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  • hace 5 horas

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00:00Al ingresar al sitio del Tribunal Supremo de Elecciones, se pueden realizar consultas civiles
00:05mediante el nombre y número de cédula de las personas. Aquí se podrán ver datos como
00:10fecha de nacimiento, nombres e identificación de los padres, edad, hijos, matrimonios y
00:16lugar de votación. Esto ha sido así desde hace más de 20 años, pero un proyecto de
00:21ley busca restringir ese acceso y devolverle a los costarricenses el manejo de sus datos.
00:26A pesar de coincidir en la importancia de proteger la información personal, el Tribunal
00:31advierte que la propuesta presenta falencias técnicas. Para el Tribunal, los cambios deberían
00:36hacerse a la Ley de Protección de Datos y no a la normativa electoral.
00:41La valoración de si un dato debe ser público, restringido o confidencial es una valoración
00:45entre este principio política del legislador, o sea, la Asamblea Legislativa es la que debe
00:50definir cuál es la naturaleza del dato. Sin embargo, si desea la Asamblea Legislativa
00:55modificar la naturaleza de los datos que ya actualmente existen, debe hacerlo en la ley
01:00que el país tiene para esos efectos. Además, en varias ocasiones se han presentado recursos
01:05de amparo ante la Sala Constitucional contra la consulta en línea de la base de datos del
01:11Tribunal Supremo de Elecciones y la Sala Constitucional ha validado que los datos que están ahí colocados
01:16son públicos y de acceso a toda la ciudadanía.
01:18El Tribunal Supremo de Elecciones ha defendido históricamente que los datos que se consultan
01:23en su plataforma son de carácter público, aunque en distintos momentos se han realizado
01:28ajustes para regular su uso.
01:30Se recordará el caso de la opinión consultiva OC 2417, donde la Corte Interamericana de
01:35Derechos Humanos atiende a varias consultas del Estado costarricense sobre la identidad
01:38de género autopercibida y la Sala Constitucional, a partir de una gestión de amparo, consideró que
01:43en adelante el sexo que antes era de acceso irrestricto se convertía en un dato sensible
01:48y por tanto el tribunal debía darlo de baja de su página web y en cumplimiento de esa
01:52sentencia pues el tribunal así lo hizo. Pero el resto de datos que hoy se exhiben en
01:56la página web son datos que la propia Sala Constitucional ha validado como públicos.
02:00El proyecto propone prohibir la venta de datos provenientes del sistema de verificación
02:04de identidad, pero el Tribunal Supremo de Elecciones aclara que la herramienta no almacena
02:10información, sino que funciona únicamente como un mecanismo de validación.
02:15Pues ese sistema es que hay diversos agentes, normalmente bancos y notarios y notarias públicos
02:22que nos compran ese servicio no esencial de verificación, entonces la persona que comparece
02:28ante un notario o por ejemplo ante un banco lo que hace es colocar su huella digital, con
02:32ello está consintiendo que se haga una comparación de su huella con aquella que está almacenada
02:38en nuestra base de datos para que quien recibe en este caso la información por parte del
02:43Tribunal Supremo de Elecciones tenga plena seguridad de que la persona que se presenta
02:47a su ventanilla es quien dice serlo. Este sistema tampoco permite el almacenamiento de
02:51datos, es únicamente una consulta momentánea de ese match, por decirlo así, entre huella y
02:57lo registrado en base de datos.
02:58Este proyecto continúa su discusión en la Comisión Especial de Reformas al Sistema
03:03Político y Electoral del Estado.
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