00:00Una sanción de prisión de 1 a 8 años y una multa económica es la reforma al Código Penal
00:06que aprobó el Congreso de Jalisco, en donde se incluye como delito los contenidos de naturaleza
00:11sexual creados por inteligencia artificial sin el consentimiento de la persona representada,
00:17los que son denominados Deep Fakes. En la sesión del Congreso más reciente se aprobó en forma
00:23unánime la reforma al artículo 176 bis del Código Penal del Estado presentada por el diputado de
00:30Agamos, Donatiu Bravo Padilla, quien explicó que lo que esta reforma defiende es concreto,
00:36la dignidad, la intimidad y la vida privada de cualquier persona que pueda ser víctima de este
00:42tipo de agresión digital. El grupo parlamentario de Agamos, preocupado por la irrupción de la
00:51inteligencia artificial y de software que está circulando incluso entre niños en la educación
01:00básica, secundaria, escuelas preparatorias, que tienen como propósito o despropósito utilizar la
01:08inteligencia artificial para crear contenidos que violentan la individualidad y la vida sexual de
01:16las personas crean a través de estos pequeños programas, crean imágenes que vulneran la privacidad
01:29de la vida sexual de las personas contra su voluntad y incurren en un acoso.
01:37Las consecuencias documentadas para quien se difunde su imagen falsa son devastadores,
01:42generan vergüenza, ansiedad, depresión y opresión pública y se agravan cuando la tecnología se
01:48convierte en instrumento de extorsión. Una persona puede recibir en su celular el contenido falso junto
01:56con una exigencia bajo amenaza de difundirlo en forma masiva. El diputado Bravo Padilla dijo que son
02:02las mujeres quienes enfrentan este riesgo de forma desproporcionada, por lo que la reforma tiene
02:08también una dimensión central de protección frente a la violencia de género. La reforma amplía al
02:14alcance de la denominada Ley Olimpia, que ya sancionaba la difusión no consentida de imágenes
02:20o videos sexuales manipulados o alterados. Sin embargo, los deepfakes generados desde cero,
02:28sin partir de un contenido real previo, no podían considerarse estrictamente manipulados ni alterados,
02:34lo que generaba una laguna jurídica que impedía proteger a las víctimas con base en el principio
02:40de taxatividad penal establecido en el artículo 14 constitucional. Hay un caso internacional registrado
02:48en 2084 que ilustra lo que ocurre cuando la ley no es suficientemente precisa. En Córdoba,
02:55Argentina, un joven de 19 años generó y publicó imágenes pornográficas falsas de 16 de sus compañeras
03:02de colegio. Ante la ausencia de tipo penal específico, el fiscal debió encuadrar la conducta
03:08en lesiones graves calificadas por violencia de género. De esta forma, Jalisco le pone freno a que
03:15la IA sea usada para agredir a mujeres con imágenes fabricadas. Para UDG Noticias, Ignacio Pérez Vega.
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