00:00Le informo que en su contra hay una orden de captura número 005-2026 de fecha de sesión 24 de
00:06marzo de 2026
00:07por el delito de feminicidio agravado en grado de tentativa.
00:14La orden de captura de las pide del juzgado séptimo canemón es igual con presencia de control de garantías de
00:18Bogotá
00:19dentro del proceso número 11001-6015-2026-019-40
00:27y dice, con base en elementos materiales probatorios, evidencia física y formación de la Fiscalía General de la Nación
00:34y presentar el buen de control de garantías se impiere que John Ancisa, usted,
00:38puede ser el posible autor del delito de feminicidio agravado en grado de tentativa.
00:41Según ha hecho ocurrirse aproximadamente a las 18 horas de 20 horas del 17 de marzo de 2026
00:45en la carrera de 76, vía pública del barrio Santo Domingo en la localidad de Ciudad de Bolívar en Bogotá.
00:50Cuando Laura Valentina Castaño Reina fue objeto de múltiples agresiones por parte de su expareja sentimental,
00:55John Ancisa fue a buscarle a la barbería o peluquería donde estaban peluqueando a su menor hija.
01:00Cuando ésta salió de dicho establecimiento, le propinó golpes en la cara y luego cuando tomó a su hijo
01:05y dio la espalda, la atacó un arma cortó por su teléfono posterior, causándole graves lesiones
01:10conforme al dictamen de misión a liga, le dio toda la incapacidad de cuarentenas provisionales
01:14y si la atención medio oportuna de la lesión sufrida por la paciente pudo llevarla a la muerte.
01:19El motivo de la orden de captura es vinculación al proceso a través de la formulación de imputación
01:23y solicitud de imposición de medidas de aseguramiento privado de la libertad.
01:27En esa rondea le informo al señor John Ancisa Capera Paloma,
01:32identificado con cédula 1024-536-44,
01:36que usted se encuentra capturado en la sección asado de captura y tiene unos derechos.
01:41El primer derecho es saber el hecho que se le atribuye y que motivó su captura el funcionario que lo
01:45ordenó.
01:45Como le dije, es una orden de captura 0015-26,
01:48expedia por el Miscado VII Penal Municipal con función de control de la renta de Bogotá
01:51por el derecho de comunicación agrada en la tentativa.
01:56Segundo, tiene derecho a indicar a la persona a quien se le ha comunicado su presión.
01:59Entonces ahorita nos dice a quién le comunicamos si usted está capturado.
02:02Listo, entonces ahorita nos regala el teléfono de su mamá, el nombre y nosotros le llamamos y le comunicamos.
02:07Derecho.
02:08Tercero, tiene derecho a guardar silencio.
02:10Todas las manifestaciones que usted haga pueden ser usadas en su contra
02:13y no está obligado a decir compañero o compañero permanente o para impulsar
02:16entre el cuarto grado de consignados y el segundo de la humanidad.
02:18Cuarto, tiene derecho a asignar entrestarse con abogado de confianza en el momento posible.
02:23No puede hacerlo el Sistema Nacional de Defensaría Pública por la relación de defensa.
02:27Entonces, si usted tiene abogado de confianza, nos dicen,
02:30nosotros con mucho gusto le marcamos y le decimos si usted va a capturar y que usted lo...
02:34¿Entendió por qué está siendo capturado?
02:36¿Entendió que hay una orden de captura en su contra?
02:38Listo, el paso siguiente es que le vamos a traer a la administración entre la URI,
02:42Ciudad Bolívar, Molina, Susur, a iniciar el proceso de especialización.
02:45Iniciamos su contra.
02:46Usted tiene derecho a guardar silencio.
02:47Si usted me dice que va a hablar,
02:49de eso, sobre todo va a hablar de la escuela abogada,
02:51de los seis años, de los dos.
02:53¿Para qué?
02:54¿Para qué?
02:55Porque si usted, todo lo que usted diga en este momento de manera espontánea,
02:58va a quedar de abajo y va a pedirse en serio que no pasa.
03:00¿Listo?
03:01Les vamos a poner a traer a la administración entre la URI.
03:04Gracias.