00:00Vamos a hacer una llamada telefónica a Jorge Mosto, el exgerente de tránsito de la Municipalidad de San Isidro.
00:06Espero me conteste para poder conversar con él sobre este tema que estamos tratando aquí en la hora del volante
00:16con las denuncias de varios administrados que han visto bloqueadas sus cuentas,
00:23que han visto embargadas sus cuentas producto de estas infracciones impuestas por la Municipalidad de San Isidro
00:31por estacionar en lugares prohibidos.
00:34Infracciones que deberían ser impuestas por la Policía Nacional del Perú asignado al control de tránsito
00:42y no precisamente por un municipio, y lo dice claramente el Reglamento Nacional de Tránsito.
00:50Buenas tardes, señor Mosto.
00:53Sí, ¿cómo estás? ¿Qué tal? Buenas tardes.
00:55¿Cómo estás, señor Mosto?
00:56Llamándolo para conocer un poco por qué la Municipalidad de San Isidro, cuando no tiene facultades,
01:03según el Reglamento Nacional de Tránsito, impone infracciones precisamente al Reglamento Nacional
01:09por estacionar mal, cuando es una papeleta conocida en las normas de tránsito como la G-47.
01:15Sin embargo, la Municipalidad de San Isidro impone papeletas de acuerdo a una ordenanza municipal
01:21que me parece es la 531, hasta con 50% de una UIT.
01:26¿Qué ocurre en San Isidro?
01:28Bien, buenas tardes.
01:30Un saludo ante todo a todos los oyentes.
01:33Entonces, precisar respecto a la ordenanza 531, esta es la ordenanza que regula el régimen
01:39de la actividad de fiscalización y aplicación de sanciones administrativas.
01:43Esta ordenanza solamente ha sido aplicada por la Municipalidad de San Isidro hasta el mes de mayo del 2025.
01:49A raíz de la sentencia del Tribunal Constitucional, nosotros hemos considerado adecuar estas actividades
01:56de fiscalización al marco normativo que actualmente regula la fiscalización del tránsito.
02:03Nosotros tenemos claro y por disposición también de nuestra señora alcaldesa,
02:07estamos efectuando un proceso de ordenamiento bastante intensivo en el distrito
02:12y en ese sentido nuestras acciones se adecúan básicamente al marco normativo actual.
02:17En su momento, si bien es cierto, la ordenanza que tiene rango de ley
02:21permitía a las municipalidades distritales en general y no solamente a San Isidro
02:26aplicar este tipo de infracciones, la finalidad de este trabajo ha sido poder atender
02:32la gran demanda de requerimiento que tenemos de la ciudadanía
02:36por distintos problemas y inconvenientes que se han estado presentando en las vías públicas.
02:42Entonces, a través de nuestra central de alerta San Isidro, hemos recibido constantes llamadas
02:47de nuestros vecinos, de los ciudadanos informando situaciones realmente graves
02:53como son el bloqueo de las cocheras, hemos encontrado incidencias donde, por ejemplo,
02:58personas que han tenido que ir a una atención médica a tener una emergencia de salud
03:03no podían salir o ingresar a sus casas porque encontraban los vehículos que estaban tapando
03:08los ingresos de las cocheras, entre otras infracciones que se han venido presentando
03:14y que afectaban la seguridad de nuestros vecinos. Es por ello que herramientas como las que menciono
03:20han ayudado muchísimo a poder brindar mejores condiciones de seguridad a la ciudadanía.
03:26No obstante, a raíz de las disposiciones que todos conocemos, la Municipalidad de San Isidro
03:31está adecuando su marco sancionador y desde el mes de mayo del 25, este tipo de infracciones ya no son
03:39colocadas.
03:40No son colocadas las infracciones, pero sin embargo se siguen cobrando, se siguen debitando,
03:45se siguen bloqueando, se siguen embargando cuentas. Cuando usted mismo, el señor Mosto,
03:50está admitiendo que producto de este fallo del Tribunal Constitucional, las municipalidades distritales
03:56no tienen competencias ni facultades para imponer sanciones al tránsito.
04:01Solo las municipalidades provinciales y el MTC a través de la Policía Nacional
04:05asignado al control del tránsito. ¿Por qué se siguen cobrando? ¿Por qué se siguen embargando cuentas?
04:10Tengo el caso acá de la señora María Vázquez que le han embargado 6 mil soles y hace poco, esta
04:16semana.
04:18No, el 31 de marzo.
04:20Como bien lo han mencionado, tenemos...
04:22Solo varios meses.
04:25...estas disposiciones y antes de la sentencia del Tribunal Constitucional
04:29hemos venido accionando en base al marco legal establecido.
04:35Las acciones que usted menciona están contenidas en una disposición normativa y legal,
04:41como es una ordenanza en el 530.
04:44Las acciones que usted menciona respecto al embargo, por ejemplo,
04:48también tienen un régimen legal, un régimen normativo.
04:51No hemos actuado contraviniendo alguna disposición
04:54por cuanto este tipo de accionar de la autoridad
04:58basa, por ejemplo, en el texto único ordenado de la ley de ejecución coactiva.
05:02El régimen administrativo, mediante el cual las municipalidades
05:06van a dar cumplimiento a sus propias ordenanzas,
05:10se rigen en base a los principios normativos y a las disposiciones legales
05:13que están vigentes.
05:15Vuelvo a repetir, a partir de la sentencia nosotros hemos adecuado ya
05:19nuestro marco regulador y no venimos aplicando este tipo de infracciones.
05:25Pero entonces, ¿por qué los embargos se dan este año?
05:27Por ejemplo, si ya desde el año pasado no están cumpliendo con esta ordenanza
05:32de imponer infracciones al tránsito.
05:34Las infracciones corresponden al periodo en el cual
05:40esta aplicación de esta actividad fiscalizadora
05:44se ha desarrollado antes de la sentencia del Tribunal Constitucional.
05:48Y la sentencia no es retroactivo, no estamos yendo hacia atrás
05:52respecto a las evidencias o infracciones que se han impuesto.
05:56Pero sí es retroactivo cuando favorece al administrado, señor.
06:00La ley es clarísima, la ley de procedimiento administrativo general
06:03es clara y también lo dice la Constitución Política del Perú.
06:10Ninguna ley es retroactiva salvo le favorezca o al reo o al administrado.
06:15En este caso, este fallo del Tribunal Constitucional,
06:19si bien se dictó en el 2024-2025,
06:25debería ser retroactivo porque les favorece a todos los administrados.
06:28Y usted como abogado debería saberlo.
06:32No, en este caso, como bien le menciono,
06:35básicamente es incumplimiento de las disposiciones
06:37que se han mantenido vigentes.
06:40En esta unidad el accionar tiene por finalidad prevalecer
06:44y acá hay un tema importante que se debe tener en cuenta,
06:46es el bien común, es la seguridad de las personas.
06:49Tenemos que referirnos a situaciones que han puesto en riesgo
06:52la seguridad de los ciudadanos, como es el hecho.
06:56Claro, pero ese trabajo es gestión municipal.
07:01Ese trabajo es, digamos, mancomunado con la Policía Nacional,
07:04con la Policía de Tránsito para que haga cumplir las normas de tránsito,
07:08para imponer papeletas, para la remoción del vehículo
07:13y no imponer papeletas, digamos, de acuerdo a la ordenanza
07:16que es del 50% de una UIT, cuando en el Reglamento Nacional
07:20dice claramente 28% y con el pronto pago eso es 75 soles.
07:25Y además, las infracciones al tránsito es para sancionar al conductor
07:31y para reducirle sus puntos en el récord de conducir.
07:33En este caso, las infracciones o las papeletas impuestas por los municipios
07:38simplemente es un mecanismo netamente recaudador,
07:42porque al conductor ni se le identifica ni se le reduce los puntos.
07:48Ahí, básicamente, y usted lo debe saber, el tema de la capacidad fiscalizadora
07:54es la problemática en toda la ciudad y en las principales ciudades
07:58el incumplimiento de las normas es una constante que los mismos ciudadanos
08:01acuden a las autoridades para que las autoridades puedan intervenir
08:05ante situaciones como las que he mencionado.
08:07Correcto, la fiscalización de la policía es en base al reglamento de tránsito,
08:12pero las municipalidades provinciales, las municipalidades distritales
08:16están llamadas también a poder articular ante situaciones
08:20que evidencian determinados hechos que puedan poner en riesgo
08:24la seguridad vial, la ocurrencia de accidentes
08:26y la autoridad ajena a esa problemática.
08:30Pero es gestión y fiscalización a los municipios distritales
08:33y las provinciales supervisar, detectar infracciones, imponer sanciones
08:37y aplicar las medidas preventivas.
08:39Está clarísima la norma.
08:42Bien, señor Mosto, muy amable. Gracias por sus declaraciones.
08:44Por supuesto.
08:45Ok, buenas tardes.
08:46Muy amable, gracias.
08:48Bien, clarísimo lo que acaba de declarar el señor Mosto.
08:55Jorge Mosto, subgerente de tránsito de la Municipalidad de San Isidro.
09:00No se están imponiendo más papeletas, más infracciones por estacionar mal
09:04en San Isidro desde mayo del 2025.
09:07Sin embargo, se siguen cobrando.
09:09Y cuando le digo que ninguna ley es retroactiva, es cierto,
09:12pero solamente es retroactivo cuando favorece al administrado,
09:16no sabe qué responder.
09:17Ustedes lo han escuchado.
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