00:01¿Cuál es la restitución de tierras?
00:03Es la oportunidad que tienen las víctimas de la violencia para recuperar sus tierras.
00:07Se les devolverá los derechos de propiedad y el bien.
00:10¿Cuándo se podrá reclamar restitución de tierras?
00:13A partir del 1 de enero del año entrante.
00:17¿Quiénes la pueden pedir?
00:18Quienes hayan sido víctimas de despojo o abandono forzado a partir de 1991.
00:24¿Ante cuál entidad se solicita?
00:26En la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras o los jueces civiles del circuito y salas civiles
00:33de tribunales.
00:34¿Cuánto tiempo demora?
00:3690 días para incluir el caso en el registro de tierras despojadas y cuatro meses para que un juez falle.
00:42¿Qué pasará si alguien se hace pasar como víctima?
00:45Tendrán una pena de prisión entre 8 y 12 años.
00:48¿Empresas privadas y funcionarios tendrán que reparar a las víctimas?
00:51Esto se tendrá que llevar ante un juez especializado para que decrete la responsabilidad de esa empresa privada o servidor
00:58público y tendrán que ser condenados a reparar a las víctimas.
01:02¿Las víctimas recibirán protección?
01:04A quienes se va a proteger en mayor grado son aquellas vinculadas a la restitución de tierras.
01:10¿Las víctimas pueden pedir indemnización por vía judicial y administrativa?
01:14Puede renunciar a esa acción y suscribir un contrato de transacción donde acepta que esa indemnización del Estado cubre los
01:24prejuicios recibidos.
01:26También los colombianos podrán hacer aportes a las víctimas en cajeros electrónicos o almacenes de cadena.
Comments