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  • hace 6 horas

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Transcripción
00:00Tenemos que hablar de lo que usted que está en casa probablemente le interese.
00:04¿Tiene un crédito bancario? Pues le contamos que el sistema bancario está aplicando ya la ley de alivio financiero
00:10para todas aquellas personas que cuenten actualmente con un crédito.
00:15El Sistema Financiero Nacional viene aplicando el Decreto Supremo 5630 de alivio financiero
00:22para todas las personas afectadas por las movilizaciones y los bloqueos.
00:27El Decreto Supremo en sus seis artículos y uno transitorio establece el procedimiento para acceder de manera voluntaria.
00:37Eso es clave, esto no es de oficio.
00:39Detallaron que es de forma voluntaria.
00:41Los prestamistas de los bancos deben solicitar ya sea el refinanciamiento o la reprogramación de la deuda.
00:48Las reprogramaciones a un crédito vigente en el cual simplemente se van a modificar ciertas condiciones de ese crédito
00:56como ser el plan de pagos, el tiempo de pago, los plazos, es decir, se hace una adenda para modificar
01:06simplemente estas condiciones.
01:08Y el refinanciamiento implica un nuevo crédito.
01:13Todo esto tiene que ser a través de un análisis propio de cada entidad financiera.
01:18Y a tomar mucha atención, este periodo va a ser de tan solo 30 días desde la publicación del decreto.
01:25Tenemos un plazo, las entidades financieras, de 30 días, 30 días calendario para hacer esta evaluación.
01:34Entonces, durante esos 30 días, ese Decreto Supremo establece también un plazo de prórroga.
01:42Se establecen además beneficios adicionales, como es el caso del periodo de Gracia.
01:47Establecido en esta normativa, que es el periodo de Gracia.
01:51Una vez que se establezca, sea refinanciamiento o sea reprogramación, va a poder acceder a un periodo de Gracia.
01:58Este periodo de Gracia es entre uno a seis meses.
02:01¿Y qué significa? Que durante este periodo de Gracia tampoco va a cancelar ya sea los intereses, el tema de
02:10los seguros y demás.
02:11Y recuerde, la ciudadanía que tiene deudas con el sistema financiero, ya sea con créditos de consumo, créditos unipersonales, créditos
02:20familiares o de vivienda, puede acogerse a este Decreto Supremo.
02:25Cabe aclarar también que los beneficiarios pueden ser personas naturales o pueden ser personas jurídicas también.
02:31El tema de los montos no existe. En el Decreto Supremo no existe. Eso va a pasar por una evaluación,
02:37obviamente, de cada institución financiera.
02:39¡Gracias!
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