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  • hace 5 horas

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00:00...que no me pierda y estamos iniciando con una información de último momento relacionada a un tema y un problema
00:06coyuntural que es el abastecimiento de carburantes, la calidad de los carburantes y un decreto supremo recién salidito del horno,
00:17acaba de salir del horno este decreto supremo que se lo paso a leer a continuación, es el decreto 5617.
00:26¿Cuál es el tenor del decreto? Se lo leo, artículo 1, objeto en el marco de la emergencia energética y
00:33social establecida por el decreto supremo 5517 de 13 de enero de 2026 y con la finalidad de garantizar el
00:40abastecimiento de hidrocarburos en el mercado interno, el presente decreto tiene por objeto autorizar a YPFB, atención con esto, autorizar
00:49a YPFB de manera excepcional la adquisición de hidrocarburos mediante operaciones en el mercado spot internacional,
00:56así como establecer las condiciones para el control de calidad, que es el mercado spot internacional, lo explique el decreto,
01:04se lo leo enseguida.
01:05Autorización, dice el artículo 2, a fin de garantizar el abastecimiento continuo de hidrocarburos en el mercado interno, se autoriza
01:13YPFB de manera excepcional a realizar contrataciones directas en territorio extranjero para la adquisición de hidrocarburos, contrataciones directas mediante operaciones
01:26en el mercado spot internacional,
01:28cuando las condiciones de oferta, demanda, disponibilidad y oportunidad así lo requieran con estrictas condiciones de calidad.
01:37Sigue el decreto, artículo 3, condiciones para la adquisición en el mercado spot, aquí viene la explicación.
01:43Las adquisiciones en el mercado spot son aquellas operaciones de compra inmediata de hidrocarburos a precio de mercado vigente, con
01:53entrega de producto a corto plazo y sin sujeción a contratos de largo plazo.
02:00No hay contratos de largo plazo, dice el parágrafo segundo del artículo 3 de este decreto, las adquisiciones en mercado
02:09spot deberán sustentarse en criterios técnicos, económicos y de oportunidad considerando disponibilidad inmediata de productos, condiciones de mercado internacional, necesidad
02:21de garantizar el abastecimiento.
02:24El parágrafo 3 dice, YPFB es responsable de garantizar que los hidrocarburos adquiridos en mercado spot, cumplan con los parámetros
02:31técnicos de calidad establecidos dentro de la norma vigente.
02:36El artículo 4, proceso de adquisición para la compra spot.
02:40El presidente ejecutivo de la máxima autoridad ejecutiva de YPFB es el responsable del proceso de adquisición, pudiendo delegar dicha
02:49función mediante resolución expresa.
02:51Al tratarse de adquisiciones excepcionales, sigue, no se requerirá autorización del directorio de YPFB, no se requerirá autorización del directorio
03:01de YPFB prevista en los estatutos aprobados por decreto supremo correspondiente.
03:05YPFB deberá realizar invitaciones a proveedores extranjeros, pudiendo recurrir a su base de datos existente en la adquisición de hidrocarburos,
03:16para la adquisición de hidrocarburos.
03:18Más bien dicho, a efectos de registro del sistema de contrataciones estatales, SICOES, y el sistema de registro de contratos
03:25de la Contraloría General del Estado,
03:28la carta de aceptación de oferta tendrá calidad de contrato.
03:33Para la adquisición en el mercado spot, YPFB no requerirá garantía de cumplimiento de contrato, debido a que el pago
03:40será efectuado contra entrega del producto
03:43y de manera posterior a la entrega del producto y previa verificación de los parámetros de calidad.
03:50¿Qué le parece? Bueno, esto uno entiende, es para agilizar, uno, la compra de carburantes, la adquisición, ya no se
04:00tienen que hacer contratos tipo Trafigura, tipo Vitol,
04:04que son los vigentes con adendas correspondientes, ya más rápido, más ágil, más directo, estableciendo medidas de calidad.
04:13No necesita incluso autorización del directorio de YPFB en un sentido de oportunidad, precio, mejor precio.
04:20Es decir, el precio, acá, acá, el precio está bueno, compremos de acá, sí, al mercado spot internacional, así se
04:28denomina.
04:29Bueno, son los términos que se manejan técnicamente para este tipo de adquisiciones.
04:33Y así se va a ir adquiriendo el combustible sin aguardar el cumplimiento de esos contratos engorrosos.
04:40Bueno, es una medida, le insisto, es el decreto 56.17, acaba de ser publicado en la Gaceta Oficial y
04:50tiene que ver con esto que le acabo de leer,
04:52relacionado a poder abastecer de mejor manera al mercado interno de carburantes y con mejor calidad, obviamente.
05:02¿Funcionará esto? ¿Funcionará este decreto?
05:05Esto, evidentemente, le da mayor, ¿qué le digo?
05:10Le da mayor holgura, si usted quiere, le da mayor holgura a YPFB para moverse en un mercado que estaba
05:17sujeto a un par de contratos extraños,
05:21raros, cuestionados en su momento.
05:24Pero, caramba, a ver, esperemos que funcione.
05:30Pero como está internamente YPFB, como se dice que está internamente YPFB,
05:38cuidado, cuidado, que alguien, alguna de esa mala hierba de YPFB, si me permite el término,
05:46utilice este tipo de normativa para beneficio propio.
05:51Claro, si nos hubieran informado a la población de que ya esa mala hierba ha sido cortada definitivamente de YPFB,
06:00ya no hay mala hierba y YPFB está saneada, uno diría, ah, esto va a funcionar bárbaro,
06:06esto le va a ayudar, como le digo, le va a dar mayor holgura a YPFB y mayor movimiento, mayor
06:11cintura
06:12para poder abastecer, mejor calidad, etcétera, etcétera.
06:14Pero sabiendo y conociendo.
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