00:00¿Este alivio financiero, que no solamente para el sector del transporte, sino para todos los que tenemos créditos,
00:05¿va a permitir modificar la tasa de interés, por ejemplo?
00:10Sí, esa es una muy buena pregunta. A ver, en el decreto lo que se plantea es que en el
00:14refinanciamiento y reprogramación,
00:16que es voluntario, ¿no? Esto quiero reclarar, es voluntario, la persona que sí lo requiera va al banco,
00:22negocia, plantea la situación, el banco también evidentemente hace una evaluación crediticia,
00:26como corresponde a cualquier crédito, y le planteará un plan de pagos que se ajuste mejor a la nueva realidad
00:31o al impacto que va a tener su realidad económica por los bloqueos.
00:35El decreto lo que plantea es que durante el proceso de renegociación y refinanciamiento,
00:42para empezar, no se le puede bajar la calificación crediticia a la persona.
00:45Entonces, si tú te acercas y ya planteas esto, no te pueden bajar la calificación.
00:52Y segundo, la tasa que te tienen que otorgar, y esto es algo que está regulado ahí,
00:56no puede ser mayor a la que tenías previamente, ¿no?
00:58Si tú en la negociación, en el acuerdo que puedes llegar y en el análisis que haga el banco,
01:03se puede acordar una tasa más favorable, esa opción sí está abierta,
01:07pero lo que no se puede es que te cobren una tasa mayor a la que te estaban cobrando en
01:12tu crédito original.
01:14Entonces, le da la posibilidad, digamos, al cliente de una entidad financiera,
01:20negociar con la entidad financiera, o sea, le permite negociar.
01:23Y si uno está de acuerdo, lo acepta, pero es de manera voluntaria.
01:26Eso permite el decreto.
01:28Correcto.
01:28Y puede ser un refinanciamiento, que es quizá tener un poco más de recursos,
01:32o una reprogramación que pueda ampliar el plazo.
01:35En el periodo de gracia, como te comentaba, no va a haber pago de intereses y capitales,
01:39de seguros.
01:41Y una vez que se perfecciona la nueva operación,
01:44en el nuevo plan de pagos, los primeros tres meses de pagos,
01:47está también reglamentado que no se va a poder cobrar, digamos,
01:51el capital o los intereses o los costos que haya habido en estos seis meses
01:57que no se pagaron, digamos, si es que si hubiera sido la negociación.
02:00Y recién a partir del tercer mes se podría cobrar,
02:02pero esto se puede negociar también, el decreto lo plantea.
02:05Puedes hacerlo poco a poco en los meses o puedes ponerlo al final de tu crédito.
02:09Eso cada persona lo va a poder negociar con el banco
02:12de la forma que mejor se le acomode a su situación.
02:14Y de hecho, eso creo que es una de las ventajas de este decreto supremo.
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