Saltar al reproductorSaltar al contenido principal
  • hace 1 hora

Categoría

🗞
Noticias
Transcripción
00:00el debido proceso o la tutela judicial efectiva.
00:04En consecuencia, no corresponde conceder la tutela solicitada.
00:10Por tanto, la Sala Constitucional, en ejercicio de la jurisdicción competencia
00:16que por la Constitución Política del Estado y el Código Procesal Constitucional ejerce,
00:22se suele denegar la tutela solicitada por Zene Yawasi Karamani
00:28al no haberse evidenciado vulneración de sus derechos a la participación política,
00:34al sufragio pasivo, al debido proceso, en sus elementos de motivación,
00:43fundamentación, congruencia y valoración razonable de antecedentes
00:48ni a la tutela judicial efectiva.
00:51Se deja constancia que la presente decisión se funda en los actos impugnados
00:57constituyen aplicación de una consecuencia jurídica prevista
01:04por la Ley Nº 026 del Régimen Electoral
01:08dentro del marco del principio de legalidad
01:11y sin que corresponda a esta jurisdicción tutelar
01:15desplazar por vía de amparo el contenido normativo de los artículos 64.

Recomendada

Notivisión
hace 7 minutos
Notivisión
hace 55 minutos