00:00Noticias de último momento, tenemos ya en pantalla la resolución ministerial última
00:04desde el Ministerio de Economía que tiene que ver con el tipo de cambio flexible.
00:08Atención, se lo vamos a detallar. ¿Qué es lo que dice?
00:12Que el numeral 2 del artículo 175 de la Constitución Política del Estado
00:15establece como atribución de las ministras y los ministros de Estado
00:19el proponer y dirigir las políticas gubernamentales en su sector.
00:23Que los incisos 1, 2 y 22, parágrafo 1, artículo 298 de la Constitución Política del Estado
00:29determinan que es competencia privativa del nivel central del Estado
00:34entre otros el sistema financiero, la política cambiaria y la política económica.
00:40Resolución ministerial 26 de junio 2026 desde el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas.
00:46Por tanto, el ministro de Economía y Finanzas Públicas
00:49en ejercicio de las atribuciones conferidas por la normativa vigente
00:52y en el marco de las atribuciones constitucionales y reglamentarias
00:55del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas
00:57resuelve, atención, primero, establecer un régimen cambiario flexible
01:02a efectos de fortalecer la estabilidad macroeconómica,
01:06preservar la competitividad externa y contribuir al equilibrio de la balanza de pagos.
01:11Segundo, el tránsito al nuevo régimen cambiario
01:15será ejecutado por el Banco Central de Bolivia
01:17en el ejercicio de las atribuciones y competencias conferidas por la ley número 1670
01:23de 31 de octubre de 1995, teniendo como base
01:27el reconocimiento de la oferta y la demanda diaria de divisas
01:30en el sistema financiero.
01:34Y tercero, disponer la publicación de la presente resolución
01:39en medios de prensa de circulación nacional
01:41y en el sitio web www.economyfinanzas.gov.bo
01:48Estaremos con las repercusiones de esta resolución ministerial
01:51desde el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas.
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