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  • hace 10 horas
Caso 'pavimento': Abogado brinda defensa en favor de Jhonny Fernández en la audiencia cautelar

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Transcripción
00:00A nivel coloquial y general, genérico, claro, uno siempre dice, ¿no?
00:05El maestro de esta institución es responsable por lo que haga hasta el último funcionario de la cadena jerárquica.
00:12El padre de familia es responsable por lo que haga hasta sus hijos.
00:16El maestro por todo lo que pase del colegio.
00:19El juzgador por todo lo que pase del juzgado.
00:21Es responsable a nivel general, sí.
00:25Pero a nivel penal, no.
00:28A nivel penal, no.
00:30A nivel penal es donde aparece lo que se llama este principio de responsabilidad personal.
00:39También llamado principio de culpabilidad.
00:44Si se quiere responsabilizar penalmente a una persona, no es suficiente el decir,
00:50porque es el dueño de esta hacienda, porque es el máximo jefe o la máxima autoridad de esta institución,
01:03no es suficiente.
01:07Se debe aplicar lo que se llama el criterio de imputación penal objetiva.
01:14Es decir, ¿qué conducta contraria a la norma realizó este individuo,
01:23sin perjuicio de su cargo o de su rol?
01:26¿Qué conducta infringió la norma que era dirigida a ese funcionario?
01:36Cada funcionario, en un ámbito de múltiples jerarquías, como un gobierno municipal,
01:43tiene diferentes competencias, diferentes normas.
01:46Y cada uno es responsable por su propia norma.
01:53¿A dónde quiero llegar con esto?
01:57Si bien es cierto que a nivel general, responsabilidad, ley SACO,
02:02que abarca todo el artículo de responsabilidad,
02:05las MAE son responsables de su subalterno.
02:08En materia penal solo son sus responsables por los deberes específicos
02:14que le asignan su adicción, penales.
02:19Y solo en la medida que infringan un deber específico,
02:23y ese deber específico opere como causal de un daño económico,
02:30tipificado penalmente,
02:31ahí recién se les puede responsabilizar.
02:34O en este caso,
02:37atribuir provisionalmente
02:39un delito.
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