaya a la playa, vaya a Disney,
04:43porque lo que está es deprimido, ¿verdad?, pero sí tiene que estar previamente autorizado.
04:47Un error que cometen algunos trabajadores es que se automedican, por decirme así, la solución.
04:53Entonces, por ejemplo, tuvimos un caso de un colaborador que estaba incapacitado
04:59y se fue a santo pecado a tomar con los compañeros y dice, no, es que yo lo que tenía
05:03era conjuntivitis
05:04y a mí me pareció que eso no interfería, ¿verdad?
05:06Entonces, no es que yo decida qué puedo hacer y qué no puedo hacer, tiene que estar expreso.
05:09Y el resto de los compañeros.
05:11Y todo el mundo ve que con el ojo así va.
05:14Licenciada, también hablemos de esta parte de cada cuánto, porque a veces uno conoce
05:20y hay casos también de personas que pasan incapacitadas.
05:24Con este catálogo, con esta nueva normativa también que se tiene, ¿se limita un poco eso?
05:31¿Una persona puede estar recurrentemente siendo incapacitada frente al patrono también?
05:35Porque creo que es importante incluso para quienes hoy están manejando personal.
05:39Sí y no. O sea, igual puede ser que yo fui, por ejemplo, en emergencias,
05:45me dieron una incapacidad de tres días, pero si vuelvo a ir a los tres días
05:48y nuevamente hay un criterio de que me tienen que volver a incapacitar,
05:51realmente no hay un límite hasta cuándo yo puedo seguir obteniendo prórrogas, por decirles, incapacidades.
05:56Vea qué interesante, tortícules, hemorroides, cuatro días, crisis de hipertensión, cuatro días.
06:02Entonces, es importante que la gente vea que este es un más menos, ¿verdad?
06:07Es el rango de días que le pueden dar.
06:09Vea, por dolores de cabeza hasta tres días, por temas de ojitos y sus anexos, cuatro días,
06:15otitis, tres días, el tema de enfermedades odontológicas también tres días.
06:19Hay diarrea que nos de dos días, mi querida Jen.
06:21Ahí está, ¿no?
06:22Dice diarrea a dos días.
06:22¿A dónde no pueden pringar pingüepúchica de tres a cuatro?
06:26Dios mío, sí, imagínate vos.
06:29Tortícules, sí, cuatro días.
06:31También el tema de lumbalgia, si usted tiene dolores de espalda, vea, ojo, hasta siete días también.
06:39Sí, por lo menos eso obliga a que después de esa primera incapacidad tenés que volver a revisión.
06:45Entonces, no es una incapacidad tan extendida desde el inicio.
06:49El tema, de hecho, lo veíamos hacia el final de la lista, el tema de la parte mental también, ahí
06:57decía, como crisis psiquiátricas,
06:59pero evidentemente antes de llegar tal vez a un episodio de estos también hay, por ejemplo, el famoso tema del
07:04burn out,
07:04los trabajadores que están ya agotados, que ya tienen el tema de la fatiga relacionada al trabajo.
07:10¿Esto también viene dentro de este catálogo?
07:13Sí, estaría relacionado a la parte mental, que también te da un rango de días.
07:18Usualmente, cuando una incapacidad muy prolongada, está relacionada a temas de salud mental.
07:24Hablemos un poquito de la otra cara de la moneda, del doctor que hace esta incapacidad,
07:30porque uno siempre decía, es que él me hace una incapacidad tres, cuatro días.
07:34¿Qué consecuencias puede tener un doctor o una doctora que haga esto, digamos, por la libre?
07:41Bueno, son consecuencias tanto administrativas como incluso a veces hasta nivel penal,
07:46porque estamos emitiendo criterios que no son, entonces pueden llevarse a una suspensión en el colegio de médicos,
07:52porque aunque sea, son de la caja, pero también siguen siendo médicos públicos o privados,
07:57entonces puede ser una suspensión, igualmente un proceso disciplinario en la caja por no seguir los lineamientos.
08:02Ahora, el tema de médico privado, ¿puede emitir una incapacidad que yo luego tengo que llevar a la caja
08:10para que me lo convalide? ¿Cómo funciona ese proceso?
08:12Pensando también en personas que hoy están manejando una empresa, ¿verdad?
08:16O tienen un negocio y de repente le llega el trabajador con algo de médico privado.
08:21Sí, incapacidad como tal, no, porque la incapacidad solo la caja está autorizada a emitir,
08:25la o el INSS, digamos, en el caso de riesgos de trabajo.
08:27Lo que un médico privado sí puede dar son recomendaciones y dependiendo de esa recomendación,
08:33la caja la valida.
08:35Entonces, esa recomendación, en principio, si no es más de tres, cinco días,
08:40la caja te la valida casi que automáticamente.
08:42Si es más, va a decir, no, venga para acá.
08:44Venga para verlo más de cerca.
08:46Para ver qué, sí, para ver qué me estás recomendando.
08:47Que no haya triquiñuelas.
08:48Qué importante lo que nos dice don Oscar, dice,
08:52me operan mañana de reemplazo de cadera, soy trabajador independiente
08:55y mi esposa es maestra del MEP.
08:58¿Qué puedo hacer para un trabajador independiente?
09:01Bueno, los trabajadores independientes, si él está asegurado, ¿verdad?
09:04Técnicamente debería estar reportado a la caja,
09:06también puede aplicar para una incapacidad porque él tiene un ingreso reportado.
09:10Tal vez la diferencia acá, cuando hay una operación, hay un internamiento,
09:14usualmente la incapacidad se emite a la salida
09:16porque no necesariamente se sabe cuánto tiempo va a ser ese internamiento.
09:20Ok.
09:20Para que lo tenga ahí don Oscar, entonces también presente.
09:24Este es el espacio de la consulta, 2290-6247.
09:27Si usted quiere hacer también sus preguntas, creo que hay otra.
09:31Sí, dice esta persona que también lo mandaron a la casa,
09:35pero que le cuesta mucho recuperar la plata.
09:38O sea, a la hora de cobrar esa plata, ¿cómo hace?
09:40No sabe cuál es el trámite.
09:42En buena teoría, en la caja todos tenemos,
09:45si tiene una cuenta en el sistema bancario nacional,
09:47ya está registrada en la caja, o sea, si no la tiene, porque eso es automático,
09:51entonces debería ir al EVAIS o al centro, ¿verdad?,
09:53que le corresponde para ver eso, pero sí, usualmente es automático.
09:57Ok.
09:57Nos pregunta doña Fanny, ¿cómo funciona el tema por servicios profesionales?
10:02Si yo me enfermo, ¿qué me puede decir?
10:04Bueno, el tema de los servicios profesionales es que no hay un patrono reportado
10:08que te asegure, pero un servicio profesional es un trabajador independiente,
10:12el trabajador independiente se puede solito, ¿verdad?, reportar,
10:17o debe, incluso debe reportarse a la caja como trabajador independiente,
10:20y ahí obtiene el seguro.
10:22¿Dónde puedo conseguir este catálogo, doña Andrea Macís?
10:26No le sé decir porque no está publicado,
10:28es una de las cosas que hemos estado conversando,
10:30que uno dice, bueno, salió, ¿verdad?,
10:32pero oficialmente no hay una publicación porque es un documento interno de la caja,
10:37es para los médicos.
10:38Bueno, vamos a hacer un resumen también de lo que hemos venido conversando,
10:41usted ya lo va a tener en pantalla,
10:43sobre todo pensando, mi querido Ítalo,
10:45en esas actividades permitidas y las actividades que son más bien incompatibles.
10:50Ponga la atención a esto, lo que sí se puede,
10:52atención médica y tratamiento, actividades esenciales de subsistencia,
10:57salud ocupacional, actividad terapéutica,
10:59y también citatorios judiciales o administrativos.
11:02Y las que son incompatibles, la prestación de servicios remunerados,
11:05es decir, mientras usted esté incapacitado,
11:07no debería estar generando ninguna actividad productiva,
11:11actividades físicas o recreativas no autorizadas médicamente,
11:15las conductas que sean incompatibles también con el reposo que le prescribió el médico,
11:19el riesgo de agravamiento o prolongación del padecimiento,
11:22justamente por eso,
11:23y objetivamente, sí, contradictorias con el diagnóstico.
11:27Ah, ok,
11:27que esas actividades sean contradictorias con ese diagnóstico.
11:31A las 8 con 53,
11:32tengan en cuenta entonces usted estas recomendaciones que nos deja hoy la abogada Lucía Solosa.
11:38Si lo mandan a Punta Arenas, que sea por escrito, ¿verdad?
11:41Sí, sí.
11:42Los pelitos hablan.
11:43Correcto.
11:44Sí, el trabajador sí tiene que asegurarse,
11:46no es que tiene que ir a presentarse a la patrona directamente,
11:48pero si me cuestionan,
11:49debería estar en posibilidad de justificar por qué andaba en Punta Arenas.
11:52Lucía, muchísimas gracias.
11:53A ustedes, muchas gracias.
11:54Gracias, licenciada.
11:55Buen día.
11:55Katherine Ortega.
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